Sí, creo que te he entendido. Pues es raro, sí.
Para calcular la devolución de la maternidad se resta todo el importe de la prestación a tus rendimientos de trabajo del ejercicio entero y así sale un nuevo resultado de la declaración de ese año. Y luego se hace la diferencia entre la declaración modificada con la original que se presentó en su día. Se hace así porque, al cobrar menos, es normal que cambie el tanto por ciento de IRPF que tocaría pagar. Yo pensaba que con las paternidades se hacía igual. Quizá si fueron solo 2 semanas, ya sabían que no te iba a bajar el % (aunque yo creo que sí porque pienso que no va por escalones, sino que hay % con decimales)... Lo veo muy cutre calcularlo así. Además, si te restan solo lo retenido y luego dan un resultado de declaración modificada para compararla con la original, no te va a cambiar apenas. Es decir, o lo hacen como las maternidades o te devuelven íntegramente lo retenido durante la paternidad (aunque sigo pensando que no debería ser así porque debería ser un pelín más), pero no la mezcla esa rara de restar lo retenido y luego calcular la diferencia entre declaraciones que te han hecho.
Hay mucha diferencia entre la devolución que te darán respecto a la cantidad que habías calculado quitando la paternidad completa en la declaración?