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 La primera decisión que tiene que tomar un inversor es decidir si desea colocar sus ahorros en un fondo de inversión o en una sociedad de inversión:
 ▪ La colocación en sociedades de inversión la suelen realizar inversores con grandes patrimonios.
▪ La colocación en fondos es accesible al pequeño ahorrador, ya que se pueden invertir pequeñas cantidades

Antes de comenzar con este tema, quería decir que la decision de donde invertir viene especialmente determinada por la facilidad de deshacer la inversion.
 Esta facilidad se conoce con el nombre de “liquidez”. Cuanto más fácil es deshacer la inversión, más líquido es el producto. La inversión en fondos proporciona mayor liquidez que la inversión en sociedades, ya que en casi todos los fondos se puede solicitar el reembolso de las participaciones suscritas en cualquier momento.

 Vamos a clasificar las Instituciones de Inversión Colectiva (utilizaremos en adelante la abreviatura IIC) según los valores en los que haya declarado que se propone invertir.
Los fondos deben incluir en su Reglamento y en el Folleto Datos Fundamentales para el Inversor su “vocación inversora”, De esta forma se facilita que el inversor pueda elegir el que mejor se adapte a sus preferencias .

1. DESCRIPCIÓN POR TIPOS

¿Cómo se clasifican las instituciones de inversión colectiva?

Los dos tipos de IIC’S que existen, dependiendo del carácter de la inversión que realizan:
 ▪ Instituciones de Inversión Colectiva de carácter financiero: Serán aquellas que invierten en activos e instrumentos financieros, que como ya hemos comentado, serán aquellos que pueden servir como medio de pago o crédito a otras personas o sociedades (por ejemplo, el propio dinero, letras de cambio, pagarés, acciones…). Su denominación, por el principio de trasparencia ya comentado, es importante, de forma que:
  • - En el caso de los Fondos: Su denominación deberá ir seguida de la expresión “Fondo de Inversión” o las siglas “F.I.”
  • - La denominación de las Sociedades, deberá ir seguida de la expresión “Sociedad de Inversión de Capital Variable” o de las siglas “S.I.C.A.V"

 ▪ Instituciones de Inversión colectiva de carácter no financiero: Todas aquéllas que invierten en otro tipo de activos. La ley únicamente hace referencia, dentro de estas últimas, a las:                       ▪ 1- Instituciones de Inversión Colectiva Inmobiliaria: Invierten todo el patrimonio en bienes inmuebles. De forma que su denominación será:
  •  ▪ En el caso de los Fondos: Su denominación deberá ir seguida de la expresión “Fondo de Inversión Inmobiliaria” o las siglas “F.I.I.” 
  • ▪ La denominación de las Sociedades, deberá ir seguida de la expresión “Sociedad de Inversión Inmobiliaria” o de las siglas “S.I.I. 

" Este tipo de IIC, mucho menos conocido que las IIC financieras se puso de moda con el boom de la construcción que vivió España, permitiendo participar de las grandes rentabilidades del sector inmobiliario a los inversores que no contaban con grandes cantidades de dinero"

 Pero, ¿cómo ha sido posible simplificar y a la vez permitir que los fondos y sociedades tengan más productos dónde invertir?
 El nuevo Reglamento de IIC permite que existan distintas clases de participaciones (fondos de inversión) y series de acciones (sociedades de inversión), lo que permite aumentar la diversidad de productos sin necesidad de crear varias IIC con la creación de los "compartimentos".

 Dentro de un mismo fondo de inversión, pueden crearse distintos compartimentos, haciendo uso de un único Reglamento correspondiente al Fondo de Inversión.

POR EJEMPLO:
 Si consideramos, un fondo de inversión, dentro del mismo pueden existir varios “subfondos”, cada uno de ellos con unas características diferentes (por ejemplo, uno que invierta sólo en renta fija, otro que lo haga sólo en renta variable, etc.).

Al poder emitir distintas clases de participaciones, cada compartimento y, en su caso, cada clase de participación, tendrá un valor liquidativo diferente al resto de compartimentos o clases de participaciones del mismo fondo, por lo que también podrán obtener distintos rendimientos.

EJEMPLO COMUN DE COMPARTIMENTO
Algunas gestoras de fondos lo que hacen es "subcontratar" a varias EAFI( Empresas de Asesoramiento Independiente) para que realicen el trabajo de Asesoramiento de la inversion.
Lo que consiguen es dotar de mas talento a su cartera de Fondos, introduciendo nuevos EAFI`S con nuevos Fondos.

