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Fincas arrendadas en CB'S modificación del borrador ???

20 respuestas
Fincas arrendadas en CB'S modificación del borrador ???
Fincas arrendadas en CB'S modificación del borrador ???
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#1

Fincas arrendadas en CB'S modificación del borrador ???

Tenemos unas fincas arrendadas a través de dos comunidades de bienes, en el borrador aparecen los rendimientos correctos, producto de las delcaraciones del modelo 184, pero las fincas aparecen en capital inmobiliario como "a disposición de sus titulares", con lo que el padre "se pone a "facturar el 2% de rendimiento supuesto" (nunca he entendido este supuesto beneficio del 2%, pero no es el tema en este hilo), entonces ya recuerdo que en la campaña anterior de 2012, no me quedó mas remedio que "exportar" todo esto al Padre (y a su p**a m****e) y hacer bien la declaración ¿os suena que esto se pueda solucionar a través de la modificación del borrador ?????

#2

Re: Fincas arrendadas en CB'S modificación del borrador ???

Entiendo que lo que quieres es quitar esta imputación de rentas inmobiliarias ya que tributas por sus rentas en la C.B.

Entrando en "Modificación del Borrador" puedes ir pinchando en los "+" de la casilla que corresponde esta imputación y llegar a la ventana donde borrar estos datos.

Saludos

#3

Re: Fincas arrendadas en CB'S modificación del borrador ???

Exacto !!!!  

Vale borro los datos, y luego entiendo que debo indicarlos en alguna parte de la declaración de las CB'S, tengo 2 separadas, una para los bienes en alquiler que no devengan IVA, y otra que es una "mier** pinchá en un palo" en cuanto a ingresos por un terreno y un parquing alquilados a una corporación municipal .... la CB de los pisos, no es que sean muchos, el asunto es que son a estudiantes por habitaciones, bajo contratos civiles, y representa que cada estudiante es un inquilino aparte !!! bueno es igual ¿como meto estas fincas, sus ref. catastrales, en alguna información estadistica de la parte dela declaración de las CB'S? 

 

Y que no me olvide, gracias por la rapidez !!!!

 

Para los datos, lo tengo fácil, por deformación profesional, llevamos todo esto bajo el plan general de contabilidad, con una cuenta bancaria aparte de nuestras cosas particulares, ya sé que me complico la vida, pero al ser contable, aunque hace tiempo que no paso apuntes en la empresa, estas cosas quedan y a uno le es mas simple. 

#4

Re: Fincas arrendadas en CB'S modificación del borrador ???

La relación de bienes inmuebles arrendados o cedidos a terceros por entidades en régimen de atribución de rentas se refleja en las casillas 71 a 74.

Saludos.

#5

Re: Fincas arrendadas en CB'S modificación del borrador ???

Comentaste que las rentas que corresponden a la C.B. están correctamente recogidas en el Borrador, si es así al ser rentas inmobiliarias, constaran las Referencias Catastrales correspondientes y que son las mismas que eliminas de Rentas Imputadas.

Verifica entrando en el "+" de la casilla 188 que será donde tengas las rentas de la C.B..

Saludos

#6

Re: Fincas arrendadas en CB'S modificación del borrador ???

Gracias de nuevo, no recuerdo si en el 184 había que incluir las ref's catastrales, con lo cual si no era así no las tendrán, pero no lo recuerdo, tengo el borrador de los 184's en el despacho, en todo caso con la 188 lo sabré, gracias de nuevo !!!!!

#7

Incluir ingresos de un hijo de veintipico y estudiante ?????

Todo esto ya está solucionado, ahora tengo otro problema, tenemos una hija de 23 años, estudiante universitaria,  percibe además unos dividendos de acciones de su propiedad desde hace un montón de años, pero no llegarán a los 600 €, salvo error no tengo que hacer nada ... solo deducir por ser miemgro de la UF, y no hay que incluir estos ingresos ?????

#8

Re: Incluir ingresos de un hijo de veintipico y estudiante ?????

No, en principio no hay que hacer nada, ¿Pero por qué no presentas también la declaración de tu hija si te pueden devolver por ella y no perjudica los mínimos?

Y, si somos técnicos hablando, ya no pertenece a la unidad familiar (se deja de ser de la unidad familiar cuando se es mayor de edad a 31-12, salvo excepciones), sin perjuicio de que sean aplicables los mínimos.