te digo lo mismo que Rucko, estás interpretando mal el convenio porque te conviene.
El convenio en francés dice que la venta del inmueble es gravable en el otro Estado (en el que no eres residente y donde se encuentra ese bien), no incluye la palabra "únicamente" ni "solo" en el otro Estado, lo que deja abierta la puerta a que el Estado en el que eres residente cobre impuestos sobre las ganancias si así lo establece la ley nacional.
Dices que en Francia no pagas impuestos por la ganancia por antigüedad, perfecto, pero en España hay que pagar por la renta universal si eres residente, y hace años ocurría igual que lo que dices pasa en Francia: una vivienda con muchos años de antigüedad no pagaba impuestos, pero lo quitaron.