Re: Repercusiones fiscales en el reparto de una herencia
Si en el reparto de la herencia, la valoración del inmueble que se queda uno de los hermanos coincide con el valor que le atribuya Hacienda a efectos del I. de Sucesiones, no se tributa ni por ITP ni ganancia patrimonial en IRPF.
O sea si el inmueble, a efectos del Impuesto de Sucesiones, Hacienda los valora en 300.000 euros, la compensación tendría que ser de 150.000 euros.