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Declarar ingresos por alquileres en herencia sub-judice
Igual que he puesto una consulta en seguros, sobre unas cuestiones que me han preguntado en la comida unos amigos empresarios, tampoco he sabido responder.
Herencia pendiente de aceptar desde hace 8 meses y todo apunta que la cosa acaba en el juzgado, de hecho las posibilidades de que se presente antes de cumplirse un año del fallecimiento son elevadisimas, para empezar a efectos de impuestos, que en este caso no van a ser precisamente pocos. La prórroga de 6 meses solicitada en su momento, termina en enero, con lo cual la demanda está presentada por lo que parece, como poco a efectos de interrupción de los plazos.
1 - Dentro de la herencia hay dos fincas alquiladas (viviendas y por tanto no supetas a IVA) cuyas rentas cobraba el fallecido, por tener el usufructo de las mismas, pero entiendo que a partir del momento de óbito, aunque sin extinción notarial del usufructo, la propiedad se consolida de facto y estos alquileres tendrán que declararlos los hasta enero pasaron de ser únicamente nudos propietarios de las fincas, a plenos propietarios, ello con total independencia de que tales ingresos se sigan abonando en la cuenta de la persona fallecida, hasta que se llegue a un acuerdo entre los herederos o "les acuerde por narices" el tribunal ¿cierto?
2 - El resto de fincas eran de plena propiedad de la persona fallecida, entre ellas otras más alquiladas (no todas), algunas viviendas y otras locales que dvengan IVA. Hay cinco herederos/as, pero como no hay ningún legado y las partes no aceptan los proindivisos, ni siquiera se ponen de acuerdo en la asignación de fincas a cada heredero/a, realmente esto es lo que se llevará, parece, al juzgado, que si finalmente no acuerdan, el tribunal va a nombrar un/a contador/a - partidor/a que asignará los lotes, mientras tanto los alquileres se siguen generando y pagando, también a la cuenta de la persona fallecida, pero ningún/a heredero/a, hoy por hoy, conoce si le serán asignada tales fincas, las vecinas de éstas o las de las delpueblo de al lado, con lo cual desconocen a quien corresponden los alquileres.
Entiendo que de momento ante tal situación nadie puede declarar tales ingresos por alquileres, al desconocer quien es el/la actual propietario/a y, cuando esto se aclare, sea acuierdo voluntario o asignación por parte del tribunal, tendrán que presentar las declaraciones de IRPF complementarias, esperando que no tengan recargos, pero si intereses de demora, al poder acreditar la imposibilidad material de declarar en su momento tales ingresos. El mismo caso sería para los ingresos de IVA de las fincas que devengan tal impuesto ¿cierto?
Gracias.-
P.D.: Si, ya lo sé, lo que tendría que hacer es mandar educadamente al cuerno a quien me hace preguntas de cosas que no corresponden ni a mi cualificación académica o experiencia, explicando que los asesores fiscales y abogados tienen derecho a vivir de su trabajo !!!!!
Herencia pendiente de aceptar desde hace 8 meses y todo apunta que la cosa acaba en el juzgado, de hecho las posibilidades de que se presente antes de cumplirse un año del fallecimiento son elevadisimas, para empezar a efectos de impuestos, que en este caso no van a ser precisamente pocos. La prórroga de 6 meses solicitada en su momento, termina en enero, con lo cual la demanda está presentada por lo que parece, como poco a efectos de interrupción de los plazos.
1 - Dentro de la herencia hay dos fincas alquiladas (viviendas y por tanto no supetas a IVA) cuyas rentas cobraba el fallecido, por tener el usufructo de las mismas, pero entiendo que a partir del momento de óbito, aunque sin extinción notarial del usufructo, la propiedad se consolida de facto y estos alquileres tendrán que declararlos los hasta enero pasaron de ser únicamente nudos propietarios de las fincas, a plenos propietarios, ello con total independencia de que tales ingresos se sigan abonando en la cuenta de la persona fallecida, hasta que se llegue a un acuerdo entre los herederos o "les acuerde por narices" el tribunal ¿cierto?
2 - El resto de fincas eran de plena propiedad de la persona fallecida, entre ellas otras más alquiladas (no todas), algunas viviendas y otras locales que dvengan IVA. Hay cinco herederos/as, pero como no hay ningún legado y las partes no aceptan los proindivisos, ni siquiera se ponen de acuerdo en la asignación de fincas a cada heredero/a, realmente esto es lo que se llevará, parece, al juzgado, que si finalmente no acuerdan, el tribunal va a nombrar un/a contador/a - partidor/a que asignará los lotes, mientras tanto los alquileres se siguen generando y pagando, también a la cuenta de la persona fallecida, pero ningún/a heredero/a, hoy por hoy, conoce si le serán asignada tales fincas, las vecinas de éstas o las de las delpueblo de al lado, con lo cual desconocen a quien corresponden los alquileres.
Entiendo que de momento ante tal situación nadie puede declarar tales ingresos por alquileres, al desconocer quien es el/la actual propietario/a y, cuando esto se aclare, sea acuierdo voluntario o asignación por parte del tribunal, tendrán que presentar las declaraciones de IRPF complementarias, esperando que no tengan recargos, pero si intereses de demora, al poder acreditar la imposibilidad material de declarar en su momento tales ingresos. El mismo caso sería para los ingresos de IVA de las fincas que devengan tal impuesto ¿cierto?
Gracias.-
P.D.: Si, ya lo sé, lo que tendría que hacer es mandar educadamente al cuerno a quien me hace preguntas de cosas que no corresponden ni a mi cualificación académica o experiencia, explicando que los asesores fiscales y abogados tienen derecho a vivir de su trabajo !!!!!