Intereses de demora en cálculo regularizacion situacion tributaria por perdida de derechos
Hola,
os escribo porque tiene tela lo que me pasa,a ver si me podeis echar una mano y dejo ya esto zanjado de una vez por todas.
Me decido a regularizar mi situación tributaria este año, que es el que incumplo,devolviendo las cantidades de cuenta vivienda y construcción.Pido cita para que me hagan la simulación de la declaración en móstoles y alli no me lo pueden hacer al ser éste un edificio temporal que montan solo en campaña de renta y ser ya algo más elaborado y me dicen que lo haga yo con el padre que es fácil,advirtiendome que debo calcular los interese de demora teniendo en cuenta la fecha en que se cobró la devolución y si tengo intencion de domiciliarlo tomar como fecha ultima la de 30 de junio de 2014 por ser esta en la que se cobraria el primer pago.
Yo no me atrevo hacerlo y pido cita en las oficinas de alcorcón,que es de donde depende móstoles y alli me la hacen con cálculo de intereses de demora hasta ese dia,dia 28-5-14,y adeudo en cuenta(por error porque yo le dije que lo quería domiciliar)pero no la presento aún.Les pregunto si puedo presentarla más adelante al estar calculados los intereses de demora hasta ese dia y me dicen que si.
12 dias mas tarde,10-6-14 vuelvo a las oficinas para que me cambien lo de adudo en cuenta y me pongan los 2 pagos domiciliados,y decido presentarla ya.La diferencia de presentarla éste dia subiría los intereses a unos 13€ pero me fio de lo que me dijo la otra vez el técnico.Supongo que por 13€ no pasará nada.
Al dia siguiente,mi hermana que sabe manejar el padre,me comprueba los datos y a ella le sale 20€ mas a pagar además de los 13€ por presentarla 12 dias mas tarde.Me hago el cálculo a mano y efectivamente tiene razón mi hermana.Algo em han calculado mal en las oficinas.
Ahora no se que hacer porque tengo mis dudas de que por 33€ me vayan a sancionar o reclamar pero quien sabe,la normativa es la normativa y supongo que habrá que cumplirla.
He leido y para corregir los errores es necesario presentar una declaración complementaria y no se di debería hacerla o despreocuparme sinceramente.En caso de hacerla,sería para corregir los intereses de demora que ascenderían en los 33€,y entonces ¿tendría que recalcularlos a la fecha en la que presente la declaracion que complemento o hasta la fecha en que presento esta declaración complementaria?
En caso de que decida no hacer complementaria,¿que podría pasar?la deuda es bastante elevada,8900€,y si ahora pago esa cantidad en caso de que después me reclamaran los 33€ de más,me harían un recargo y más interesses de demora ¿pero sobre que cantidad?¿sobre la de 8900€ o sobre la de 33€?.Hay que tener en cuenta que lo que voy a ingresar de menos son unos intereses de demora que provienen de ejercicios desde 2005 y que por tanto esos 33€ podrían cobrarse de nuevo intereses desde 2005,no?¿o sobre el total de 8900€?
Es un lio la verdad y quizás yo le doy demasiadas vueltas,me acerco de nuevo y lo comento o sinceramente paso.
Agradecería vuestra opinión,me ha sido de mucha utilidad este foro en temas relacionados la verdad.Muchisimas gracias por las aportaciones que pueda recibir.