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Retención en la pensión - Seguridad Social

15 respuestas
Retención en la pensión - Seguridad Social
Retención en la pensión - Seguridad Social
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#1

Retención en la pensión - Seguridad Social

Quisiera saber si es normal que a una pensión de 1080€ me hagan una retención del 3%, quedándose la pensión en 1048€, 
#2

Re: Retención en la pensión - Seguridad Social

Yo creo que no debería tener retención.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Retención en la pensión - Seguridad Social

Para pensiones anuales entre 12001 y 18000€ te retienen el 2'61%. No te olvides  hacer la declaración xq te lo van a devolver todo. 
Retener a un pensionista que ingresa por debajo del mínimo exento no tiene sentido. A no ser que cuenten con que muchos pensionistas, al no estar obligados, no hagan declaración IRPF y Hacienda se quede con el dinero de los más pobres. Eso se llama robar ....
#4

Re: Retención en la pensión - Seguridad Social

Hola.
¿De dónde obtienes el % de retención?
Las tablas que vi parten de un prime  tramo de una retención estatal del 9,5% más una retención autonómica del 9,5%.
Gracias 
#6

Re: Retención en la pensión - Seguridad Social

Gracias 
#8

Re: Retención en la pensión - Seguridad Social

Esa información es errónea y viene inducida por lo recogido en alguna página web sin ningún fundamento. No existe una tabla específica de retención de IRPF para pensionistas. Se utiliza la tabla general de los rendimientos del trabajo. 

El procedimiento para determinar la retención es bastante complejo y se recoge en los arts. 80 a 87 del Reglamento del IRPF, no es meramente aplicar una tabla a los ingresos.
 
Con carácter general, no hay retención para ingresos inferiores a 15.876 € anuales (art. 81.1 del Reglamento). Para importes superiores, hay que acudir al procedimiento regulado y lo más cómodo, accesible y seguro para quien esté interesado en ello es utilizar la utilidad ofrecida en la página web de la AEAT para el cálculo de la retención, que ha enlazado @Juan Lackland. 

Si al consultante le hacen una retención del 3% sobre una pensión de 15.120 euros íntegros anuales (1.080 x 14 pagas), sólo se me ocurren dos alternativas:
1º. No nos cuenta todo sobre la pensión de marras (origen, pagador,  importe íntegro real si no es el de 15.120 €, posibles embargos mensuales por pensión de alimentos, deudas, etc.
2º Si es una pensión pública cuyo autèntico importe integro anual es de 15.120 €, hay un error del pagador al fijar retención de IRPF
#9

Re: Retención en la pensión - Seguridad Social

Ok, estoy de acuerdo contigo. Pero llevo años viendo páginas donde  "parece" que existen unas retenciones especiales para los pensionistas. La página que he puesto es del año pasado del B. Santander y hay muchas más. Pero, curiosamente si le aplicas el 2'61% de retención al importe anual de la pensión (15120€) sale 394'63€ que, dividido entre doce meses nos dá los 32€ que le han retenido...

Un saludo
#10

Re: Retención en la pensión - Seguridad Social

Es cierto que existen páginas web con información errónea sobre la existencia de unas retenciones específicas para pensionistas. Pero hay otras en que se facilita información concorde con lo señalado actualmente por el Reglamento del IRPF. Ésta es una de ellas: 
La única especificidad vigente para las retenciones de los pensionistas la recoge el art. 83.3.e) del RIPRF, y tiene que ver con el cálculo de las retribuciones anuales computables a efectos de fijar la retención. Además de las posibles minoraciones previstas en las letras a, b, c, d y f del 83.3, a los pensionistas también se les aplica una minoración adicional de sus retribuciones íntegras, 600 €: 

3. La cuantía total de las retribuciones de trabajo, dinerarias y en especie, calculadas de acuerdo al apartado anterior, se minorará en los importes siguientes: 
....
e) En el importe que proceda, según las siguientes circunstancias: 

Cuando se trate de contribuyentes que perciban pensiones y haberes pasivos del régimen de Seguridad Social y de Clases Pasivas o que tengan más de dos descendientes que den derecho a la aplicación del mínimo por descendientes previsto en el artículo 58 de la Ley del Impuesto, 600 euros. 

