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Impuesto Sucesiones. ¿Copia simple o copia autorizada de escritura de herencia?

2 respuestas
Impuesto Sucesiones. ¿Copia simple o copia autorizada de escritura de herencia?
Impuesto Sucesiones. ¿Copia simple o copia autorizada de escritura de herencia?
#1

Impuesto Sucesiones. ¿Copia simple o copia autorizada de escritura de herencia?

Una duda que me surge:
¿Qué tipo de copia de escritura de herencia se debe presentar para la liquidación del impuesto de sucesiones, simple o autorizada?
¿Y para la liquidación de Plusvalía y los cambios de titulares de los bancos?

¿Valdrían fotocopias de las copias simples o autorizadas para algunos de estos trámites?

Muchas gracias.
#2

Re: Impuesto Sucesiones. ¿Copia simple o copia autorizada de escritura de herencia?

mira la normativa concreta de la Comunidad autónoma y ayuntamientos con los que tengas que tratar.
En Madrid, por ejemplo, la Comunidad pide la primera copia y una copia simple, esta para quedársela, la otra entiendo para chequear que corresponde a la simple, y te la llevas.
El ayuntamiento solo pide copia simple.
Lo más sencillo hoy en día es hacer estos trámites por Internet, donde adjuntas un pdf escanedado y así te ahorras ir gastando copias.
Al banco normalmente le llevas la original y la escanean, no se quedan ninguna.

#3

Re: Impuesto Sucesiones. ¿Copia simple o copia autorizada de escritura de herencia?

Legalmente hay que aportar copia autorizada. Pero, por experiencia, es suficiente fotocopia de la que dispongas, aunque sea simple y te ahorras una pasta.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.