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Duda sobre fiscalidad en EEUU/España

3 respuestas
Duda sobre fiscalidad en EEUU/España
Duda sobre fiscalidad en EEUU/España
#1

Duda sobre fiscalidad en EEUU/España

Hola,

mi pareja y yo, casados, nos marchamos a vivir a EEUU de manera permanente porque yo he encontrado trabajo y tenemos grandes dudas sobre el tema fiscal. Ella no trabajará allí pues no tiene visa de trabajo, por lo que será dependiente de mí, entiendo que a nivel económico/fiscal. Esto nos llevaría a un estado "married filing jointly" (creo) a nivel fiscal en EEUU.

Sin embargo ella recibirá de España una pensión por minusvalía laboral permanente e ingresos mensuales de dos carteras de clientes de dos empresas diferentes. Esto me lleva a pensar que ella no podrá dejar de ser "residente fiscal" en España y tengo la sensación que esto puede causarnos problemas.

Por favor, ¿podrían explicarme qué implicaciones tiene ese escenario a nivel fiscal para ambos?

Algunas pregutnas:
- ¿Tendrá ella obligatoriamente que mantener la residencia fiscal en España?
- Al estar casados, ¿su residencia fiscal en España me obligaría a tenerla yo también?
- ¿Perdería mi pareja la prestación si cambia la residencia fiscal en España?
- ¿Tendremos que pagar impuestos en EEUU por los ingresos de ella en España?
- ¿Tendré yo que pagar impuestos en España a pesar de que mi único salario provendrá de EEUU?

Espero que nos puedan ayudar y hacernos algunas recomendaciones.
Estamos muy confusos.

Muchas gracias.

#2

Re: Duda sobre fiscalidad en EEUU/España

Buenos días,
entiendo que sí que podéis haceros los dos residentes fiscales en EEUU, donde tributaréis conjuntamente por todas vuestras rentas a nivel mundial, para evitar la doble imposición.
Un saludo.

#3

Re: Duda sobre fiscalidad en EEUU/España

por lo que he leido por aquí la residencia fiscal no es algo voluntario, depende de donde pases mas de 183 dias en un año, independientemente de que pais te pague.

#4

Re: Duda sobre fiscalidad en EEUU/España

Como dicen, se es residente fiscal en un sitio o en otro según la residencia habitual, por regla general.
Claramente sereis residentes ambos en EEUU por lo que dices, y tributareis allí supongo que por todas las rentas que recibais. A su vez, tributareis en España por todas las rentas recibidas en España, como no residentes. Para ver la forma exacta, habrá que ver la legislación fiscal de los dos países y el convenio de doble imposición, para evitar en lo posible dobles imposiciones.
Respecto a la perdida de la prestación de tu mujer, dependerá de la normativa por la que se le concedió

Un saludo