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Declaración por cierre de cuenta vivienda

3 respuestas
Declaración por cierre de cuenta vivienda
Declaración por cierre de cuenta vivienda
#1

Declaración por cierre de cuenta vivienda

Buenos días, soy nueva usuaria, he usado el buscador pero no me termino de aclarar con este tema. Abrí una cuenta vivienda en 2008 y la he cerrado en noviembre de 2012. Me he desgravado todos los años menos este último que no he hecho ningún ingreso. Fui al banco a cerrarla y me dijeron que tenía que hacer una declaración por cada año que me he desgravado, como no me lo aclaraban me fuí ha hacienda y me dijeron que debo hacer una complementaria a la declaración del ejercicio 2011, borrando los datos de ese año y rellenando la pagina 13 del programa Padre con los datos del dinero que me ha dado hacienda + el 5% que supongo que serán los intereses. No me lo dejaron muy claro.
El problema es que no hice la declaración en el programa PADRE, sino solo pedí el borrador, rellene los datos de la cuenta vivienda de forma telemática y confirme.
He leído varios comentarios sobre el tema por aquí, pero no se cual es la mejor opción:
1- Hacer la complementaria: ¿Como la hago si no tengo los datos en el programa? y la verdad es que no tengo ni idea ya que no lo he utilizado nunca. ¿Te la pueden hacer en hacienda? ¿Ahora me cobran intereses de demora?
2- Hacerla en 2013, para el ejercicio 2012. en el plazo correspondiente ¿sin intereses de demora? y ¿regulando mi situacion? esto es posible?

Gracias

#2

Re: Declaración por cierre de cuenta vivienda

No puedes hacer complementaria. Lo deberás hacer en la declaración del 2012(mayo-junio 2013). Ten en cuenta que cuanto antes presentes la declaración correspondiente al año 2012, menos intereses de demora tendrás que pagar.

Saludos.

#3

Re: Declaración por cierre de cuenta vivienda

En hacienda me dijeron que si podía hacer una complementaria. Pero como no se manejar el programa Padre pues mi duda era si podía hacerla directamente en 2013 para el ejercicio de 2012, que es cuando he cerrado la cuenta.

#4

Re: Declaración por cierre de cuenta vivienda

Si cuando has cerrado la cuenta ha sido este año, bajo mi punto de vista no puedes hacer complementaria. Como has incumplido las condiciones de la cuenta en el año 2012, tienes que hacer la regularización en la declaración de renta del año 2012.

No obstante, haz caso a Hacienda. Sales beneficiada si presentas o te dejan presentar, una complementaria, ya que te ahorras algo en intereses de demora. Si regularizas en la declaración del ejercicio 2012 (la que presentes en mayo-junio 2013), tienes la ventaja, de que puedes fraccionar el pago en dos veces: junio (60%) y noviembre (40%).

Saludos.