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Dudas y preguntas sobre el Modelo D-6

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Dudas y preguntas sobre el Modelo D-6
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Dudas y preguntas sobre el Modelo D-6
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#1

Dudas y preguntas sobre el Modelo D-6

Abrimos este hilo para que los foreros puedan plantear sus dudas y preguntas o consejos acerca del Modelo D-6 que se debe presentar en el mes de enero por todos los inversores que dispongan valores depositados en una entidad domiciliada en el extranjero o permanezcan bajo la custodia del titular de la inversión. 

Modelo D-6

Modelo D-6 Declaración anual del Registro de Inversiones de las inversiones españolas en el extranjero 
Obligatorio Si, es sencillo
Lugar Ministerio de Economía, Industria y Competitividad
Fecha de Presentación Declaración de depósitos: en Enero, referido a 31 de diciembre del ejercicio anterior
Declaración de operaciones(flujos): a 1 mes después de la operación 
Formas de Presentar Correo, registro en administración o telemática

 

 

En el siguiente artículo pueden consultar más información acerca de su presentación telemática:  ¿Qué es el modelo D-6?

 

 

#2

Re: Dudas y preguntas sobre el Modelo D-6

Muchas gracias, yo tengo la duda de si los que tributamos en el País Vasco lo hacemos ante la hacienda estatal o la autonómica, porque llevo un rato en la página de la Hacienda Alavesa y no lo veo.

#4

Re: Dudas y preguntas sobre el Modelo D-6

Por lo que yo entiendo si tienes que presentar el 720 tambíen deberás cumplimentar el D-6 (dependiendo del broker). Lo más cómodo es de forma telemática pero puedes presentarlo en:

https://sede.comercio.gob.es/es-ES/procedimientos/ayuda/Paginas/pagAyudaFormulariosInversionesExteriores.aspx

Hay diferentes formas de presentación:

  1. Correo ordinario
  2. Registro General de la Administración
  3. Telemática

Te paso también el enlace de la guia

http://www.comercio.es/es-ES/inversiones-exteriores/declaracion-inversiones-exteriores/PDF/InstruccionesDeclaracionR08.pdf

 

Espero que te ayude en algo. Saludos

#5

Re: Dudas y preguntas sobre el Modelo D-6

Hola a todos,

ya he leído el enlace de Rankia que informa sobre el modelo D-6 y las instrucciones que ofrece el ministerio para el programa AFORIX de confección de éste y otros modelos relacionados pero sigo albergando una duda que no me queda clara...

En las instrucciones para rellenar el D-6 figura el texto...

Se podrá declarar en un mismo impreso varias operaciones de inversión y de liquidación siempre que cada una de ellas supere el valor de 1.502.530,26 euros o que el inversor tenga un porcentaje mayor o igual al 10% del capital social y siempre que se realicen en el mes que sigue a la primera operación que se declara. En este caso, el plazo de un mes se cuenta desde la fecha de la primera operación

Entonces, quienes a 31 de Diciembre de 2017 tenemos acciones españolas compradas en un bróker extranjero y cuya suma de importes en total es menor a esos 1.502.530,26 (e incluso menor a los 50.000 euros que obliga el 720) ... ¿ también tenemos que presentar el modelo D-6 ?

Gracias de antemano.

#6

Re: Dudas y preguntas sobre el Modelo D-6

Contestándome a mi mismo, según lo que estoy leyendo por Internet, cualquiera que el día 31 de Diciembre tuviera acciones en brókers extranjeros tiene la obligación de presentar el modelo D6 durante este mes Enero (si no lo hace se expone a multas mínimo de 3.000 eur). Por lo que será mejor prevenir que curar.

Estoy revisando el formulario D-6 para rellenarlo en modo "deposito" y me asaltan varias dudas (no está explicado muy claro y no encuentro ningún sitio donde lo explique claramente)

Para acciones del mercado continuo compradas normalmente como por ejemplo Abengoa, Antena3, ...etc

  • La casilla "Emisor" es 800 ... correcto?
  • La casilla "Valor" es 02 ... correcto?
  • El "nominal en la moneda de denominación" ... sería el precio nominal de la acción X el número de acciones que tengo?

Agradecería orientación sobre estas cuestiones, si alguno lo ha rellenado otras veces o si sabe las respuestas.

Saludos.

#7

Re: Dudas y preguntas sobre el Modelo D-6

Hola Xelo, gracias.

