Staging ::: VER CORREOS
Acceder

Mayoría necesaria instalación placas solares en zonas comunes con algún moroso - Ley de Propiedad Horizontal

8 respuestas
Mayoría necesaria instalación placas solares en zonas comunes con algún moroso - Ley de Propiedad Horizontal
Mayoría necesaria instalación placas solares en zonas comunes con algún moroso - Ley de Propiedad Horizontal
#1

Mayoría necesaria instalación placas solares en zonas comunes con algún moroso - Ley de Propiedad Horizontal

Buenas, vivo en una comunidad con 48 vecinos, es cierto que la morosidad no es mucha ni en grandes cantidades. Ahora mismo deben 4 personas.
Quiero poner placas solares en el tejado que hay en la parte superior de mi vivienda. Al ser zona común creo que necesito la aprobación de 1/3 de los vecinos.
La cosa va justita de votos, así que cualquier voto cuenta, ya que la mayoría de vecinos no bajan a reuniones y pasan del tema.
Un voto que me han delegado para la próxima reunión, me ha dicho el administrador de fincas que no vale porque debe dinero, así que estuve indagando y encontré un artículo que dice que lo que cuentan son los votos de la gente al corriente y que en este caso debería ser 1/3 de los que estén al corriente.
Es decir, si deben 4, serían 44 vecinos, un tercio, 14 y pico. Se coge la parte entera, entonces 14 votos.
Sin embargo mi administrador dice que no es así, que sería sobre el total, entonces 16 votos de los 44 al corriente.

¿Cual es la respuesta correcta? Quien me puede informar oficialmente de esto? Gracias
#2

Re: Mayoría necesaria instalación placas solares en zonas comunes con algún moroso - Ley de Propiedad Horizontal

Tiene razón su administrador. Se necesita voto favorable de al menos 1/3 del total de propietarios y 1/3 del total de cuotas. Los propietarios deudores no tienen derecho de voto pero siguen formando parte del total.
Si en su comunidad todos tienen la misma cuota, necesita voto favorable de al menos 48/3= 15 propietarios.
P.D: No vale coger sólo la parte entera. Si el total fuera 44 propietarios, 44/3= 14,67 Serían necesarios 15 votos favorables para tener al menos 1/3 de los votos.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Mayoría necesaria instalación placas solares en zonas comunes con algún moroso - Ley de Propiedad Horizontal

Según la LPH, art. 15.2
"... El acta de la Junta reflejará los propietarios privados del derecho de voto, cuya persona y cuota de participación en la comunidad no será computada a efectos de alcanzar las mayorías exigidas en esta Ley "

Lo que no te sirve es lo de solo pillar la parte "entera" de los votos. 
Si tenéis 44 votos, 1/3 es el número entero "superior" que verifique eso: 
44 / 3 = 15 votos a favor.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#4

Re: Mayoría necesaria instalación placas solares en zonas comunes con algún moroso - Ley de Propiedad Horizontal

@juan-lackland@cachilipox pues me acaba de decir ahora que necesito 14 votos.
Es decir 48 menos 4 deudores, 44 y 44 divido entre 3, 14 y algo y se queda en 14 votos. Que lío.
#5

Re: Mayoría necesaria instalación placas solares en zonas comunes con algún moroso - Ley de Propiedad Horizontal

14 es menos de 1/3 de 44.
Cualquier vecino disconforme podría impugnar por eso.
Si la cosa está tan justa..... Yo buscaría sensibilización y un mayor consenso.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#6

Re: Mayoría necesaria instalación placas solares en zonas comunes con algún moroso - Ley de Propiedad Horizontal

Gracias, intentaré concienciar más para cubrir las espaldas. En realidad es más por falta de asistencia que por otra cosa. Lo que no tengo claro es que si hay alguna opción alternativa, porque en un edificio muy grande por ejemplo, conseguir que 1/3 esté presente o delegue el voto positivo es complicado.

@cachilipox
#7

Re: Mayoría necesaria instalación placas solares en zonas comunes con algún moroso - Ley de Propiedad Horizontal

Entiendo que, en este caso, no se trata de ninguna mayoría, sino de 1/3 de los propietarios y cuotas.
El art- 17.1 de la Ley dice:
1. La instalación de las infraestructuras comunes para el acceso a los servicios de telecomunicación regulados en el Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación, o la adaptación de los existentes, así como la instalación de sistemas comunes o privativos, de aprovechamiento de energías renovables, o bien de las infraestructuras necesarias para acceder a nuevos suministros energéticos colectivos, podrá ser acordada, a petición de cualquier propietario, por un tercio de los integrantes de la comunidad que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#8

Re: Mayoría necesaria instalación placas solares en zonas comunes con algún moroso - Ley de Propiedad Horizontal

Efectivamente es ese caso. 
#9

Re: Mayoría necesaria instalación placas solares en zonas comunes con algún moroso - Ley de Propiedad Horizontal

lo que importante suele ser lo que diga el administrador la ley solo para cosas importantes, y esta si es el tejado "tuyo" que no vas a molestar a otro, no parece importante, nadie ira a juicio en tu contra si el administrador les ha dicho lo contrario