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Programa PADRE: diferencias con el programa Renta Web

El programa PADRE y el programa Renta Web, son dos servicios informáticos que ofrece la Agencia Tributaria a los ciudadanos que tributan en España, para que les resulte más fácil realizar la declaración de la Renta y del Patrimonio. Renta Web es novedad en esta campaña 2016, y sustituye al borrador de la renta y al programa PADRE, además de incorporar algunos cambios. Los contribuyentes que tengan que presentar su declaración, tendrán a su disposición desde el 6 de Abril ambos programas en la página web de la Agencia Tributaria. En general, se utilizará utilizará Renta Web para completar la declaración de la renta, con la excepción de aquellos que tengan que declarar rentas originadas con actividades económicas, que seguirán utilizando el programa PADRE para elaborar la declaración de la renta 2015.

¿Qué es el programa PADRE?

El programa PADRE 2015 es un producto informático de ayuda que la Agencia Tributaria ha puesto (hasta la campaña de la renta de 2015) a disposición de los contribuyentes para que puedan realizar la declaración Renta y del Patrimonio. Este programa nos ayuda a hacer la declaración del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) siguiendo unos pasos desde casa, y así no tener que acudir a alguna de las oficinas de Hacienda. El programa seguirá utilizándose para los contribuyentes que declaren rentas derivadas de actividades económicas, pero se verá sustituido en la campaña de 2016 por Renta Web para el resto de declaraciones que no tengan actividades económicas.

Es un servicio gratuito que se descarga desde la web de la Agencia Tributaria y podemos utilizar en nuestro ordenador cómodamente.

Con el programa PADRE podemos guardar incluso 50 declaraciones del IRPF, y luego nos deja tanto exportar como importar los datos fiscales que queramos directamente desde la web de la Agencia Tributaria. De esta forma también nos permite añadir los datos personales que hubiésemos utilizado en declaraciones previas, para así no tener que ir añadiéndolos uno a uno otra vez. Eso sí, es importante tener en cuenta que debemos revisarlos bien y corregir aquellos que hayan cambiado de un año para otro, pues es deber del contribuyente realizar correctamente su declaración de la renta, y los errores pueden conllevar una sanción.

El programa PADRE nos ofrece la posibilidad de saber cómo nos saldría el resultado de nuestra declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, tanto si la hiciésemos en la modalidad Conjunta como si la hiciésemos en la modalidad Individual. Así podemos comparar y decidir qué opción preferimos según nos convenga.

El programa PADRE nos permite imprimir la declaración, pero también tenemos la posibilidad de enviarla a través de internet, sin tener que presentarnos en ningún sitio físico.

¿Cómo descargar el programa PADRE?

A partir del 6 de Abril está disponible el programa PADRE 2015 en la página web de la Agencia tributaria, para poder empezar a preparar la declaración de la renta 2015. Podremos presentar la declaración hasta el día 30 de Junio de 2016 en el que finaliza la campaña.

Descargar e instalar el programa PADRE 2015 en nuestro ordenador es una tarea muy fácil. Además, también cuenta con la opción "Manejo del programa", que nos ayuda a movernos mejor por el PADRE 2015.

Para descargarnos PADRE 2015 tenemos dos opciones. En la primera,seguiremos estos pasos:

 programa PADRE

  • Una vez dentro del apartado Renta 2015, le damos a la opción de descargar el programa PADRE 2015:

programa PADRE

 

La segunda opción que tenemos para descargarnos el programa PADRE 2015 es la siguiente:

  • En la página web de la Agencia Tributaria accedemos a la sección de "Descarga de programas de ayuda" en el menú lateral que encontramos a la derecha.

programa PADRE

  • En esta nueva página seleccionamos para descargar el programa de ayuda de renta y patrimonio: Programa de Ayuda del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2015

programa PADRE

  • Dentro de la opción "renta", elegimos el sistema operativo que utiliza nuestro ordenador (Mac, Windows,...) y procedemos a la descarga del programa PADRE 2015.
  • Una vez hemos finalizado la descarga del programa PADRE 2015, lo instalamos en el ordenador. Es un paso muy fácil: solamente tenemos que acceder a la carpeta de descargas y la instalación es automática.

Al terminar la descarga y la instalación, ya podemos utilizar el programa PADRE 2015.

¿Qué es Renta Web?

