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RETENCIONES ALQUILER LOCAL. Impago alquiler, pero retenciones figuran en Hacienda al completo.

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RETENCIONES ALQUILER LOCAL. Impago alquiler, pero retenciones figuran en Hacienda al completo.
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RETENCIONES ALQUILER LOCAL. Impago alquiler, pero retenciones figuran en Hacienda al completo.
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#1

RETENCIONES ALQUILER LOCAL. Impago alquiler, pero retenciones figuran en Hacienda al completo.

Alquiler de local comercial. Somos los dos propietarios que las tributamos en IRPF. El que era nuestro inquilino ( una S.L) dejó impagadas facturas de septiembre a diciembre de 2018.  Las facturas llevan retención e IVA. En enero del 2019 se firmó el fin del contrato. En los datos fiscales que nos llega de hacienda, figuran las bases y retenciones al completo. Entendemos que a pesar de no pagarnos las facturas, sí ha ingresado todas las retenciones en Hacienda. ¿Cómo tributamos estas de cara a mi declaración de la Renta, incluímos las de esos 4 meses? Muchas gracias

#2

Re: RETENCIONES ALQUILER LOCAL. Impago alquiler, pero retenciones figuran en Hacienda al completo.

La norma del IRPF es que se han de declarar las rentas devengadas en el ejercicio, con independencia de su cobro.

En este caso si habéis tramitado de alguna forma fehaciente, el intento de cobro de las cantidades adeudadas, se pueden considerar "Dudoso Cobro" si pasados 6 meses desde este intento no han sido cobradas.

El caso especial es que se tiene las retenciones correspondientes a las cantidades adeudadas, como retenciones pagadas en vuestro nombre en la Agencia Tributaria .

En este caso el dejar para el ejercicio 2019 la declaración de esta deuda como "Dudoso Cobro" para compensar el declarar todo el 2018 como rentas devengadas, que seria lo mas correcto, se topa con las retenciones que no hay forma de ponerlas negativas en la modificación.

Por tanto yo lo que haría seria lo siguiente :

Declarar como renta el total  lo devengado (sin tener en cuenta lo no cobrado) e incluir en el apartado de "Saldos de dudoso cobro" como gasto deducible el importe adeudado , teniendo cuidado que en las retenciones reflejadas por la Agencia Tributaria, descontar el 19% del importe que pongamos como "Saldo de dudoso cobro".

Saludos

#3

Re: RETENCIONES ALQUILER LOCAL. Impago alquiler, pero retenciones figuran en Hacienda al completo.

Simplemente añadir que las retenciones se devengan en el momento del pago de la renta. Por tanto el inquilino ha incurrido en doble irregularidad: no pagar y anticipar la retención antes de que esté devengada.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#4

Re: RETENCIONES ALQUILER LOCAL. Impago alquiler, pero retenciones figuran en Hacienda al completo.

Muchas gracias por tu respuesta. Entiendo que esos 4 meses (sep-dic 18) los podemos poner como saldo de dudoso cobro ya, que aunque no te lo había dicho, el juzgado acaba de dictar (mayo 19), decreto/sentencia a nuestro favor. Entonces:

Declaramos los 12 meses en IRPF18, ponemos los 4 (sep-dic 18) como saldo de dudoso cobro (deducción). Las retenciones, sólo podremos incluir las de los 8 meses cobrados (ene-ago 18) ¿verdad?. Las retenciones de los cuatro meses sin cobrar las pondríamos en la Renta del año que corresponda, si algún día se cobran esos cuatro meses que faltan.

Ya me dices si esto es lo correcto y lo he entendido bien.

Gracias y buen fin de semana.

#5

Re: RETENCIONES ALQUILER LOCAL. Impago alquiler, pero retenciones figuran en Hacienda al completo.

Correcto, eso lo tenemos claro, pero ahora toca arreglar el entuerto que nos ha dejado el inquilino.

#6

Re: RETENCIONES ALQUILER LOCAL. Impago alquiler, pero retenciones figuran en Hacienda al completo.

En 2018 tenéis que declarar la renta de esos meses (septiembre a diciembre) y simultáneamente deduciros las mismas por dudoso cobro si habéis cumplido lo que se exige para ello. Las retenciones hay que ignorarlas ya que no se han devengado.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#7

Re: RETENCIONES ALQUILER LOCAL. Impago alquiler, pero retenciones figuran en Hacienda al completo.

Muchas gracias, entonces no puedo poner en IRPF la renta de sep a dic del 18 como de dudoso cobro, ya que no estoy en los supuestos de los artículos 23.1 de la Ley de IRPF. La sentencia es de mayo 19 y por tanto según he leído, los saldos de dudoso cobro deben deducirse en el período en que adquieren tal condición y no en los posteriores.

Por tanto, tengo que declarar rentas de todo el año, no poner sept-dic 18 de dudoso cobro, e incluir en IRPF rentenciones y gastos de sólo los 8 meses relamente cobrados.

¿Correcto? Gracias!!

 

 

#8

Re: RETENCIONES ALQUILER LOCAL. Impago alquiler, pero retenciones figuran en Hacienda al completo.

