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La regla de los dos meses, minusvalias

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La regla de los dos meses, minusvalias
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La regla de los dos meses, minusvalias
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#1

La regla de los dos meses, minusvalias

Hola buenas tardes, quisiera haceros una pregunta a ver si alguien me puede ayudar porque hay unas cosa sobre las minusvalias que no acabo de entender:

-Cuando dicen: "para poder compensar las minusvalías es necesario no comprar valores homogéneos a los que generaron la pérdida en los 2 meses anteriores y posteriores."

Esto, perdonad mi ignorancia, pero no lo entiendo.

Que quiere decir que si yo compro TEF a 13€ y pasan 15 dias y vendo a 11€ eso no cuenta como minusvalía porque he adquirido el valor hace menos de dos meses?

O por el contrario, que si habiendo comprado TEF a 13€, pasan 15 dias y se pone a 11€ y yo recompro... y continuan bajando y al cabo de un mes vendo los dos paquetes a 10€, entonces si que no cuenta como minusvalia porque he recomprado hace menos de dos meses?

Y un último caso hipotético, supongamos que compro TELF a 13€, baja a los 15 dias a 11€ y vendo. Pasan 15 dias y compro otra vez TELF a 11,50€ y pasados 15 dias vendo a 11€. Aqui se puede declarar alguna minusvalia? Porque tal y como lo entiendo yo no.

Un saludo, y gracias

#2

Re: La regla de los dos meses, minusvalias

Esto de la regla de los dos meses es poco intuitivo al principio, pero no deja de tener su lógica, al menos para Hacienda que siempre quiere rascar de todos los sitios.

Lo que hay que interpretar de la frase que has puesto "para poder compensar las minusvalías es necesario no comprar valores homogéneos a los que generaron la pérdida en los 2 meses anteriores y posteriores" es, precisamente, lo que interpretas en tu primer supuesto, aunque con algunos matices.

Si compras unas acciones y las vendes antes de dos meses con minusvalías, no puedes compensar estas minusvalías porque las acciones vendidas se consideran recompradas por esa compra efectuada en los dos meses anteriores a la venta. Y te preguntarás: Pero, ¿cómo voy a haber recomprado algo antes de venderlo? Aquí entra en juego el concepto de transmisión patrimonial efectiva que maneja Hacienda para considerar cuándo unas acciones han salido realmente (al menos, a efectos fiscales) de nuestro patrimonio. E introduce los siguientes matices:

1º) Si después de la venta tu saldo de acciones es cero, no hay recompra. Lógico, si te has quedado sin acciones, has vendido todas de manera efectiva y puedes compensar las minusvalías, siempre que no vuelvas a comprar en los dos meses siguientes (esto ya es una recompra como todos lo entendemos).

2º) Si esa compra que has hecho antes de la venta es la única en los dos meses anteriores a la misma y no tenías más acciones homogéneas que hubieses adquirido antes de ese plazo de dos meses, tampoco se considera recompra. Vamos, que si tú compras tus primeras acciones y vendes antes de dos meses, esa compra inicial no se considera recompra.

Pero si tú tienes 100 acciones, por ejemplo, y a los dos años compras otras 100 más, y al mes de esta compra vendes 50 acciones, las 100 acciones compradas un mes antes de la venta se consideran recompradas, ya que:

- Dos meses antes de la venta, tu saldo de acciones no era nulo, era de 100 acciones.
- Tras la venta, tu saldo tampoco es nulo, es de 150 acciones. Pues de esas 150 acciones que te quedarían, Hacienda considera que 100 son recompradas y no podrías compensar la minusvalía de tus 50 acciones hasta que vendas 100 acciones más. Bueno, a partir de 50 acciones podrías empezar a compensar la parte proporcional que vayas vendiendo entre 50 y 100.

En cuanto a las recompras en los dos meses posteriores, no hay mucho que decir. TODO lo que se compre en los dos meses posteriores a una venta con minusvalías se considera recompra de esa venta, pudiendo darse el caso de que la cantidad considerada recompra sea mayor que la vendida. El único límite es el saldo de acciones que tengas en cartera (nunca podrás tener más acciones recompradas que las que tengas en tu patrimonio), aunque con otro matiz:

3º) Una compra sólo puede ser considerada recompra una vez. En caso de haber varias ventas cuyos respectivos plazos de dos meses posteriores se solapen, las posibles compras que se hagan en ese período de solape sólo serán recompra de la más antigua, no de las demás.