Cuando sean prestaciones o subsidios por desempleo, 1.200 euros.” 
#11

Re: Retención en la pensión - Seguridad Social

Si la normativa me la conozco. Pero el año pasado se elevó el mínimo exento para que los que cobrarán el SMI no tributasen y este año la progre de la Montoro le ha dicho a la Yoli que los que cobran el SMI tienen que pagar.
Y normalmente Hacienda, si tu empresa te retiene el 2% y ganas a fin de año menos del límite exento NUNCA te llama para decirte que hagas la declaración para devolverte lo retenido indebidamente.
Me gustaría que klobitok nos explicara qué tipo de pensión está cobrando y si le descuentan algo aparte de la retención.

#12

Re: Retención en la pensión - Seguridad Social

No entiendo tantas vueltas, teniendo una herramienta oficial para calcular las retenciones. 
Cualquier tabla es errónea porque la retención nunca se calcula sobre el total del rendimiento. Para evitar cálculos farragosos la AEAT publica el calculador  que enlacé en mi anterior mensaje y vuelvo a enlazar (para el caso consultado, la retención es el 0,00%).
https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/PRET-R200/R250/index.zul

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#13

Re: Retención en la pensión - Seguridad Social

Pues porque BBVA, Santander, TaxDown, Bolsamanía....dicen que:
 
"las pensiones públicas tienen su propio esquema de retenciones de IRPF, lo que incluye la retención mínima que se puede aplicar y una escala distinta.
Esta es la tabla de retenciones de IRPF sobre la pensión de jubilación:

  • Pensiones de hasta 3.000 euros anuales: retención mínima del 0,46%.
  • Pensiones de entre 3.001 y 6.000 euros anuales: retención mínima del 0,16%.
  • Pensiones de entre 6.001 y 9.000 euros anuales: retención mínima del 0,09%
  • Pensiones de hasta 9.001 y 12.000 euros anuales: retención mínima del 0,06%
  • Pensiones de hasta 12.000 euros anuales: retención mínima de un 1%.
  • Pensiones de entre 12.001 y 18.000 euros anuales: retención mínima de un 2,61%.
  • Pensiones de entre 18.001 y 24.000 euros anuales: retención mínima de un 8,69%.
  • Pensiones de entre 24.001 y 30.000 euros anuales: retención mínima de un 11,83%.
  • Pensiones a partir de 30.001 euros anuales: retención mínima de un 15,59%"






#14

Re: Retención en la pensión - Seguridad Social

Según el sitio web de la Agencia Tributaria, las retenciones del IRPF sobre las pensiones públicas, tanto de la Seguridad Social como del Régimen de Clases Pasivas, se calculan aplicando la misma normativa que para las rentas del trabajo. La retención se determina en función de los ingresos anuales y la situación personal y familiar del pensionista. 

Tabla de retenciones IRPF 2024

 Las retenciones se calculan con una escala progresiva, aunque no hay una tabla fija, ya que el porcentaje varía según los ingresos y circunstancias. No obstante, el tipo mínimo de retención es del 1% para pensiones bajas. A modo orientativo, estas son algunas referencias generales para pensionistas sin otros ingresos ni reducciones adicionales:
Renta anual (€) Retención aproximada
| Hasta 15.000 €  | 0 - 1%
| 15.001 - 20.000 €  | 2 - 8%
| 20.001 - 30.000 €  | 8 - 12%
| 30.001 - 40.000 €  | 12 - 15%
| Más de 40.000 €  | 15% o más

Factores que afectan a la retención

 
  • Importe de la pensión anual
  • Estado civil y número de hijos (mínimos familiares)
  • Grado de discapacidad, si aplica
  • Otras rentas o deducciones
La Seguridad Social y Clases Pasivas ajustan la retención de oficio, pero el pensionista puede solicitar voluntariamente una retención mayor si lo considera necesario para evitar pagos elevados en la declaración anual. Para calcular la retención exacta, se puede usar el simulador de retenciones de la Agencia Tributaria:
Simulador de retenciones IRPF Si necesita un cálculo más detallado o tiene una situación especial, le recomiendo consultar con un asesor fiscal o revisar su retención en su certificado de pensiones.
#15

Re: Retención en la pensión - Seguridad Social

Me parece que estás mezclando información de la AEAT con otra cosa. Quisiera saber en qué sitio de la web de la Agencia Tributaria dice, por ejemplo, que el tipo mínimo es el 1% y todo lo demás.
La retención no se calcula aplicando una tabla a su importe total. Previamente hay que determinar la base para la retención para lo cual hay que restar el mínimo personal y familiar, además de las deducciones que correspondan (gastos 2.000 € y reducción por trabajo personal), con ese resultado se entra en la tabla.
Por ejemplo, para el caso consultado, cuyo importe anual es 15.120 €, el mínimo personal y familiar es 8.100 €. Así se obtiene el tipo 0,00.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.