 
 1.1 TIPOS DE FONDOS POR LA DISTRIBUCIÓN DE SUS BENEFICIOS


  1.  Fondos de Acumulación: Más del 80% de los fondos comercializados hoy en día, pertenecen a esta categoría. Estos fondos, no reparten dividendos entre sus partícipes, sino que van acumulándolos en el propio fondo, lo que supone principalmente una ventaja para el inversor, y es que las propias plusvalías generadas, generen a su vez, más beneficios. 
  2. Fondos de Reparto: Pese a que cada vez se están popularizando más este tipo de fondos, aún se comercializan mucho menos que los de acumulación. En este caso, se trata de fondos que periódicamente (normalmente de forma mensual), ofrecen una renta a sus partícipes, con lo cual, estos obtienen liquidez. Como punto negativo, podemos señalar, que los beneficios obtenidos están sujetos a tributación en el momento en el que se realiza el abono del “reparto” 

 Pros y Contras de los fondos de Acumulación y Reparto:
 Acumulación:
1. A favor:
▪ La oferta es mucho más amplia.
▪ Las ganancias se van acumulando en el propio fondo, con lo que su valor de liquidación crece de forma progresiva.
2. En contra:
▪ No permiten disponer de liquidez inmediata en las ganancias obtenidas, a no ser que vendan parcial o totalmente sus participaciones.
▪ Las posibles pérdidas pueden generarse sobre el capital acumulado en el fondo, y no sobre el importe inicial de la inversión.
Reparto:
1. A favor:
▪ Favorece la liquidez de los partícipes, que dispondrán de una renta fija todos los años (mensual, trimestral, semestral…) que podrán destinar a sus gastos personales.
. ▪ Amortigua las posibles pérdidas que pudiese generar el fondo en el periodo de inversión.
▪ Son más favorables para las inversiones a medio y largo plazo, al disponer de una renta periódica.
2. En contra:
▪ Aunque van apareciendo cada vez más modelos de esta clase, su oferta todavía no es tan amplia como en los fondos de acumulación.
 ▪ La mayoría de ellos se limita al segmento de los fondos de inversión basados en renta variable. 
▪ Tienen un tratamiento fiscal peor respecto a los dividendos generados por las acciones en Bolsa. 

1.2 TIPOS DE FONDOS POR LA NATURALEZA DE SUS ACTIVOS

Los tipos de fondos por la naturaleza de sus activos pueden ser:
-FONDOS DE CARACTER FINANCIERO.
-FONDOS DE CARACTER NO FINANCIERO.

Me centrare solo en los de carácter financiero.

  1. FONDOS DE CARACTER FINANCIERO 

1- Fondos de Inversión en Activos del Mercado Monetario
Se trata de fondos que invierten en activos de renta fija, Letras del Tesoro fundamentalmente, instrumentos financieros de elevada liquidez, es decir, activos financieros a corto plazo del mercado monetario que autorice la CNMV con prohibición expresa de determinados activos. Por tanto, ni los valores de renta variable, ni los instrumentos derivados cuyo subyacente sean acciones o índices de renta variable, pueden formar parte del patrimonio de los FIAMM.
"Tambien se les denomina Fondos dinero".

2-Fondos de inversion ordinarios
Cuando hablamos de fondos de inversión ordinarios, nos referimos a aquellos que invierten mayoritariamente en activos de renta fija, renta variable y/o derivados.

3-Fondos Garantizados
 Los fondos de inversión garantizados, son fondos que nos aseguran que, como mínimo, en una fecha concreta futura, se conservará la totalidad de la inversión inicial. Es posible encontrar también, algunos garantizados que nos ofrecen también una rentabilidad asegurada. Algunos conceptos que debemos destacar al respecto de estos fondos son:

Fecha de vencimiento: Es la fecha futura en la que se asegura que las participaciones del fondo alcanzarán un determinado valor liquidativo. Sólo tienen derecho a la garantía, los partícipes que mantengan su inversión hasta dicha fecha.
Garante: Es la entidad que asume el compromiso de aportar la cantidad necesaria para que el partícipe conserve su inversión inicial, si la evolución de la cartera del fondo no hubiera permitido alcanzar el valor liquidativo garantizado. Cuando esta cantidad se entrega directamente al fondo, hablamos de garantía interna; si es el partícipe el que recibe el importe, la garantía es externa.
Período de comercialización: Es el período de tiempo durante el que se pueden adquirir participaciones de un fondo garantizado sin pagar comisiones de suscripción.
Ventanas de liquidez: Algunos fondos garantizados establecen determinadas fechas en las que el partícipe puede reembolsar total o parcialmente sus participaciones sin pagar comisión de reembolso. Estos reembolsos se realizan al valor liquidativo que corresponda, o lo que es lo mismo, no están garantizados.