Ojo, que todo este rollo sólo se aplica en casos de ventas con minusvalías. Entonces es cuando Hacienda empieza a mirar hacia atrás y hacia adelante en busca de posibles compras que puedan considerarse recompra, y así evitar que el contribuyente reduzca la plusvalía tributante. Si vendes con plusvalías, no hay problema, ya que ahí Hacienda cobra seguro.

Espero que te haya aclarado algo.

Un saludo.

#3

Re: La regla de los dos meses, minusvalias

Hola Bolinche,
Podrías aclararme un poco el concepto de valores homogéneos ¿Son aquellos con el mismo código ISIN, y cualquiera con diferente código sería considerado como diferente? ¿En el caso de el mismo fondo pero en clases diferentes ej. invertido en $ o € , cada uno con diferente ISIN se consideraría diferente producto?
Necesito aflorar minusvalías en plazo menor a un año, para compensar plusvalías realizadas en FCC y quiero comprar inmediatamente el mismo fondo, pero que no se considere valores homogéneos.
Muchas gracias

#4

Re: La regla de los dos meses, minusvalias

En el caso de acciones, valores homogéneos son acciones del mismo valor bursátil, o sea, de la misma empresa, da igual en qué cartera de valores estén depositadas.

En el caso de fondos de inversión, entiendo que son valores homogéneos los que tienen el mismo ISIN. Si tienes un mismo fondo de inversión invertido en dos divisas distintas, las cantidades invertidas en cada divisa serán valores diferentes si el ISIN es diferente en cada divisa. En caso contrario, serán valores homogéneos.

Si vas a vender participaciones de un fondo para después volver a comprar participaciones del mismo fondo, se considerará recompra si lo haces antes de dos meses de la venta.

Saludos.

#5

Re: La regla de los dos meses, minusvalias

Muchas gracias bolinche,
Mi idea es comprar el mismo fondo pero en clases distintas, en un caso pararé de fondos de distribución de dividendos a otro de acumulación, y en otro de fondo cotizado en € al mismo cotizado en $. En ambos casos el nuevo ISIN será diferente al del fondo que venderé.Por lo que deduzco que aunque el nombre del fondo sea mismo, a efectos fiscales se consideran diferentes productos y podré compensarlos con las plusvalías previas ¿Es así?
Muchas gracias

#6

Re: La regla de los dos meses, minusvalias

Aver si me saca de dudas. Yo tenia 7.000 acciones de bankia compradas hace un año. el mes pasado compré 3.000 mas (ahora tengo 10.000). hoy he vendido 7.000 con perdidas de 1.500€. ¿como calculo el porcentaje de la minusvalia que en teoría podría compensar?. Ahora me quedan 3.000 acc

las 7.000 las compre en cuatro veces, como sigue:
2.274 por 8.064€
726 por 2.499€
2.000 por 1.400€
2000 por 788€

#7

Re: La regla de los dos meses, minusvalias

Con los datos que aportas, la situación es la siguiente:

1. Nº acciones 2 meses antes de la venta = 7.000
2. Nº acciones compradas en los 2 meses anteriores a la venta = 3.000
3. Nº acciones en cartera tras la venta = 3.000

Por tanto, como el número de acciones dos meses antes de la venta no es nulo y tras producirse ésta el saldo de acciones en la cartera tampoco es nulo, se consideran recompradas las 3.000 acciones que compraste el mes pasado.

Es decir, las 3.000 acciones que te quedan Hacienda las considera recompra y, hasta que no las vendas, no podrás compensar su parte proporcional de la minusvalía (3.000 / 7.000 = 42,85 %). El 57,15 % restante es lo que puedes compensar, un total de 857,14 €.

Eso hasta que vayas vendiendo las 3.000 acciones que te quedan.

Un saludo.

#8

Re: La regla de los dos meses, minusvalias

Muchas gracias, yo también creía que sólo podía compensar por 4000, pero que el cálculo de cuanto era esa cantidad, se hacía restando el valor de venta de esas 4000 acciones menos el valor de compra de las primeras 4000 acciones. Pero me salía una cosa muy rara, ya que el valor de la minusvalía de esas 7000 acciones vendidas era de - 1.500€, y al hacer mi cálculo, me salía que podía compensar perdidas por valor de 4.800 €.

Gracias de nuevo por la aclaración