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No parece que exista en mismo rasero (Barclays Bank España) – Calificación de productos financieros de riesgo - *079*

 

Veo con cierta satisfacción que se ha actuado ante un error de este calado, provocando “ofertas de mejora” a los tenedores, según esta la noticia de La Vanguardia de hoy, 12 de diciembre de 2012

Barclays contactó en su momento con cada uno de estos clientes de forma individual para ofrecerles la posibilidad de cambiar los bonos mencionados por un bono de capital garantizado y cupón cero emitido por Barclays Bank PLC y con el mismo importe nominal que el anterior bono. 

Ahora hagamos un ejercicio de comparación, veamos la respuesta 5544 del hilo de Deuda Subordinada en Catalunya Caixa   , y observemos aproximadamente en el centro que se indica textualmente:

Perfil producte: Conservador

Productes indicats per a inversors que volen assumir pocs riscos o un termini d’inversió molt curt. Rendibilitat esperada propera a la del Mercat Monetari.

 

Perfil producto: Conservador

Productos indicados para inversores que desean asumir poco riesgo o a un plazo de inversión corto.  Rentabilidad esperada cercana a la del Mercado Monetario.

Bien, vamos a ver que es “Mercado Monetario” ... según esta enciclopedia que circula por la red , se supone que son títulos con alta liquidez y rentabilidad acorde con ella, y lo define así: en forma de títulos o valores con un elevado grado de liquidez y una rentabilidad aceptable.

Dicho todo esto yo debo manifestar que con idéntico texto he visto como poco tres órdenes correspondientes a participaciones preferentes, y un informe de la Comisión Nacional del Mercado de Valores que ha evaluado uno de estos documentos a requerimiento de un afectado por participaciones preferentes de esta entidad, que en sus conclusiones indica, entre otros asuntos:

La entidad le aportó información que no se corresponde con la realidad de los valores contratados, en concreto, que se trataba de un producto conservador indicado para un inversor que quiere asumir pocos riesgos o con un plazo de inversión muy corto.

Ahora bien ... si además del documento que ha tenido a bien escanearnos el forero “dfusión”, el cliente afectado hubiera suscrito algún otro por el cual si quedan claras las advertencias de riesgo, podría ser otra cosa, aún cuando la contradicción estaría servida.

¿Y todo esto para qué? Pues para un simple ejercicio de comparación de “raseros”, de cómo ha actuado un banco como Barclays y como por el momento está actuando otro como es Catalunya Banc, con  lo cual muy a menudo algunos indicamos que el negocio bancario se parece mucho a la venta de “commodities” , vamos que vengo a decir prácticamente lo mismo para todos y a precios muy similares, pues en este caso y aun considerando que sí, que la mayoría de las ocasiones poca diferencia encontraremos de una entidad financiera a otra, si descartamos los conceptos de servicio (y esto en gran medida  lo dan las personas)  y sobre los precios la diferenciación es poco relevante, convendremos que si un banco ofrece una cuenta con comisiones anuales de 50 € y el de al lado a 45, poca diferencia hay, entonces EN EL CASO QUE HE  PRETENDIDO DETALLAR EN ESTE POST DE BLOG, EL MATIZ SI QUE PARECE DIFERENCIADOR, APUNTA A UNA IMPORTANCIA CIERTA, A UNA FORMA ALGO DISTINTA DE HACER LAS COSAS, Y DE "ENTENDER" LAS RELACIONES CON SUS CLIENTES.  

 

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  1. en respuesta a Netfmll
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    Top 10
    #2
    12/12/12 21:32

    Efectivamente, que en un caso concreto el banco haya tomado la iniciativa que parece correcta, no significa que tenga otra política general, solo que en algo ha actuado con una ética que a primera vista parece mas acorde a las circunstancias.

  2. #1
    12/12/12 20:29

    Aunque pueda parecer que Barclays actúa de una forma distinta de hacer las cosas y de entender las relaciones con sus clientes (para mí es solo un método de defensa ante el público),me resulta curioso que digan que fue un error (por el que la entidad ya indemnizó en su día a sus clientes con 16 millones de euros), te comento la última que ha hecho este banco, en este caso a sus jubilados y viudas de jubilados:

    ¿Qué pensarías de un banco que se acoge al art.41 del ET y utiliza las pérdidas obtenidas en el año 2011 para eliminar los compromisos post-empleo de prestación definida (beneficios sociales) de los empleados que provienen de la fusión con el Banco Zaragozano, S.A. absorbido por ellos en el 2003?

    Por cierto, en ese mismo año 2011 el Consejo de Administración se incrementó su retribución un 44% según noticia publicada en Expansión con fecha 3 de mayo de 2012.

    Creo que todos los bancos cuando los pillan intentan defenderse diciendo que fue un error, y sólo consigues que se subsane el error acudiendo a los tribunales, pero si eres tú el que cometes el error, ten por seguro que te lo harán pagar.

    Un saludo.