Renta Web es un programa informático que la Agencia Tributaria pone a disposición del contribuyente para que le resulte más sencillo hacer la declaración del Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas y del Patrimonio.

Este programa empieza a funcionar el 6 de Abril de 2016, coincidiendo con la campaña de la renta del 2016. Sustituye en gran parte al programa PADRE que ya conocíamos de otros años, y también nos permite realizar la declaración de la renta desde casa. Frente a PADRE, Renta Web nos ofrece algunas novedades que nos hace aún más sencilla la declaración de nuestra renta.

Para la declaración de la Renta 2015 (campaña 2016), los contribuyentes que deban declarar rentas de trabajo, utilizarán el programa Renta Web. Pero quedan excluidos los contribuyentes con rentas derivadas de actividades económicas, que serán los que declaren mediante el programa PADRE 2015.

¿Cómo podemos acceder a Renta Web?

Acceder a Renta Web también es muy sencillo. Solo tenemos que seguir los siguientes pasos:

  • Entramos en la página web de la Agencia Tributaria, y una vez allí pulsaremos en el banner (bottón) "Renta 2015".

Renta Web

  • Una vez dentro de la nueva página, entramos en el programa Renta Web haciendo click en su icono:

Renta Web

  • Para acceder al servicio deberemos identificarnos. Podemos elegir hacerlo mediante tres opciones:

renta web

  • En el apartado "Servicios disponibles", haga click en "Confeccionar declaración (Renta Web)"

renta web

Diferencias entre el programa PADRE y Renta Web

Renta Web es la principal novedad de este año a la hora de realizar la declaración del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas. Básicamente realizará las mismas funciones que se venían haciendo hasta la campaña de la renta de 2015 con el programa PADRE, pero trae algunas diferencias que buscan que sea más sencillo para los contribuyentes pagar sus impuestos:

  • El programa PADRE 2015 necesitaba descargarse e instalarse en el ordenador desde el que fuéramos a hacer la declaración de la renta. Renta Web funciona online, por lo que no necesitamos bajárnoslo.
  • Mientras que para utilizar el programa PADRE teníamos que utilizar el ordenador, para acceder a Renta Web podemos hacerlo desde diferentes dispositivos: ordenadores, móviles y tablets.
  • Gracias a lo anterior, con Renta Web podemos acabar de rellenar la declaración de la renta en otro dispositivo distinto del que hayamos utilizado para empezarla. Esto no podíamos hacerlo con el programa PADRE debido a que no era online.
  • Renta Web sustituye al borrador de la renta y al programa PADRE, por lo que para Renta Web no habría que diferenciar entre uno y otro. Lo que ya conocíamos como borrador pasa a llamarse "predeclaración".

 

 

Si todavía tienes dudas sobre cómo realizar correctamente tu declaración de la renta 2015, puedes dejar en el foro de fiscalidad de Rankia.

  1. en respuesta a Ana Mc
    -
    #23
    23/05/16 09:21

    Claro, cualquier cosa avisaré por aquí... de momento la declaración aparece como que se está tramitando, pero este año está tardando mas que otros años en hacer la devolución...

  2. en respuesta a Wamba
    -
    #22
    23/05/16 08:54

    Buenos días,
    al inicio de la campaña de la declaración de la renta de este año, muchos usuarios se quejaban de errores en el funcionamiento de renta web, los cuales parecieron solucionarse por parte de la Agencia Tributaria conforme avanzaban las semanas.
    En este contexto, varios contribuyentes decidieron presentar su declaración mediante el programa PADRE, aun teniendo que utilizar realmente renta web. No han comentado si después ha habido algún problema por presentar con el PADRE, pero no creo que pongan ningún impedimento. Entre que es el primer año que hay este cambio, que renta web funcionaba mal, y que realmente es lo mismo (simplemente renta web es algo más actualizado como se explica en el artículo), pienso que no habrán pegas. No obstante, si te dijeran algo, agradecería nos lo comentaras.
    Un saludo.

  3. #21
    21/05/16 19:41

    Hola, me gustaría hacer una pregunta porque no sé si la he liado parda... resulta que este año he presentado la declaración como todos los años a través del programa PADRE. El caso es que no tengo rentas de actividades económicas, solo rentas del trabajo y de capital.... y la declaración ya está presentada, ¿voy a tener algún problema por haber utilizado el programa PADRE? ¿tengo que modificar algo?
    Gracias de antemano.