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Seguimiento de Dia (DIA)

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Seguimiento de Dia (DIA)
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Seguimiento de Dia (DIA)
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#7433

Re: Seguimiento de Dia (DIA)

http://www.expansion.com/mercados/2019/01/21/5c4570c1268e3e4b0b8b457c.html

Los cortos comienzan a ponerse nerviosos ))
Desde la refinanciación tan solo han incrementado 4,5M de titulos sus posiciones bajistas pero esto da para una noticia POR SUPUESTO PAGADA por alguno de ellos.
Ya saben que no va a haber ampliación y no van a poder cerrarse como pretendían))))

#7434

Re: Seguimiento de Dia (DIA)

Y se está viendo que a estos precios ya no quiere vender nadie, por lo que se tienen que ir a 0,48-0,53 si quieren empezar a comprar con algo de volumen, aquí solo hay calderilla

#7435

Re: Seguimiento de Dia (DIA)

Por seguir dando información fidedigna sobre los posibles movimientos (incluida posible OPA usando los últimos 6 meses para su valoración):

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Promedio últimos 6 meses: 1.279 Euros

Media ponderada últimos 6 meses: 1.141 Euros

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Promedio últimos 12 meses: 2.335 Euros

Media ponderada últimos 12 meses: 1.815 Euros

---

Saludos

#7436

Re: Seguimiento de Dia (DIA)

El cálculo de la media ponderada de los 6 últimos meses es incorrecto.

#7437

Re: Seguimiento de Dia (DIA)

Esto me pasa por hablar, ya se han mosqueado 😭 ya no hablo más, 🤫

#7438

Re: Seguimiento de Dia (DIA)

¿Cual es el criterio de ponderación? ¿volumen o días?

El precio medio ponderado para una valoración, se calcula multiplicando el precio unitario (cierre diario) por las unidades negociadas a ese precio (volumen del día), para un periodo dado. Así un el cierre de un día con mucho volumen pesa más. Sin ponderar sería la media simple de los cierres diarios.

La WMA es una medía ponderada sin volumen, lo único que hace es darle más peso al precio mas reciente e ir disminuyendo el peso a medida que el cierre se aleja en fecha.

 

#7439

Re: Seguimiento de Dia (DIA)

Hola. Ponderé usando el volumen de negociación diario (perdón por no indicarlo).

Añado la WMA del último semestre (que es el periodo que indica el RD 1066/2007, art 10.5, c), es decir, WMA de 129 sesiones), y la WMA de los últimos 12 meses (255 sesiones).

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Promedio últimos 6 meses: 1.279 Euros

Media ponderada por volumen últimos 6 meses: 1.141 Euros

WMA últimos 6 meses: 0.906 Euros

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Promedio últimos 12 meses: 2.335 Euros

Media ponderada por volumen últimos 12 meses: 1.815 Euros

WMA últimos 12 meses: 1.624 Euros

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En cualquier caso, estos números son solo un indicador. Copio esta parte de la ley (si es que se excluyera la vinculación de lanzar la OPA al mayor precio de compra de los últimos 12 meses):

El informe de valoración a que se refiere al artículo 34.5 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del mercado de valores, contendrá una justificación detallada sobre la propuesta y el precio ofrecido basada en los resultados obtenidos a partir de los siguientes métodos:

a) Valor teórico contable de la sociedad y en su caso, del grupo consolidado, calculado con base en las últimas cuentas anuales auditadas y, si son de fecha posterior a éstas, sobre la base de los últimos estados financieros.

b) Valor liquidativo de la sociedad y en su caso, del grupo consolidado. Si de la aplicación de este método fueran a resultar valores significativamente inferiores a los obtenidos a partir de los demás métodos, no será preciso su cálculo siempre que en el informe se haga constar dicha circunstancia.

c) Cotización media ponderada de los valores durante el semestre inmediatamente anterior al anuncio de la propuesta de exclusión mediante la publicación de un hecho relevante , cualquiera que sea el número de sesiones en que se hubieran negociado.

d) Valor de la contraprestación ofrecida con anterioridad, en el supuesto de que se hubiese formulado alguna oferta pública de adquisición en el año precedente a la fecha del acuerdo de solicitud de exclusión.

e) Otros métodos de valoración aplicables al caso concreto y aceptados comúnmente por la comunidad financiera internacional, tales como, descuento de flujos de caja, múltiplos de compañías y transacciones comparables u otros.

En el informe se justificará la relevancia respectiva de cada uno de los métodos empleados en la valoración.

6. El precio de la oferta, fijado por la sociedad emisora de los valores a excluir, no podrá ser inferior al mayor que resulte entre el precio equitativo al que se refieren el artículo 9 y el que resulte de tomar en cuenta, de forma conjunta y con justificación de su respectiva relevancia, los métodos contenidos en el apartado 5.

Sigue estando por encima de 0.70 Euros, se use el método que se use, que era tu pregunta.

Saludos

 

 

#7440

Re: Seguimiento de Dia (DIA)

Es que los cortos se estaban poniendo nerviosos
😂😂😂😂😂

Pero claro , el ruido vende