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Artículo 31 CE

7 respuestas
Artículo 31 CE
Artículo 31 CE
#1

Artículo 31 CE

Existe un artículo en nuestra constitución, el artículo 31, del deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con la capacidad contributiva (art. 31), que aunque encuadrado en la  Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos, creo sería fundamental elevarlo a la categoria de derecho y deber fundamental, porque ciertamente creo que la solidaridad económica debe ser elevado a fundamento de una sociedad avanzada no sólo un derecho o un deber de los ciudadanos que la forman, so pena, como pasa y ha pasado muchas veces, y no me voy a detener aquí a enumerar las veces que distintos imperios se han ido al traste posiblemente por no haber sido capaces de aplicar, además, lo que el 31.2 propugna: ·El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía.", que la propia sociedad se resquebraje por las fisuras que se creen entre los individuos que la componen.

#2

Re: Artículo 31 CE

Creo que no existen los deberes fundamentales.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Artículo 31 CE

Me refiero al derecho a exigir que dicho solidario deber sea respetado en base al social fundamento de que el Estado somos todos; y digo ello en base a que un derecho es una situación de poder, que implica una obligación para alguien concreto y determinado. 

#4

Re: Artículo 31 CE

Tienes razón en tu planteamiento, pero creo que los derechos fundamentales son aquellos en los que se fundamenta (valga la redundancia) el estado de derecho. Son derechos del ciudadano ante el Estado, o sea el obligado es éste.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#6

Re: Artículo 31 CE

Pues siendo practico, llevo recapacitando acerca de la utilidad de ciertas afirmaciones que si de su escaso desarrollo no van dar más de si que la libre posibilidad de enunciarlas, creo mejor dejarlas reducidas a lo que tu preguntas de qué se trata.

Saludos

#7

Redistribución de la renta lo llaman.

El Estado tiene la obligacion de redistribuir la renta y para ello necesita una recaudación equitativa, es decir más impuestos sobre el que tiene más capacidad.

Todos sabemos que es al revés la realidad y que el fraude alcanza a quién puede evadir porque no se ponen los medios necesarios.

Hay impuestos progresivos, pero la mayoría son regresivos

Artículo 40  de la  Constitución Española:

1. Los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica. De manera especial realizarán una política orientada al pleno empleo.

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Gestha ve "insignificante" el aumento de plantilla de la Agencia Tributaria

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BOIKOT "Hablarán Las Calles" ft. La Raíz, Aspencat, Zoo, Los Chikos del Maíz (Teaser)

Un saludo

#8

Re: Redistribución de la renta lo llaman.

El problema de las redes es que se han convertido en un hervidero de pasiones donde el ciudadano busca el desahogo de la injusticia que le aprieta a traves de la simple denuncia de la misma la cual no se arregla sino con las acciones específicas determinadas a solucionarlas  pues todos sabemos de donden nos aprietan pero pocos, por no decir ninguno, hacen por zafarse. Quizas haya un poco de masoquismo en nuestra esteril postura de recitar el salmo de nuestros  pecados y de no emprender acciones para evitarlos. Mientras tanto los  poderes públicos encantados, si todo lo que les exigimos es que escuchen nuestros lamentos, dos tapones en los oidos y a gesticular y a sonreir y a hacernos creer que trabajan por nosotros.