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Interpretación Disposición Transitoria 34

2,34K respuestas
Interpretación Disposición Transitoria 34
Interpretación Disposición Transitoria 34
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#2386

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Muchas gracias a los dos, Werner y Jalcper por vuestras respuestas. Se agradece mucho la información que proporcionáis aquí. Seguí este foro en marzo del 2024, y la implementación de la DT34 fue un auténtico caos, pero no sé cómo ha sido en 2025. Hubo algún tipo de comunicación o resolución por la que se ha implementado la DT34 en 2025? o, hay que estar pendiente de cómo van haciendo los cálculos a los compañeros que se vayan jubilando para saber si se implementa o no?
Por otro lado, los cálculos del simulador no son vinculantes, pero ellos no te hacen en algún momento unos cálculos que sean vinculantes, antes de que tomes la decisión de solicitar la JAV? En clases pasivas sí lo hacen. Porque si yo creo que se aplica la DT34, pido la jubilación y al darme el cálculo definitivo, ya jubilado, se aplican los coeficientes generales porque así se ha decidido, está claro que mi reclamación no tendría recorrido. 
#2387

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

En el 2025 se ha aplicado la DT34.2 por defecto, desde principios de año, sin que se publicara un nuevo Criterio de Gestión desde el legendario 4/2024.

Podría suceder lo mismo en el 2026, y habría que estar pendiente, pero mi impresion personal es que se publicará. 

No hay ninguna garantía. Te sientas frente al funcionario, te hará la simulación, que te dará el mismo resultado que la que has hecho tú en casa, y ya está. La comunicación oficial te llegará en unos días, y la cantidad que refleje es la vinculante. Es casi seguro que coincidirá con la del simulador, pero si no es así y te sientes perjudicado puedes recurrir en plazo. Obviamente, si no aplican la DT34.2, la reclamación no irá a ningún lado, pero puede haber otros motivos.

Te pongo un ejemplo real de un conocido mío, que también lee este hilo, por cierto, aunque nunca ha escrito un mensaje. Cuando hizo su JAV, este año, recibió la comunicación oficial por la que le reconocían... ¡la pensión máxima!. Obviamente era un error, aunque su BR era superior a Pmax, como adelantaba creo que un año o algo así, se le debía descontar el porcentaje correspondiente según tablas de la DT34.2.

Me lo comentó, le dije que era un error seguro al 100%, y que podía reportarlo. Lo hizo, y efectivamente le bajaron la pension inicial... Y ahora resulta que le reclaman el exceso de pensión que le pagaron el primer mes, unos 50 o 60 Euros, me parece. Se equivoca el INSS, dicen que fue un error informático, pero la Administración nunca pierde... :)

En cualquier caso, ya te digo, lo más probable con mucho es que te saldrá lo mismo que en el simulador, al céntimo.


#2388

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Gracias otra vez !! Por tenerlo ya claro del todo, cuando dices "La comunicación oficial te llegará en unos días, y la cantidad que refleje es la vinculante", yo ya he solicitado la jubilación, y no me puedo echar atrás
#2390

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Bueno, esto ya es un tema complejo.

Mi consejo es que lo mires con un abogado especializado.

Personalmente, pienso que podrías, inmediatamente después de la notificación, solicitar que se deje sin efecto la prestación de jubilación reconocida para pedirla más adelante, en un momento que te pueda resultar más favorable.

Pero podría terminar en tribunales, y hasta llegar al Supremo.

