Me choca que a estas alturas todavía tengáis estas dudas...
>>> ¿Qué son los ATRASOS?
Es cuando en la revisión del IMV con Hacienda viendo tus ingresos del año pasado (algo que vienen haciendo en octubre, aunque este año se hayan anticipado y realizado en mayo con datos provisionales de Hacienda), determinan que el IMV mensual que te han estado pagando cada mes del año en curso es INFERIOR al que te correspondería, por lo que te lo SUBEN y más adelante te abonarán la diferencia que te falta (lo que te han pagado mes a mes ese año frente al importe que han determinado te correspondía cobrar realmente)... dichos ATRASOS solían pagarlos al año siguiente en mayo, aunque por suerte llevan dos años que los están abonando o el mismo mes que se detectan o al mes siguiente.
>>> ¿Qué son los COBROS INDEBIDOS?
Es el punto inverso, cuando en la revisión del IMV con Hacienda viendo tus ingresos del año pasado (algo que vienen haciendo en octubre, aunque este año se hayan anticipado y realizado en mayo con datos provisionales de Hacienda), determinan que el IMV mensual que te han estado pagando cada mes del año en curso es SUPERIOR al que te correspondería, por lo que te lo BAJAN y más adelante te reclamarán la diferencia (lo que te han pagado de más mes a mes ese año frente al importe que han determinado te correspondía cobrar realmente)... dichos COBROS INDEBIDOS suelen reclamarlos al cabo de un par de años, bien cogiéndotelos directamente del IMV asignado (procedimiento de minoración del IMV asignado) o bien reclamándonos el total adeudado de golpe (aunque en ese caso también se puede solicitar fraccionamiento de su pago en hasta 60 cuotas de al menos importe mínimo 100 euros/mes).
>>> ¿Que es RETROACTIVO?
Es el importe acumulado de pagos pendientes de percibir desde que solicitamos el IMV o modificamos el mismo por incluir a alguna persona en nuestra unidad de convivencia, dinero que suele abonarse de golpe en el primer pago... si por ejemplo pedimos el IMV el 15 de enero y se nos comunica el 7 de mayo su aprobación, el primer pago debería incluir el RETROACTIVO (los meses de febrero + marzo + abril pendientes, porque el mes en el que echas la solicitud no cuenta, ya que el IMV cuenta desde el mes siguiente a la solicitud) + la primera nómina (el mes de mayo), aunque en la práctica cuando nos referimos al asunto solemos incluir dicho mes dentro del RETROACTIVO por simplificar.