Sé que en hacienda se presentan tanto el 720 como el D-6, pero aquí se rinden cuentas a la hacienda Foral, y en su página no he encontrado referencias al D-6, lo mas parecido el 198, pero creo que sólo afecta a entidades y no a particulares, así que igual presentando el 720 se soluciona.

 

De todas formas, esta mañana les he mandado un correo a ver que me dicen.

Gracias de nuevo.

#8

Re: Dudas y preguntas sobre el Modelo D-6

pero el D6 no es para Hacienda sino para el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.

Por lo tanto ese documento si que hay que entregarlo en gobierno central (pues no hay una versión "foral" de ese ministerio).

Saludos.

#9

Re: Dudas y preguntas sobre el Modelo D-6

Hola

He estado mirando en varios sitios sobre las preguntas que haces y esta es lo que he sacado en claro:

 

  • Casilla 02: se declaran aquí las acciones sin derecho a voto, las acciones con derecho a voto deberían declararse en la casilla 01
  • Nominal en moneda de denominación: se refiere a mi entender al saldo de la inversión que tengas en cuenta en el intermediario financiero a 31 de diciembre. 

Es un modelo del que no existe mucha información por lo que compartir las dudas o las incidencias en su presentación puede ayudarnos mucho a todos los que invertimos.

Saludos 

#10

Re: Dudas y preguntas sobre el Modelo D-6

Hola Luis Angel,

te agradezco las respuestas yo también he estado buscado más información por lo que, con tu permiso, matizaré un poco tus respuestas para evitar confusiones...

Inicialmente damos por hecho que las acciones están depositadas en un bróker extranjero (de no ser así el D6 no sería necesario)

La casilla 800 se refiere a inversiones en acciones españolas de entidades NO financieras (osea no bancos) residentes en España. Si fueran bancos (por ejemplo Banco Santander) habría que marcar la 700, si fuera una empresa no-residente (por ejemplo Apple) habría que marcar la 400 y si fuera un banco no-residente (por ejemplo JPMorgan) entonces sería la 300.

El nominal (casilla 12), según el BOE y las instrucciones del programa de ayuda ...

Casillero 12: Nominal en la moneda de denominación.

Importe nominal total del depósito que se consigna, expresado en al moneda indicada en la casilla 10. En el caso de participaciones en fondos de inversión, derecho de suscripción, warrants u otros análogos, o cuando por la naturaleza de los títulos no exista esta información, esta casilla se dejará en blanco.

entiendo que se refiere al precio nominal de la acción multiplicado por el número de acciones que poseemos a 31 de diciembre. He leído en un hilo de fiscalidad de Rankia que alguien preguntó en el ministerio y que no es necesario rellenar esa casilla

Nuevamente te agradezco la ayuda y espero que entre todos consigamos reunir la información más precisa.

Saludos.

 

#12

Re: Dudas y preguntas sobre el Modelo D-6

si, durante mi búsqueda ya he revisado eso y consultado ese enlace (y otros muchos) pero la última cuestión acerca de la casilla 12 del nominal no lo aclara y en otros enlaces a blogs (que aparentan ser serios) la información está equivocada pues no se corresponde con el BOE.

ese es el problema, que no todo lo que se publica es correcto. ;-)

Yo estoy o por no rellenarlo o por colocar ... el precio nominal de la acción multiplicado por el número de acciones que tengo.

Saludos.

#13

Re: Dudas y preguntas sobre el Modelo D-6

Intentaré ponerme en contacto con el Ministerio y ver que me dicen sobre la casilla 12. 

Saludos 

#14

Re: Dudas y preguntas sobre el Modelo D-6

Yo creo que lo del precio nominal de la accion multiplicado por el numero de acciones va en la casilla 13 ¿No?

#15

Re: Dudas y preguntas sobre el Modelo D-6

no, en la 13 hay que poner el importe efectivo, según el BOE...

Casillero 13: Importe efectivo.

Declaración de flujos: Se consignará el importe efectivo de la operación de compra o venta a la que hace referencia este cuadro, expresado en euros y calculado en base a la cotización del euro respecto a la moneda en que se haya efectuado la operación en la fecha en que la misma haya tenido lugar.

Declaración de depósitos: Se indicará el importe efectivo total a 31 de diciembre, en la moneda especificada en la casilla 10. Este valor se calculará en base a la última cotización del año en cualquiera de los mercados de cotización. En el caso de que no haya cotizado durante el año, el importe se calculará en base a la última cotización disponible.

por lo tanto, en declaración de depósitos hay que poner lo que valían nuestras acciones el último día del año (precio de cierre del día 29/12/2017 multiplicado por el número de acciones)

Saludos.