Prohibición de cortos y warrants PUT
Buenas tardes,
Hoy me he llevado un susto. Os explico y a ver si entiendo el asunto.
Hace una semana o así compré warrants PUT y al día siguiente CALL sobre el Santander, los cuales he vendido hoy tras leer un documento de bankinter, y con pérdidas en ambos.
Lo que pensaba era procurar beneficiarme de subida o bajada tras el desenlace de la reunión del jueves pasado.
Mi ánimo no era ni de lejos hacerme rico ya que entre los CALL y PUT puse menos de 400 euros contando comisiones. Era para probar a ver como funcionaban y daba por sentado asimilar pérdidas, pero hoy he tenido la ocurrencia de leerme un documento del broker de bankinter que decía algo de "Aviso de la CNMV sobre las ventas a corto" (o algo así).
Y leyéndolo... veo que dice que no se podrá ampliar ni abrir posiciones nuevas entre otras cosas Warrants PUT.
Ok, si esto está vigente desde agosto, cómo es que a mi me permitió comprar warrants PUT hace una semana??? He mirado emisiones de warrants del Santander sobre si mismo y he visto que desde septiembre o así había habido movimiento arriba y abajo de los warrants PUT, lo que interpreto que o ha habido más pardillos que no se habían enterado que warrants put eran ventas a corto o que pese a estar prohibido se pueden abrir posiciones, algo que encuentro ilógico siendo la bolsa algo controlado.
Me refiero a que puedes coger el coche y pisar el acelerador a tope y saltarte hasta los 120 porque lo que haces no pasa por ningún intermediador, va directo tu pie al pedal, pero cuando operas en bolsa pasas por intermediadores y estos sabiendo que hay lo que hay, no deberían filtrar estas operaciones o no permitir hacerlas mientras dure la prohibición? Vaya, como si tú contratas a un sicario para que le de una paliza a otro, tú envías la orden y la ejecuta el sicario, se supone que ambos os beneficiáis de alguna manera, tú envías la orden al broker y él la ejecuta y te cobra una comisión, es cómplice, o no?
Si me podéis arrojar algo de luz, sería bonito :-)
Saludos!!!