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Mi experiencia en reclamaciones bancarias. El daño que hacen a la entidad.

203 respuestas
Mi experiencia en reclamaciones bancarias. El daño que hacen a la entidad.
Mi experiencia en reclamaciones bancarias. El daño que hacen a la entidad.
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#153

Re: Mi experiencia en reclamaciones bancarias. El daño que hacen a la entidad.

Cuestión de riesgo pais.
España no para de guerrear y consume armas, hombres y recursos a mansalva con menos altis y mas bajos a partir de cierto momento. Para sufragarlos pide préstamos cuya garantía es la flota de Indias con metales preciosos. Para asumir ese riesgo los genoveses piden altos intereses. Si un año se pierde la flota hay que devaluar la moneda para pagar: inflación.
Al año siguiente, para conseguir un préstamo se pide un interés mayor y rueda la bola hasta que en un momento se hace borrón y cuenta nueva: bancarrota.
Pero al año siguiente, menos se atreven a prestar dinero y los que asumen el riesgo lo hacen a mayor precio...vuelve a ponerse en marcha la bola.
En la época del trueque: una mala cosecha provoca escasez de trigo, hay pocas gallinas, cada docena de gallinas que antes se cambiaba por un cerdo, pasa a valer una cerda preñada...inflación. Y de siempre existe la mala costumbre de no bajar los precios una vez que han subido para mantener los beneficios.

Muy simplificado

Saludos

#154

Re: Mi experiencia en reclamaciones bancarias. El daño que hacen a la entidad.

Yo es que cuando estoy hasta los cojones de alguien no espero a que deje de hablarme, me doy la vuelta y me piro yo.

Por cierto: que pueden llamarse lobunas, caras...si fuesen abusivas ( o una jetada) habría una jurisprudencia clara al respecto y no podrían aplicarse por ley, caso del redondeo al alza en los préstamos.
Hasta entonces lo que se firma en contrato, se acepta y debe respetarse.
Por cierto, que mas que celo es interés en que mi empresa siga siendo viable y me mantenga en mi puesto de trabajo. Si un día aparece esa jurisprudencia me la envainaré y pediré las pertinentes disculpas si a alguien se le quiere aplicar a posteriori de la sentencia.

Saludos

#155

Re: Mi experiencia en reclamaciones bancarias. El daño que hacen a la entidad.

Dudo que el oro o la plata se devaluen como un papel. Cuando había malas cosechas, como se tenía que pagar un diezmo (en caso de tierras arrendadas a al Iglesia) el pago era proporcional. Además se solían perdonar los diezmos en épocas malas. Lo consultaré con mi equipo asesor al que llevo días invitando a entrar en este foro; de todas formas hablo de la inflacción producida por darle a la máquina de billetes de forma descontrolada.

Una vaca en época delos romanos creo que valía 100 g de oro. ¿cuánto es eso hoy? Puede que me equivoque, pero no deben ser precios dispares.

#156

Re: Mi experiencia en reclamaciones bancarias. El daño que hacen a la entidad.

No iba por ahí, el tema iba en relación a un comentario tuyo que decía “Si alguien viene y dice que necesita 100.000 para una compra de 100.000, ganando 2800 al mes la cuestión es: ¿si ganando eso no has ahorrado nada, como piensas pagarme el préstamo?”

Y me refiero que la cifra de ingresos no siempre es indicativa, hay quien vive dentro de sus posibilidades, y quien gane mucho o gane poco, no llega ni por asomo, y esto los scorings (creo) que no lo consideran, supongo que los sistema automáticos van calculando sobre probabilidades estadísticas externas e internas, y no sé hasta que punto pueden tener en cuenta las particularidades de cada persona. De todas formas cuando hay que gestionar a una gran cantidad de clientes la estadística es valida, y si por el camino se deja fuera a un cliente que por sus particularidades seria merecedor de crédito, serán “daños colaterales”, lamentables, pero solo eso.

Yo creo que cuando hace años los directores tenían cierta parte de decisión en general tampoco la cosa era tan mala, no había más morosidad que ahora, había mas o menos la misma, si bien antes las oficinas tenían mas personal , y ahora o se automatiza o no hay forma de tratar tantos datos y clientes.

Lo de los 55 años, es una forma de describir a las personas que por lo general o en buena parte han tenido una vida que les ha mostrado a “no estirar más el brazo que la manga”, pero esto puede valer perfectamente para unas personas de 35 años, que han aprendido de sus padres posiblemente, que no hay que gastar más de los uno ingresa y que además el ahorro es una virtud, (el exceso de ahorro puede ser un defecto llamado tacañería).

Un saludo “contertuliano” bancario o “cajario”.

