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Usufructo Universal Viudal

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Usufructo Universal Viudal
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Usufructo Universal Viudal
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#1

Usufructo Universal Viudal

Tenía la siguiente duda. Esto es un causante que deja a la viuda, de 59 años,  casada el usufructo universal viudal y a los dos hijos instituye herederos del remanente de la herencia. Quería saber si los hijos pueden no consentir dicho usufructo, y obligar a hacer una partición donde se le de a la viuda el tercio de libre disposición y el usfructo sobre la mejora. En caso de que hubiese que ir a juicio que acción legal habría que acometer?

#2

Re: Usufructo Universal Viudal

No creo que le puedan obligar, porque el usufructo universal no perjudica la legítima según mis cálculos.

 

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Usufructo Universal Viudal

El problema que hay es que el usufructo es en su mayor parte sobre dinero. ¿Se puede pedir la legítima estricta en pleno dominio? En algún sitio he visto que el usufructo universal deben consentirlo los hijos.He ido a dos Notarías distintas y en una me han dicho que tengo derecho a la legítima estricta en pleno dominio y a la nuda propiedad sobre el tercio de mejora; mientras que en otra que a la legítima estricta en pleno dominio seguro.

 

#4

Re: Usufructo Universal Viudal

La "conmutación" debe hacerse por mutuo acuerdo entre los herederos y el usufructuario. En caso de que no lleguen a un acuerdo, decidirá el Juez.

 

artículo 839 CC: “ Los herederos podrán satisfacer al cónyuge su parte de usufructo, asignándole una renta vitalicia, los productos de determinados bienes, u un capital en efectivo, procediendo de mutuo acuerdo y, en su defecto, por virtud de mandato judicial.

Un saludo

#5

Re: Usufructo Universal Viudal

Recuerdo lo que indicaba el testamento de mi padre:

1ª Lega a su cónyuge el usufructo universal y vitalicio de toda su herencia. Con este legado quedará pagada de sus derechos legitimarios, pudiendo tomar posesión por sí misma del usufructo legado, libre de inventario y fianza.

2ª Sin perjucio del anterior legado, lega a su esposa, el 70% y a cada uno de sus hijos, el 15%, del dinero efectivo existente a su fallecimiento, con cargo al tercio de libre disposición.

3ª En el remanente instituye herederos por partes iguales, a sus dos hijos antes nombrados.

4ª Designa sustitutos vulgares de los instituidos, tanto en los legados como en la herencia, a sus respectivos descendientes. Si no los tienen se sustituirán recíprocamente entre sí.

El dinero supone el 80% del caudal relicto (600.000 €). La viuda no hace a ninguna conmutación, de hecho indica que mi padre quería dejarnos un regalito de 10.000 € o así (supongo que habrán hecho las cuentas descontando las plusvalías).

Es un testamento que asigna en efectivo a los hijos un 3% a lo sumo de la herencia. Donde de forma clara y manifiesta es notorio que la viuda no va a conservar el dinero y lo va a consumir.Se supone que el usufructo tiene por objeto mantener el nivel de vida del cónyuge. Pero ojo el cónyuge tiene en su haber más de 5 millones de euros. Por lo que este testamento, más que tener objeto mantener el nivel de vida del cónyuge, es desheredar a los hijos por vía rápida. Mi padre hubiese desheredado pera era consciente de que esa vía podía traer problemas para que mi madre obtuviese el dinero, metiéndose en juicios de años.

Me interesaría saber si de alguna forma se puede defender la legítima de los hijos y evitar el acto en fraude de ley perpetrado por mi padre.

 

 

#6

Re: Usufructo Universal Viudal

Ese testamento parece vulnerar la legítima de los hijos, una vez legado el usufructo universal al viudo, no se le suele dar nada mas, y menos el 70% del dinero que supone la mayoría de la herencia.

A impugnar el testamento tocan, a mi entender, con muchas posibilidades

Un saludo

#7

Re: Usufructo Universal Viudal

Tengo claro que el testamento vulnera la legítima. En dos Notarías que he ido me indican que me corresponde por el ley el 28% del cuadal relicto.

Pero ojo, la problemática que tiene este testamento es que la disposición 2ª que dice "Sin perjucio del anterior legado, lega a su esposa, el 70% ..." eso implica que un juez va a reducir ese legado, hasta dejarlo prácticamente anulado, siendo mi madre usufructuaria de todo.

Me gustaría me indicases que opciones y acciones posiblese ves. Por que a mi no me parecen obvias. A mí en una Notaría me dijeron que tenía derecho como mínimo a la legítima en pleno dominio y en otro además a la nuda propiedad de la mejora.

#8

Re: Usufructo Universal Viudal

El art 839 es de aplicación al usufructo legitimario, pero aquí estamos ante un usufructo testamentario, por lo cual los derechos del cónyuge viudo son mayores. Estos testamentos son muy usuales cuando se quiere proteger al cónyuge viudo y suelen incluir la exención de inventario y fianza, con lo cual se le da una libertad absoluta de uso y disfrute.

