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Rellenando el Modelo 720

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Rellenando el Modelo 720
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Rellenando el Modelo 720
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366 / 372
#2921

Re: Rellenando el Modelo 720

Hola, acabo de presentar el 720 (sí, fuera de plazo). ¿ Me caerá sanción seguro o tendré suerte? ¿Alguien sabe cuanto me va a caer de sanción? 
Gracias
#2923

Re: Rellenando el Modelo 720

Vale, de ahí deduzco que el mínimo son 300 euros (40% de reducción por pronto pago) pero...¿saltará el aviso y me tocará seguro o hay alguna posibilidad "de librar"?
#2924

Re: Rellenando el Modelo 720

Donde sale que te toca pagar mínimo 300 euros?
Si mal no recuerdo eran 150.euros.ppr no presentación o por datos incorrectos
#2925

Re: Rellenando el Modelo 720

Donde sale que te toca pagar mínimo 300 euros?
He encontrado esto sobre el tema pero no sé si estás son las sanciones antiguas o las nuevas
https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V1434-17
Y además esto otro por lo que pone son mínimo 1500 euros por presentación tardía si todavía no te han enviado requerimiento,si te lo han enviado las sanciones serían mayores
https://www.infoautonomos.com/fiscalidad/modelo-720/#:~:text=La%20sanci%C3%B3n%20ser%C3%A1%20de%20100,parte%20de%20la%20agencia%20tributaria.
#2926

Re: Rellenando el Modelo 720

Cierto, es de 150 ó 200 euros (40%reducción por pronto pago) dependiendo según lo que dice el artículo 198. En mi caso el IRPF lo hice bien y solo presenté fuera de plazo el 720, además no me han requerido con lo que sopongo que serán 150 euros.
Prescribe a los 4 años y creo que no tiene intereses de demora.



Régimen sancionador del modelo 720


Se ha modificado el régimen jurídico de infracciones y sanciones para la declaración informativa (Mod. 720)
en adaptación a la Sentencia del TJUEy actualmente, el régimen sancionador aplicable para la declaración informativa (Mod. 720) es el establecido en los artículos198 y 199 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, por lo que las multas por presentación de forma extemporánea del Modelo 720 supondrán una multa pecuniaria por un importe de entre 150 y 250 euros, alejadas de aquellas que antaño alcanzaban el 150% del importe no declarado.




#2927

Re: Rellenando el Modelo 720

Por lo que pone el artículo 198 
Si se trata de declaraciones exigidas con carácter general en cumplimiento de la obligación de suministro de información recogida en los artículos 93 y 94 de esta ley, la sanción consistirá en multa pecuniaria fija de 20 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma persona o entidad que hubiera debido incluirse en la declaración con un mínimo de 300 euros y un máximo de 20.000 euros.

2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, si las autoliquidaciones o declaraciones se presentan fuera de plazo sin requerimiento previo de la Administración tributaria, la sanción y los límites mínimo y máximo serán la mitad de los previstos en el apartado anterior.

Creo que en tu caso habría que ceñirse al punto 2 si no has tenido requerimiento por lo tanto serían la mitad de lo del punto 1.
En el punto 1 habla de sanciones entre 300 y 20000 euros
Pero si requerimiento serían la mitad por tanto serían entre 150 y 10000 euros??
Me pierdo un poco con el articulo
#2928

Re: Rellenando el Modelo 720

Yo creo que eso está mal ,creo que en tu caso habría que ceñirse al artículo 198 por presentación tardía y a los importes que te he comentado en el otro comentario.
El artículo 199 si habla de importes de 150 y 250 euros por presentación inexacta ,datos incompletos o falsos.
Creo que lo has sacado de este enlace en el que dice eso de presentación extemporea pero para mí que está mal porque por no presentarlo en plazo habría que ceñirse al artículo 198 por presentación tardía y no al 199 por presentación inexacta ,falta de datos etc
Este es el enlace y que además creo que está mal el que lo redactó pues parece que no ha mirado con detenimiento los 2 articulos
https://metricson.com/novedades-del-modelo-720/