La escritura será documento suficiente para acreditar el IVA.
Aunque los ejemplos sea a efectos de deducción de IVA soportado, es trasladable a tu caso:
STS 938/2014; 10/03/2014; Nº de Recurso:5679/2011
http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=TS&reference=6999726&links=factura%20Y%20desproporcionada&optimize=20140324&publicinterface=true
"Esta equiparación entre la posesión de la correspondiente factura y la posesión de una
escritura pública que cuente con todos los datos que aquélla debe contener, salvo claro está el número, no deja de ser excepcionaly sólo posible, a los efectos de ejercer el derecho a la deducción del impuesto sobre el valor añadido,
si la operación gravada está fehacientemente acreditada, en tanto que, acudiendo a la doctrina del Tribunalde Justicia de la Unión Europea, se ponen de manifiesto dos hitos esenciales: el primero, que todas lasobligaciones formales del impuesto sobre el valor añadido están pensadas para facilitar la correcta aplicaciónde tal tributo, de cuyo mecanismo forma parte indisociable el derecho a la deducción, y el segundo,
que una aplicación desproporcionada de esas exigencias adjetivas puede hacer quebrar el objetivo básico al que sirve el reconocimiento del derecho a deducir, que no es otro que el de garantizar la plena neutralidad del impuesto sobre el valor añadido, clave de bóveda que sujeta la configuración de este tributo".
También:
http://fiscalblog.es/?p=713
Un saludo.