Los clubes de fútbol deben 752 millones a Hacienda
IU informó este martes en una nota de prensa que la coalición ya preguntó por estas mismas cifras a comienzo de la legislatura pasada a través de su diputado Gaspar Llamazares. Entonces el Ejecutivo anterior respondió que "la deuda agregada de los clubes de fútbol profesionales gestionada por la Agencia Tributaria asciende, a 30 de abril de 2008, a 607.357.484,01 euros". Por tanto, la formación política concluye que en poco menos de cuatro años la deuda de estas entidades con la Hacienda Pública ha subido en casi 150 millones, en concreto 144,939 millones de euros. La respuesta facilitada ahora por el Ejecutivo es consecuencia de la pregunta parlamentaria registrada el pasado 18 de enero por Caridad García, en la que la diputada de IU se interesaba en concreto por conocer "¿a cuánto asciende la deuda agregada de los clubes de fútbol profesionales gestionada por la Agencia Tributaria a fecha 1 de enero de 2012?".
Categorías
En su respuesta, el Gobierno subdivide la cifra de 752 millones que deben los clubes de fútbol en tres categorías: los de Primera División tienen un importe pendiente de 489.930.880,80 euros; los de Segunda División A, de 184.180.499,29 euros, mientras que los equipos a los que se engloba bajo la categoría de "No quinielas" deben a Hacienda 78.185.978,49 euros. No obstante, aquí no queda reflejado todo el dinero que los clubes profesionales de fútbol deben a la Administración General del Estado, ya que a las deudas con la Agencia Tributaria hay que sumar las existentes con la Seguridad Social. El Gobierno nunca ha facilitado estos últimos datos.
En la respuesta que dio a Izquierda Unida la legislatura pasada ya especificó que según establece el artículo 66.1 de la Ley General de Seguridad Social, de 1994, y debido a lo que señala la Ley Orgánica de Protección de Datos, de 1999, "los datos, informes o antecedentes obtenidos por la Administración de la Seguridad Social en el ejercicio de sus funciones tienen carácter reservado". Además, la Administración también ha puesto siempre trabas para detallar de forma individualizada la deuda particular con Hacienda de cada uno de los equipos.
Para ello, ya en 2008 alegó que "el detalle individualizado de la deuda de cada club de fútbol profesional tiene el carácter de información tributaria, siendo de aplicación el artículo 95 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que establece que los datos, informes o antecedentes obtenidos por la Administración Tributaria en el desempeño de sus funciones tienen carácter reservado". Por eso, "sólo podrán ser utilizados para la efectiva aplicación de los tributos o recursos cuya gestión tenga encomendada y para la imposición de las sanciones que procedan, sin que puedan ser cedidos o comunicados a terceros".