Lo normal es que consideres definitiva la pensión comunicada, salvo que veas algún error y entonces recurras por los cauces establecidos, pero no que renuncies a la pensión.
#2391

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Entiendo que te refieres a que has solicitado la jubilación, pero aun no has llegado a la fecha que has solicitado de jubilación (lo que se llama "Hecho Causante"), desconozco si puedes anular la solicitud, puedes consultarlo/tramitarlo en el CAISS
Si por el contrario, la fecha que indicaste de Hecho causante ya ha pasado, recibirás la notificación oficial con el valor de la pensión que te hubiese calculado el INSS, eso es a lo que Werner se refiere con la frase "La comunicación oficial te llegará en unos días, y la cantidad que refleje es la vinculante". 
Como te hemos indicado Werner y  yo, tienes un plazo de 30 días para hacer la reclamación que consideres y a partir de ahí todo lo que te indica Werner
#2392

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Gracias otra vez a los dos. Hasta principios de abril del 2026 no tengo opción de la JAV, pero estoy preguntando por los trámites, que desconozco, para evitar sorpresas que el simulador me diga una cosa (DT34), y la resolución definitiva vinculante otra distinta, sin opciones a echarme atrás y retrasar unos meses la JAV 
#2393

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Para bien o para mal, la única información "fiable" que tenemos son:
*.- Simulador de la pensión
*.- Información de las Bases de cotización, que puedes solicitar a la Tesoreria de la Seg. Social, con la que puedes ver y contastar con:
  • Bases Cotización del INSS (Simulador)
  • las nominas de la Empresa si aun las tienes
En el caso de diferencias, solicitar, a quien corresponda, Tesoreria, INSS o empresa, las rectifiquen o actualicen.
Otra cosa que puedes solicitar, pero tardaran tiempo, es información de la pensión.
Con esta información, la "sorpresa" se elimina prácticamente en un % muy alto, pero no estas libre de sobresaltos. Un compañero mío, le afectaba la DT34.2 con la info del Simulador, pero cuando le llego la resolución, NO se la habían aplicado, cuando tenia derecho a que se la aplicaran, reclamo y se lo rectificaron, pero el "susto" no se lo quito nadie
#2394

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Yo creo que cuando se sepa el IPC de septiembre ya se puede tener una probabilidad bastante alta de la aplicación de la Disposición Transitoria.
#2395

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Tened en cuanta para la previsión de medias que los IPC de jul24 y sept24 fueron - 0,5 y -0,6.
#2396

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Guetaria, los datos que proporcionas son la variación respecto del mes anterior…
En realidad el IPC en julio de 2024 fue el 2,8% y en septiembre el 1,5%

Diciembre 23——3,1%
Enero 24———— 3,4%
Febrero 24——— 2,8%
Marzo 24————3,2%
Abril 24—————3,3%
Mayo 24———— 3,6%
Junio 24———— 3,4%
Julio 24————. 2,8%
Agosto 24———2,3%
Septiembre 24–1,5%
Octubre 24———1,8%
Noviembre 24– 2,4%

Si los sumamos todos nos da 33,6% y dividiendo el resultado por 12 nos da 2,8%, que es lo que subieron las pensiones en 2025.

#2397

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Si, efectivamente. A lo que me refiero es que, por poner un ejemplo, si en el mes de julio la subida  de precios es el  0,5 la repercusión en el interanual es de 1. Con lo que arrancar una bajada en los últimos meses de cómputo será difícil. Creo que es así.
#2398

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Para que el IPC a final de año, fuera de un 2%, a día de hoy, con el IPC adelantado de Julio, sería necesario que el promedio de estos últimos meses fuese del 1,5%, algo complicado tal y como esta la situación por ahí
#2399

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Por ser rigurosos y si no me he equivocado en los cálculos, con el IPC al 2,1% se seguirían dando las condiciones de aplicación de la DT34.2, pero ya con el 2,2% no. Aún así sigue siendo muy complicado.

#2400

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Depende del redondeo que se aplique, mi cuenta da que si sube un 2,05% se continua aplicando la DT y si se aplica el redondeo al alza (2,1 %) se deja de aplicar, pero como bien dices, esta muy complicado.
A la vista de esto y la información que he visto este fin de semana, si la previsión del BCE de estabilizar/bajar el IPC por debajo del 2% a partir de 2026 y se diese la circunstancia de que la P. Máxima cumple con la condición de la DT 34.2, esta se volvería a aplicar?. Ahí dejo la pregunta y la duda