Yo aplicaría en el ejercicio 2018 los "Saldos de dudoso cobro" , dado que antes de presentar la Declaración tengo conocimiento de su carácter de Dudoso Cobro.

Saludos

#9

Re: RETENCIONES ALQUILER LOCAL. Impago alquiler, pero retenciones figuran en Hacienda al completo.

Gracias. Qué hacemos con los gastos deducibles y las amortizaciones? Quito esos 4 meses?

#11

Re: RETENCIONES ALQUILER LOCAL. Impago alquiler, pero retenciones figuran en Hacienda al completo.

En mi criterio puedes hacer la formula que quieras, si lo presentas el Dudoso Cobro en 2018 , es porque a la fecha de la presentación de la Declaración ya tienes terminado el proceso de cobro sin resultado.

También puedes dejar esta aplicación para el 2019, como parece indicar la Consulta Vinculante.

Lo que no te tienes que olvidar es de no incluir las retenciones de los meses no cobrados.

De todas formas la Hacienda tendrá un aviso de incidencia y seguramente te pedirán aclaraciones.

Saludos

#12

Re: RETENCIONES ALQUILER LOCAL. Impago alquiler, pero retenciones figuran en Hacienda al completo.

Ok gracias. Lo de las retenciones es otra duda, leyendo el Artículo 79 del Reglamento del IRPF. Imputación temporal de las retenciones o ingresos a cuenta:

Las retenciones o ingresos a cuenta se imputarán por los contribuyentes al período en que se imputen las rentas sometidas a retención o ingreso a cuenta, con independencia del momento en que se hayan practicado.

Siguiendo esto y unido a la consulta vinculante, debo declarar la Renta incobrable y las retenciones de los meses no cobrados (recuerdo que el inquilino SÍ las ha ingresado en hacienda)

Saludos.

 

 

#13

Re: RETENCIONES ALQUILER LOCAL. Impago alquiler, pero retenciones figuran en Hacienda al completo.

Las retenciones no siguen el criterio del devengo, siguen el criterio de caja, es decir solo se pueden reclamar cuando están pagadas y es el momento en que el retenedor tiene que ingresarlo en la Hacienda.

Por esto es una anomalía que no haya pagado, pero si ha realizado la retención con el ingreso en la Hacienda.

Si declaras los importe devengados y no cobrados en este ejercicio 2018, sin incorporar el Dudoso Cobro de las partidas incobrables, entiendo que si puedes aplicar las retenciones ingresadas a tu nombre en la Hacienda. Aunque la hacienda tendrá un criterio distinto y considera que no puedes aplicarte la retención ( requerimiento al canto)

Pero si incorporas en este 2018 el Dudoso Cobro , no puedes aplicarte las retenciones de estos incobrables y las debes de ignorar.

Si dejas para el próximo ejercicio el Dudoso Cobro , en ese momento tendrás que regularizar las retenciones aplicadas en ejercicio anterior y desconozco el método para poder regularizar estas aplicaciones de las retenciones mal aplicadas.

Por esto creo que lo mejor es no aplicar la retenciones de los incobrable y en el 2018 declara el Dudoso Cobro.

Saludos

#14

Re: RETENCIONES ALQUILER LOCAL. Impago alquiler, pero retenciones figuran en Hacienda al completo.

Buenas, hace un mes llegó requerimiento de Hacienda por este asunto. Finalmente incluimos las rentas de sep a dic como de dudoso cobro, sin poner las retenciones de esos 4 meses. Después de justificarles todas las deducciones, ahora nos llega propuesta de liquidación provisional y añaden las bases imponibles de esos cuatro meses, y claro, no aplican sus retenciones. Por tanto, vamos a tributar dos veces por unas facturas que no hemos cobrado!! Acongojante, primero vía retenciones y segunda con la propuesta de liquidación que nos enchufan ahora. Que me aconsejáis contestar? Muchas gracias!

#15

Re: RETENCIONES ALQUILER LOCAL. Impago alquiler, pero retenciones figuran en Hacienda al completo.

Hacienda tiene a su favor el criterio de la consulta vinculante. Los saldos de dudoso cobro de julio a diciembre año 0 no se pueden aplicar en la renta año 0, por lo del plazo genérico de 6 meses. Corresponde aplicar ese gasto por saldos de dudoso cobro del 2S año 0 en la renta correspondiente al año 1.

Por otra parte hay el asunto del ingreso indebido de las retenciones. 
Como bien te han informado, es una irregularidad que te apliques retenciones (declaradas por el pagador) de saldos no cobrados, y que sabes que no vas a cobrar.
El mecanismo previsto para esta situación y que no resultes perjudicado es la solicitud de ingresos indebidos.
Lo normal es que el solicitante y quien obtenga la devolución sea el pagador. Pero la norma prevee una excepción y es que en el caso de sujetos que hayan soportado dicha retención, y por A o por Z hayan resultados perjudicados, sean ellos los que soliciten y obtengan dicha devolución
Eso sí, la solicitud de ingresos no debes hacerla respecto del modelo 100 (tu declaración de la renta), sino respecto del modelo 115 del inquilino.
Parece enrevesado, pero realmente es un mecanismo garantista para evitarte además, problemas con el IVA.


la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!