FERNANDO ESTEVE MORA
Cada vez me da más la impresión que el estudio de la Economía tiene algo de sacramental , o sea, que "imprime carácter", o sea, que al hacerlo te "separas" del resto del personal pues te hace "ver" la realidad de otra manera muy -digamos que- especial, poco aceptable para los demás que la suelen ver como cínica, descarnada, amoral o descreída. En suma, es la perspectiva económica poco útil para sustentar solidaridades, efusiones o complicidades en los que tienen otras perspectivas más amables o "populares" .
No sé si lo que acabo de decir me habrá sido entendido. Y, como siempre, lo mejor en estas situaciones es irse a un ejemplo. Un ejemplo que esta realidad veraniega me lo suministró ayer mismo en forma de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid (TSJM).
En esa sentencia, el TSJM anula la multa que la Comunidad de Madrid le puso a una mujer que se dedicaba al negocio (o mejor, "bisnes") de las terapias (sic) de aversión o conversión de homosexuales en heterosexuales, cosa tajantemente prohibida en el artículo 70.4 de la Ley de Protección Integral contra la LGTBIfobia y la Discriminación por razón de orientación e identidad sexual en la Comunidad de Madrid.
Para muchos, tal sentencia era algo esperable, dadas las sobradamente conocidas veleidades o querencias derechistas de la justicia española en general, y más aún las de los jueces madrileños para los que , para muchos, habría que sustituir en la anterior frase la palabra derechista por ultraderechista.
Pero, en este caso, el asunto es, en mi opinión, algo más complejo por lo que tal modo de razonar o, mejor, calificar esto andaría descaminado. No porque la sentencia no pueda entenderse como "políticamente" derechista, lo que es obvio, sino porque el asunto de fondo es distinto.
Y es que la sentencia absolutoria del TSJM no se mete en la cuestión de si lo que hacía la mujer de marras era delictivo o no, sino que su sentencia se funda en un problema formal. Concretamente en el hecho de que, en opinión del TSJM, la Administración de la Comunidad de Madrid se demoró injustificadamente en exceso (31 meses) en el trámite de información previo al proceso sancionador. O sea, que el TSJM ha encontrado una "salida" (no sé si válida o no en el Tribunal Supremo, caso de que allí acabara el procedimiento) para "salvar" a los cristianos terapeutas contra la homosexualidad (pues -por los casos que recuerdo- estos terapeutas suelen formar parte de algunas de las muy antihomófobas asociaciones cristianas ultras que buscan "librar" a los homosexuales de lo que estiman son inclinaciones pecaminosas y que la integrista Iglesia Católica acoge maternalmente en su seno) sin meterse en el berenjenal de enfrentarse a esa ley antidiscriminación abiertamente.
Pero, ¿qué tendría que decir aquí un economista? Pues algo muy simple. Y es que el artículo de marras en esa ley de la Comunidad de Madrid sobra. Y sobra porque se mete en lo que no debe.
Veamos. Para un economista, es perfectamente legítimo el que un homosexual quiera cambiar su orientación sexual por las razones o motivos que estime conveniente y en las que nadie debiera en principio entrometerse. Exactamente igual de legítimo que lo sería el caso simétrico, (y reconocidamente hoy improbable, a tenor de la real discriminación que todavía sufren en nuestra sociedad los homosexuales en muchos -no en todos- los ambientes laborales y sociales), es decir, el caso en que un heterosexual quisiera devenir en homosexual. Pero también es igualmente legítimo el que haya quienes, ante la demanda de este determinado tipo de servicios, se ofrezcan a satisfacerla "vendiendo" los tratamientos pertinentes (hay que resistirse a llamar a estos servicios como "terapias" puesto que la orientación sexual no es un asunto de la Patología). Es decir, que para un economista, es perfectamente legítimo que haya un mercado de tratamientos para el cambio de orientación sexual al igual que hay un entero mercado de "tratamientos" psicológicos y estéticos al que los individuos mayores de edad acuden para tratar de cambiar lo que no les gusta de sus almas o de sus cuerpos.
O sea, que es -repito- perfectamente legítimo que aparezcan empresas que vendan el servicio de cambio de orientación sexual. El problema que plantean aquí, para un economista, los "vendedores" u oferentes de este tipo de servicios no es, por tanto, el de la moralidad de su existencia o presencia sino el de la "calidad" del producto que venden. Y es que, al igual que el resto de vendedores de un bien o servicio tiene por ley que garantizar la calidad y la eficacia de los bienes y servicios que venden durante un tiempo (dos o tres años), también a toda esta caterva de estafadores (como todavía lo son hoy todos los empresarios de este "sector"), debería aplicárseles la misma norma que a los vendedores de frigoríficos, televisores, o cirugías plásticas.
O sea, que debería aplicárseles las leyes y normas que regulan las compraventas de cualquier tipo de productos para impedir que los compradores o consumidores sean estafados vendiéndoles productos inservibles, inútiles o de baja calidad. No, por tanto, deberían estar los vendedores de terapias de aversión y redirección de la orientación sexual regulados por normas "políticas" o legales, siempre susceptibles a interpretación por jueces ideológica y moralmente teñidos, sino por el Código de Comercio. Estoy seguro que, en tal caso, estos timadores no encontrarían tan fácil eludir sus responsabilidades penales y económicas, pues como es de sobra conocido es hoy por hoy científicamente imposible que los tratamientos de reversión de la orientación sexual funcionen. Dicho de otra manera, estos supuestos "terapeutas" no es que sean moralmente indignos, que es muy posible que lo sean, pero lo que sí que son son unos timadores, unos estafadores ¿Quién de esos supuestos "terapeutas" sería capaz de garantizar hoy a un gay que, gracias a sus servicios, no deseará "enrollarse" con nadie de su propio sexo en los próximos dos años? Ese periodo de garantía, creo, es lo que prescribe la ley actualmente para los vendedores de artículos como los televisores y los frigoríficos, y ese periodo o más bien uno más elevado debiera exigirseles como garantía para que los servicios de estos "terapeutas" sexuales no se consideren un fraude o una estafa a los consumidores, ¿no?
Sencillamente, las regulaciones normales de cualquier mercado, si en este especial "mercado" se aplicasen, bastarían para expulsar hoy del mismo a todos estos estafadores sin necesidad de recurrir a complejos debates jurídicos y/o morales. No sé que pasará en el futuro, que ya se sabe que hoy las ciencias adelantan que es una barbaridad, pero hoy por hoy está claro que la aplicación de la Economía a esta compleja y debatida cuestión proporciona una solución limpia y clara, y perfectamente aceptable por todo el mundo (salvo los estafadores) independientemente de sus gustos sexuales, sus preferencias ideológicas, religiosas o morales o sus posiciones políticas.
Y es que, como el grandísimo economista Abba P.Lerner dijera una vez, la economía sirve para resolver complejos problemas políticos. Dicho de otra manera, la conversión de los problemas políticos y/o morales en problemas económicos, cuando se puede, facilita su resolución. Y sí, ya sé que esta idea no será compartida por quienes piensan que lo moral o lo político está por "encima", en un plano más limpio y puro, que lo económico, lo sucio, lo más bajo. ¡Qué se le va a hacer! Así somos los economistas,