 

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#9

Re: Usufructo Universal Viudal

A mí me suena que este caso ya fue objeto de un hilo anterior, ¿no?

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#10

Re: Usufructo Universal Viudal

Yo no tengo tan claro que el testamento vulnere la legítima. El testador es libre de adjudicar 1/3 del total de la herencia y por legítima corresponde el usufructo del 1/3 de mejora. A los 59 años, el usufructo tiene una valor, más o menos, del 30% o sea que no alcanza ni al tercio de libre disposición.

Por tanto, habrá que ver el peso del dinero efectivo en el total de la herencia para saber si hay o no vulneración.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#11

Re: Usufructo Universal Viudal

Yo pienso que aquí hay dos problemas diferenciados:

1. El testamento debe anularse por vulnerar las legítimas de los hijos: yo veo como lo más lógico que el Juez anule la clausula donde le deja el 70% del dinero al viudo y le mantenga el usufructo de toda la herencia.

2. La forma de adjudicación de los bienes de ese testamento una vez modificado. Aquí ya no sabemos por donde va a tirar el Juez, pero en buena lógica es posible pensar dadas las características de los bienes, que el Juez decida calcular su importe y pagarle al viudo su parte en dinero en pleno dominio, o si hay vivienda habitual, que se plasme en el usufructo de la misma y el resto en dinero.

Ya que se impugna, habrá que plantear ambos problemas y decidirá el Juez.

Está claro que la legítima de los hijos son dos tercios, uno en pleno dominio y otro en nuda, eso no se discute, la cuestión está en conciliar eso con la legítima del viudo (usufructo de un tercio) y con lo que dice el testamento. El Juez interpretará y decidirá qué pasa con el otro tercio (libre disposición) a la vista del testamento y de las alegaciones y pruebas de las partes.

3.Visto que el causante quería beneficiar especialmente al conyuge a la vista del testamento, sería razonable que le adjudicara al viudo además de su legítima (usufructo de un tercio), el tercio de libre disposición enterito.

Conclusión: Veo dos resultados posibles, el 1, y el 3. Habría que ver en función de la valoración del usufructo (según la edad del viudo) cual os beneficia mas, para solicitar al Juez su aplicación con preferencia.

Pero todo son elucubraciones...

Un saludo

#12

Re: Usufructo Universal Viudal

Efectivamente. Desde el hilo anterior (de hace unos dos meses creo), he podido ahondar más en la problémática, consultar a bufetes de abogados y notarías. Quedando la duda acotada a lo indicado en este nuevo hilo y que no se resolvió en el anterior, donde si se fueron cerrando otras dudas.

#13

Re: Usufructo Universal Viudal

qEl usufructo de la viuda es el 30%. Se supone que si lo máximo que se puede dar a un cónyuge viudo es el usufructo de la mejora y el 100% de la libre disposición; y eso se puede acordar en cuaderno particional; se entiende que la viuda debería aceptarlo si o sí, salvo que lo que busque sea quedarse con más de eso. Que es lo que ocurre, teniendo en cuenta el dinero (que supone el 80% del caudal relicto), que podría disponer la viuda, y del que no tiene que rendir cuentas una vez se divida la herencia, al tenerlo en usufructo, tendría un beneficio mayor que lo dispuesto por ley (y que les interesa a los hijos para poder ver algo).

Pero sigo sin verlo claro. Me parece que el planteamiento 1, es el más sencillo para un juez. Necesitaría una buena motivación jurídica para defender la postura 3. No se si me podréis convencer en este aspecto.

¿Que acción judicial habría que acometer para defender la postura 3?

¿No hace falta consentimiento de los hijos para tolerar el usufructo universal viudal, dado que siempre tienen derecho a la legítma estricta en pleno dominio?

¿Conocéis a un abogado experto en herencias?

 

Tenía entendido que los testamentos con el usufructo universal vitalicio del cónyuge y la cautela SOCINI, perjudicaban al heredereo si iba a juicio, reduciendo sus derechos a la legítima estricta en pleno dominio. ¿Es posible que se configure un testamento más perjudicial que el anterior, que ni siquiera conceda la legítima estricta en pleno dominio?

#14

Re: Usufructo Universal Viudal

Si, pero no puede darle el usufructo de todo (30%), y además, el 70% del 80% de la herencia (el dinero), que supone otro 59% de la herencia, total 89%. Les queda a los hijos un 11%, si eso no es vulnerar la legítima...

Hay que aclarar que los cálculos no son exactamente así, ya que no se puede sumar el pleno dominio de un 70% del dinero y el usufructo de ese mismo dinero, que ya está incluido en el pleno dominio

Un saludo

#15

Re: Usufructo Universal Viudal

Yo tenía entendido que la parte de dinero que quepa en la libre disposición va con el legado de 70-15-15, mientras que lo que no quepa irá usufructuado, no?

Pero eso no es la duda, mejor no desviarse del tema.