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Subsidio desempleo

19 respuestas
Subsidio desempleo
Subsidio desempleo
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#1

Subsidio desempleo

Mi pregunta es la siguiente, a ver si me pidiesen echar un cable.
Mi cónyuge va a solicitar el subsidio por desempleo al agotar el paro contributivo, el caso es que le piden una declaración responsable de las rentas de la unidad familiar del mes anterior.
Como bien sabéis, los autónomos solemos controlar esto de forma exacta con la presentación del trimestre ( en mi caso modelo 130 ).
Debería calcular este mes anterior por separado?
Es normal que un autónomo un mes pueda tener ingresos altos y otro mes mucho más bajos, por lo que no es una realidad si pongo en dicha declaración los ingresos del último mes.
Muchísimas gracias de antemano
#2

Re: Subsidio desempleo

Su cónyuge debe declarar los ingresos del mes anterior a la solicitud, es una obligación fijada en la Ley General de la Seguridad Social.
El SEPE, posteriormente verificará los datos y sólo puede hacerlo a través de las declaraciones trimestrales, si con la declaración responsable tiene derecho al subsidio y con el resultado de la declaración trimestral de IRPF no lo van a tratar como un intento de fraude y recaerá sobre su cónyuge la labor de demostrar que no fue así.
#3

Re: Subsidio desempleo

Claro y lo entiendo, pero realmente mi consulta es al contrario, si por cualquier motivo el mes anterior justamente a la solicitud mi renta es más elevada debido a que estás no son regulares pero la media de los trimestres anteriores, no sobrepasa por bastante diferencia, ya no tendría derecho al subsidio?
#4

Re: Subsidio desempleo

Actualmente el plazo para pedir el subsidio es de 6 meses desde el hecha causante.
Si supera rentas en el mes anterior a la solicitud, sólo es cuestión de esperar al mes siguiente y volver a solicitarlo.
#5

Re: Subsidio desempleo

Entonces se podría volver a solicitar aún habiéndolo solicitado anteriormente... Muchísimas gracias por la aclaración 
#6

Re: Subsidio desempleo

BUENAS TARDES!!

Las cantidades son netas o brutas?  ¿sabría decirme que cantidad de renta del mes anterior no habría que sobrepasar?

Muchas gracias

#7

Re: Subsidio desempleo

Las rentas se deben calcular en bruto, excepto las derivadas de actividades económicas.
El límite de rentas es el 75% del SMI, 888 euros en 2025.
#8

Re: Subsidio desempleo

Me entra una duda que no se si alguien me sabe responder. 

Dentro de 1 mes se termina mi paro (que era mi única fuente de ingresos), yo estoy casada y tengo 2 hijos. Mi marido es comercial y cada mes tiene ingresos diferentes. Según la nueva ley, o lo que yo he entendido, si alegas "cargas familiares"  y no tienes ingresos propios ¿bastaría para poder cobrar el subsidio? o si alegas cargas familiares ¿tengo que calcular los ingresos de toda la unidad familiar? También pone que son los ingresos del mes anterior, pero en nuestro caso cada cuatro meses mi marido cobra comisiones y no se si se tendría que hacer un cálculo aproximado anual (ya que el no sabe lo que va cobrar porque tienen ingresos variables) o bastaría con el importe del mes anterior. ... tengo el miedo de alegar cargas familiares y si luego el importe anual sobrepasa la cantidad bruta de 888€ al mes me lo hagan devolver.

Si alguien me pudiera responder lo agradecería mucho.

Supongo que no influye, pero en mi caso yo tengo una discapacidad del 33% que no se si varía o cambia alguno de los supuestos.

Gracias de antemano.
Saludos
#9

Re: Subsidio desempleo

Sin cargas familiares solo pueden cobrar los mayores de 45 o los que hayan cobrado un año o más de paro y el subsidio serían 180 días.
Con cargas familiares serían 720 días si ha cobrado 120 de paro o 900 días si h cobrado más tiempo de paro. Y solo mirarán las rentas del mes anterior a cada solicitud (alta inicial, reanudación o prórroga trimestral), no importando las rentas el resto de meses.
Si no se tiene derecho un mes por superar rentas, es solo cuestión de esperar al mes siguiente y volver a solicitar con las rentas del mes siguiente.

#10

Re: Subsidio desempleo

yo tengo 43 años, pero he cobrado 18 meses de paro. 

Muchas gracias por la respuesta, si sólo miran los ingresos del mes anterior, lo solicito cuando no cobre las comisiones mi marido y listo.

Cada tres meses hay que volver a presentarlo? o se renueva automáticamente? es decir cada tres meses hacen la revisión de rentas? no he entendido lo de volver a solicitarlo.... ¿significa que si por ejemplo, yo lo solicito y no lo renuevo a los tres meses, al cuarto lo puedo renovar de nuevo?? 

Sé que tienes 6meses desde que se me acaba el paro para solicitar el subsidio, pero no se que plazo hay para poder solicitar el subsidio una vez que se haya solicitado la primera vez.

Mil gracias por las respuestas, ayuda mucho cuando vamos muy perdidos en esto.
#11

Re: Subsidio desempleo

¿En el caso de la venta de una vivienda heredada se considera entonces como ganancia patrimonial la totalidad de la diferencia entre el precio de venta y el precio de adquisición que se estableció en la aceptación de la herencia?.

¿No se pueden descontar los gastos de notaria, registro, plusvalía municipal, inmobiliaria, etc.?
#12

Re: Subsidio desempleo

En el caso de la venta de una vivienda heredada en España, se considera que existe una ganancia patrimonial y se calcula en función de la diferencia entre el valor de transmisión (venta) y el valor de adquisición (herencia). 
Los gastos deducibles en la venta que se pueden restar serían:
- Gastos de notaría (por otorgamiento de escritura de compraventa).
- Honorarios de la agencia inmobiliaria.
- Gastos de cancelación de cargas si las hubiera.
_Plusvalía municipal (IIVTNU) pagada por el vendedor.
- Otros gastos directamente relacionados con la venta.
#13

Re: Subsidio desempleo

Puede pedirlo nada más agotar el paro. Si supera rentas le darán el subsidio por 6 meses sin rentas y cuando lleve los seis meses de subsidio ya se preocupara de las rentas de la familia.
Si no empieza a trabajar antes y se puede desentender del subsidio, claro.
Los subsidios deben prorrogarse cada tres meses, previa solicitud y en el momento de la solicitud de prórroga se vuelven a mirar los ingresos del mes anterior (pero no lo de los dos meses previos que ya cobro de subsidio)
El plazo para solicitar subsidio, da igual alta, que reanudación, que prórroga es de 6 meses y no se puede acortar por ninguna causa, se puede ampliar si al finalizar los 6 meses la persona está trabajando, pero no acortar.
#14

Re: Subsidio desempleo

Estás deducciones que comenta son para la declaración de renta.
A efectos del subsidio rentas brutas, en este caso valor de venta - valor heredado, sin descontar nada.
#15

Re: Subsidio desempleo

¿Si cada tres meses entonces hay que pedir la prórroga y mirar los ingresos familiares del mes anterior, entiendo entonces que el subsidio que se ha percibido ya cuenta con renta familiar y habrá que sumarlo?  O el subsidio no contaría??

Gracias de nuevo por su respuesta 
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