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Prestacion de la Ley de Dependencia

4,67K respuestas
Prestacion de la Ley de Dependencia
Prestacion de la Ley de Dependencia
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318 / 319
#4756

Re: Prestacion de la Ley de Dependencia

Estoy esperando porque hacer dos meses que no me ingresa y todavía nada 😔
#4757

Re: Prestacion de la Ley de Dependencia

 Desde cuándo lo tienes aprobado?
#4758

Re: Prestacion de la Ley de Dependencia

Desde del año 2000

#4759

Re: Prestacion de la Ley de Dependencia

Hoy habré con la comunidad valenciana y me dijeran que Denia la cuenta broquiada, ahora tengo que irme con la asistenta social para hacer un escrito así poder devolver el dinero 
#4760

Re: Prestacion de la Ley de Dependencia

Hola buenos días, alguien cobró después do día 30 junio?
#4761

Re: Prestacion de la Ley de Dependencia

Como??? Ace 5 años k lo echadtes.
Entoces ahora cobrarás un dineral .
Con tanto retraso.
O se a podido archivar el caso este de dependencia 
Nunca avía escuxado tanto tiempo por cobra .

#4762

Re: Prestacion de la Ley de Dependencia

No hija hacer cinco años que cobro, solo tengo dos meses de atraso por culpa del banco 
#4763

Re: Prestacion de la Ley de Dependencia

A vale.....
Entendí mal 
#4764

Re: Prestacion de la Ley de Dependencia

Hola buenas tardes, alguien falta cobrar la prestación do mes junio?
#4765

Re: Prestacion de la Ley de Dependencia

Buenas tardes, no se si este es el foro para hacer esta pregunta.   La pregunta es , a mí madre le han dado el grado de dependencia II y a mí me han puesto como cuidadora no profesional que es lo que tengo que hacer, estoy trabajando a media jornada , se que hay un convenio especial para cuidadores me podría dejar de alta en ese convenio? Y lo que le pagan a mi madre me podría pagar ella a mí o esa cantidad que percibe solo es para ella? No tengo mucha idea solo cosas que voy viendo
Si alguien me puede orientar se lo agradecería
Gracias por adelantado 
#4766

Re: Prestacion de la Ley de Dependencia

Hola soy la cuidadora no profesional de mi niño y me han concedido 34%de discap cidad por migrañas puedo seguir siendo su cuidadora?
#4769

Re: Prestacion de la Ley de Dependencia

Los cuidadores no profesionales de un familiar dependiente pueden trabajar siempre que ello no interfiera en sus responsabilidades como cuidador. En base a ello, un cuidador no profesional puede trabajar a tiempo parcial si ello no le impide seguir atendiendo adecuadamente, de acuerdo a lo estipulado en el PIA, a su familiar dependiente.

#4770

Re: Prestacion de la Ley de Dependencia



  • Grado II: Dependencia Severa:
  • Se refiere a personas que necesitan ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día. 
  • No requiere presencia continua:
  • A diferencia del Grado III (dependencia muy severa), en el Grado II no se necesita la presencia ininterrumpida de un cuidador. 
  • Posibilidad de trabajar:
  • Un cuidador no profesional puede compatibilizar el cuidado con un trabajo a tiempo parcial, siempre y cuando no afecte a la atención necesaria del dependiente.