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Desafectación local dedicado a la actividad de un autónomo.

6 respuestas
Desafectación local dedicado a la actividad de un autónomo.
Desafectación local dedicado a la actividad de un autónomo.
#1

Desafectación local dedicado a la actividad de un autónomo.

Buenos días:

Un autónomo que se dio de alta en Hacienda hace seis años, afectó en aquel momento a su actividad un pequeño local que había comprado años atrás, para utilizarlo como almacén (local indirectamente afecto a su actividad). Ahora quiere volver a usar ese local para uso exclusivamente particular. En aquel momento (alta como autónomo) notificó en el modelo 036 la afectación indirecta de ese local. El autónomo va a seguir realizando su actividad (aquí no hay cese de actividad) pero ya no va a usar para ella ese inmueble. Las dudas son dos:

1) Entiendo que ahora debe notificar en ese modelo 036 la nueva situación: ¿Habría que hacerlo a través de la opción "Baja" o la opción "Variación"? Insisto, aquí el local no se va a vender, sólo dejará de considerarse afecto a su actividad.

2) ¿Esta operación tiene alguna otra transcendencia fiscal? Supongo que la evidente es que cuando se venda (si se vende) este local en el futuro, el precio de adquisición tendrá que verse minorado por las amortizaciones practicadas (respetando las amortizaciones mínimas), y no sé si incluso en ese momento habrá que identificar ese inmueble como afecto o no... pero desconozco si hay alguna más.

Muchísimas gracias.
#2

Re: Desafectación local dedicado a la actividad de un autónomo.

En la primera página del modelo 036, marca la casilla  “Modificación de datos relativos a actividades económicas y locales”. Esto indica que el trámite es una variación en los datos, no una baja completa de la actividad. Luego, en la página 4, selecciona la actividad económica a la que estaba vinculado el local y marca la opción "Baja" como causa de presentación. Especifica los datos completos del local (dirección, referencia catastral, etc.) e incluye la fecha en la que el inmueble deja de estar afecto a la actividad. También deberá indicar la referencia del modelo 036 original que se utilizó para dar de alta ese local como afecto.

 Si en el futuro se vende el local, será necesario tener en cuenta las amortizaciones

Si el empresario estaba presentando el modelo 115, es posible que ya no sea necesario presentarlo después de dar de baja el local afecto, siempre y cuando no tenga otros locales arrendados vinculados a su actividad económica. En este caso, también deberá dar de baja esta obligación en el modelo 036. De lo contrario, seguirá teniendo la obligación de presentarlo, incluso aunque esté a 0.


#3

Re: Desafectación local dedicado a la actividad de un autónomo.

Muchas gracias Floritt; sólo una duda más. Pongamos que se desafecta con fecha de hoy (30/12/2024) y pongamos que se vende en el año 2028 (por tanto habiendo pasado más de tres años desde la desafectación). ¿Esa transmisión seguiría teniendo la calificación de transmisión de inmueble efecto por haberlo sido en el pasado aunque no lo sea en el momento de la venta ni en los tres años anteriores?

Creo haber leído algo al respecto, pero quizá lo entendí mal.

Muchas gracias de nuevo.
#5

Re: Desafectación local dedicado a la actividad de un autónomo.

Si el local es tuyo y lo alquilas a un tercero que lo usa para su actividad económica, esto no lo convierte en un bien afecto a tu actividad, sino que genera rendimientos del capital inmobiliario para ti como propietario. En caso de venta, la transmisión se considerará una ganancia patrimonial sin más. Lo de afecto o no afecto no aplica en este caso, porque tú no ejerces ninguna actividad económica directamente relacionada con el local. 
#6

Re: Desafectación local dedicado a la actividad de un autónomo.

Lo preguntaba porque, hasta donde yo sé, cuando declaras una ganancia patrimonial sobre un inmueble, Hacienda te pregunta si es un bien afecto o no lo es. No sé cuál es el motivo porque la realidad es que aunque digas que es no afecto, al poner los datos del precio de adquisición te deja minorarlo en el importe de las amortizaciones.

Mi duda era por eso, cuando se venda en el futuro no va a estar afectado a ninguna actividad económica pero mi duda era si habría que ponerlo como una operación sobre inmueble afecto, al haberlo estado en el pasado.

Gracias.
#7

Re: Desafectación local dedicado a la actividad de un autónomo.

Si, puede generar dudas.

Hacienda se refiere a si el propietario usa el inmueble para SU actividad económica, no la actividad de un tercero. 

Saludos,