#157

Re: Mi experiencia en reclamaciones bancarias. El daño que hacen a la entidad.

Mariachi....me has pillao...
ahora que lo dices, tienes razón.. en el tc2 viene por abreciatura las cotizaciones de los empleados... pero.... ¿estoy viendo yo ultimamente que las empresas sólo hacen tc1 en bruto... sólo teniendo que hacer un tc2 posteriormente si ha habido un error en el tc1 de un mes anterior y hay que ingresar más de lo que se hizo conel tc1....
En resumen, que yo creo que el tc2 se hace despues (fuera de plazo) del tc1 (es, entre los dos, el que se hace siempre) si hay errores en el TC1

Es correcto??? Pregunto...

#158

Re: Mi experiencia en reclamaciones bancarias. El daño que hacen a la entidad.

¿El TC1 no es el documento de pago?, pues si es así (no soy técnico en esto) se paga al cabo de un mes, como máximo el último día del mes siguiente, y el TC2 se presenta por internet con el sistema RED no sé si a los 6 ó 8 días del mes que corresponde.

En la empresa mi responsabilidad no es de esto, solo (y en estos momentos no es poco) tener provisión de dinero para el pago de las nominas y la seguridad social a tiempo, con lo que puede que no esté en lo cierto.

#159

Re: Mi experiencia en reclamaciones bancarias. El daño que hacen a la entidad.

El TC 2 se puede presentar igual en ventanilla. En la web de la SS os vienen ejemplares.

Jexs, sin coña ninguna, me resulta usted simpático. Yo espero ser uno de los pioneros en hacer que se siente jurisprudencia al respecto. Hay dictámenes del B de E al respecto; busque en la memoria del 2008. Las comisiones bancarias, sobre todo las abusivas, son algo relativamente reciente; esta nueva modalidad de Mala práctica bancaria organizada según se lee en la web del B de E es cada vez más frecuente, tendremos que ser algunos los primeos en pararles los pies.

No obstante es un palo bien planeado; Primero que no se cree que sea una apropiación indebida descarada, se cree sólo usura (Xavier, que es ducho en este tipo de temas decía que no era posible que al banco se le escapase algo tan evidente que se le pueda reclamar); se protesta poco porque luego hay que ir con la oreja gacha al banco a pedir, porque se tiene miedo pueblerino al bancario, como si fuese un funcionario d ehacienda, por pereza, falta de tiempo, de cultura reclamadora...

Si se protesta, lo devuelven o no. Si reclamas al defensor del cliente, parece ser que antes que vayas al B de E se cagan (es lo que inetnto demostar en este hilo) y lo devuelven. El dictamen del B de E no es vinculante y aún así la entidad no tiene por qué devolverlo. En mi caso que me he puesto muy borde, es una lucha a ver quién es más fuerte. Con el dictamen del B de E se puede ir a los tribunales, pero ¿quién va por 30, 90, 240 o 480 euros? Igual es viable y tengo que que verlo.

Solución, denuncia ante la sociedad y entidades de consumo y organizarse en núcleos de resistencia antiusura.

Lo de darse media vuelta y marcharse, sí, pero cuando devuelvan lo sustraido. Por cierto, la inflacción yo pensaba que era en que el dinero cada vez vale menos, no algún artículo en conreto que pasa a valer más.

#160

Re: Mi experiencia en reclamaciones bancarias. El daño que hacen a la entidad.

Aquí cuelgo por tercera vez lo del B de E

Comisión por reclamación de posiciones deudoras vencidas
El cobro de esta comisión es una práctica bancaria que viene siendo CADA VEZ MÁS HABITUAL, cuyo objeto es la recuperación de los costes que debe soportar la entidad a consecuencia de las gestiones necesarias para la recuperación de dichos saldos o cuotas. La Circular del Banco de España 8/1990, en su norma 8.4 , las excluye, en general, del cálculo de la tasa anual equivalente.

Los criterios para admitir el cobro de esta comisión son los siguientes:

En primer lugar, debe figurar expresamente en el contrato de la correspondiente operación.
En segundo lugar, debe acreditarse que el devengo de la comisión está vinculado a la existencia efectiva de gestiones de reclamación realizadas ante el cliente deudor.
Por último debe figurar expresamente en el folleto que la comisión no puede reiterarse en la reclamación de un mismo saldo o cuota, por gestiones adicionales realizadas por la entidad con el mismo fin.
No obstante lo anterior, se considera que la aplicación de la comisión es compatible con la repercusión de los gastos soportados por la entidad a consecuencia de la intervención de terceros (p.e. notaria).

Como criterio adicional, se considera que la aplicación automática de dicha comisión no constituiría una buena práctica bancaria, ni una aplicación correcta de los principios antes señalados.