De momento, la valoración de vehículos y obras de arte no se está computando para el IMV (a no ser que estés obligado a presentar anualmente declaración de patrimonio en Hacienda, pero es que entonces superarias con creces el umbral para solicitar el IMV, ¿comprendes?)
Actualmente, solo cuentan la valoración de inmuebles, locales y solares en propiedad y activos bancarios y financieros, seamos titulares o co-titulares en el % que corresponda (ojito con figurar como cotitular en la cuenta de un familiar y que este tenga bastante saldo porque para Hacienda y la Seguridad Social la mitad de ese dinero es tuyo... aquí en el foro hay casos que estaba de cotitular en una cuenta con su madre que tenía ahí unos buenos ahorros y como le han computado la mitad de los mismos no le han concedido el IMV... por ejemplo).