Exacto, básicamente eso es lo que indica la situación. En España, los bancos solo comunican a la AEAT los rendimientos o ganancias patrimoniales que estén sujetos a retención o declaración obligatoria. Si una promoción tipo “amigo” no aparece en los datos fiscales que el banco genera para la AEAT, significa que el banco no ha informado de ese importe a Hacienda.
Esto puede deberse a varias razones:
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No tiene retención asociada: Muchas promociones “amigo” no llevan retención, sobre todo si son pequeñas cantidades. Al no existir retención, el banco no está obligado a generar un certificado fiscal para la AEAT.
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No se consideran rendimiento sujeto a retención: Algunas promociones se consideran meramente incentivos o descuentos y no “rendimientos de capital mobiliario” que deban comunicarse automáticamente.
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Error o retraso del banco: A veces la información se reporta tarde o se excluye por error, pero esto es menos común.
⚠️ Importante: Aunque el banco no lo reporte, el contribuyente sigue obligado a declarar los ingresos si superan ciertos límites, aunque no haya retención. En la práctica, esto suele ir en la base del ahorro como intereses o ganancias patrimoniales, dependiendo del banco y del tipo de promoción.
Sí, en la práctica es cierto: si una promoción no aparece en los datos fiscales, Hacienda no tiene manera inmediata de detectarlo automáticamente. No hay retención que se haya ingresado a Hacienda ni comunicación desde el banco, así que, hasta que no la detecten por otra vía, no hay aviso automático.
Pero hay un par de matices importantes:
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Riesgo legal: Aunque no lo detecten automáticamente, el ingreso sigue siendo legalmente tributable. Si en un futuro Hacienda hace una comprobación de tu banco o cruza información, podrían reclamarlo con intereses y sanciones.
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Cantidad y criterios: Para importes pequeños, es muy improbable que se detecte, y muchos contribuyentes no declaran promociones menores. Pero desde un punto de vista formal, lo correcto es declararlo.
En resumen: sí, puede pasar desapercibido, pero no declararlo sigue siendo una infracción fiscal.
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