Mientras no la pillen no pasará nada, pero como la información de empadronamiento en Estadística de cada Ayuntamiento es pasada al INE varias veces al año, lo más probable es que antes o después a la Seguridad Social le aparezca dicho cambio al consultar las BBDD del INE como suelen hacer periódicamente, por lo que le emitirán alguna sanción y además en el cruce de datos con Hacienda de ingresos que hacen cada año sobre el ejercicio fiscal anterior verán que su unidad familiar ha cambiado así que le computarán los ingresos y patrimonio de tu suegra para recalcularle el IMV a tu cuñada, e incluso pueden suspendérselo o extinguírselo si fuera el caso.
Los cambios de empadronamiento son cosas con las que no se debe jugar con la Seguridad Social, pero bueno, cada uno sabrá sus cosas. Si el cambio fuese por imperiosa necesidad vital (p.e. que tu suegra ha sufrido un accidente y tu cuñada se va a hacer cargo de ella un año y tiene que convivir con ella para cuidarla), está genial ayudar, pero obviamente yo al menos no me cambiaría el empadronamiento a su dirección para ello sin más.