Se distinguen los siguientes tipos:

 ▪ Fondos Garantizados de rendimiento fijo: Son fondos para los que existe garantía de un tercero y que aseguran la inversión más un rendimiento fijo.
 ▪ Fondos Garantizados de rendimiento variable: Son fondos con la garantía de un tercero y que asegura la recuperación de la inversión inicial más una posible cantidad total o parcialmente vinculada a la evolución de instrumentos de renta variable, divisa o cualquier otro activo. También incluye los fondos que tengan la garantía de un tercero que asegura la recuperación de la inversión inicial y realiza una gestión activa de una parte del patrimonio. 

4- Fondos de Fondos
Son fondos de inversión que no invierte en activos financieros, sino que invierten en participaciones de otros fondos de inversión o compra acciones de sociedades de inversión. Para que se considere fondo de fondos, es necesario que la inversión en fondos sea un porcentaje mayoritario del capital del fondo (más del 50%). La ley(en España) exige además que se invierta en un mínimo de dos fondos, no pudiendo exceder la inversión en ninguno de ellos del 45% del patrimonio inicial del fondo de fondos.

5- Fondos Principales
Los Fondos Principales son fondos cuya principal característica es tener como partícipes a otros fondos, conocidos como fondos subordinados.

5- Fondos Cotizados ( ETF)
La denominación ETF corresponde al término inglés “Exchange Traded Funds”, es una combinación entre una acción y un fondo de inversión. Consiste en la compra de acciones como los fondos tradicionales pero estas frente a las más comunes participan en la bolsa.

"No entrare mas en detalle porque hare un articulo relacionado con los ETFs"

6- Fondos en valores no cotizados
Son fondos que invierten en valores no negociados en mercados secundarios. Este tipo de productos resultará especialmente interesante para quienes busquen un mayor rendimiento de sus inversiones, aún a costa de asumir un alto riesgo, y para quienes no necesiten disponer de su dinero en cualquier momento. Son fondos muy poco “comunes”, y sin duda, destinados para gente experta en estos temas, no para el cliente minorista.

7- Fondos de inversion libre
Los Fondos de Inversión Libre, o “Hedge Funds” o Fondos de Inversión Alternativa, son un nuevo tipo de Institución de Inversión Colectiva (IIC), que se gestiona mediante estrategias y técnicas determinadas, y por ello presentan características y riesgos distintos que los fondos tradicionales.
La diferencia principal con otros fondos, es que los Hedge Funds no están sujetos a las restricciones de inversión establecidas para la mayor parte de los fondos. Pueden invertir en cualquier tipo de activo y seguir la estrategia de inversión que consideren más apropiada, con el objetivo de alcanzar la mayor rentabilidad posible. 
Estos fondos, siguen complejas estrategias de inversión, con la intención de obtener rentabilidad positiva, sea cual sea la evolución de los mercados.


2. SOCIEDADES DE INVERSION DE CAPITAL VARIABLE ( SICAV)

Son sociedades de inversión de capital variable las IIC de carácter financiero que adopten la forma de una sociedad anónima.
La gestión de la cartera de una SICAV, sometida tanto a la normativa de las instituciones de inversión colectiva como a la de sociedades anónimas, resulta compleja y comporta unos gastos significativos.
El capital mínimo desembolsado de las SICAV será de 2.400.000 euros y el capital inicial deberá estar íntegramente suscrito y desembolsado desde el momento de la constitución de la sociedad.
El capital social podrá variar entre el mínimo y un capital estatutario máximo de 10 veces el capital inicial. En el caso de SICAV por compartimentos, cada uno de los compartimentos deberá tener un capital mínimo desembolsado de 480.000 euros, sin que en ningún caso el capital total mínimo desembolsado sea inferior a 2.400.000 euros.

Su régimen fiscal especial condicionado a que el número de accionistas sea igual o superior a 100.
▪ Tipo de gravamen de la SICAV en el Impuesto sobre Sociedades del 1%.
▪ Los dividendos que se distribuyan no dan derecho al perceptor a deducción alguna por doble imposición.
▪ La constitución, aumento de capital, fusión y escisión de estas sociedades gozan de exención en la modalidad operaciones societarias del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
▪ Las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión o reembolso de acciones o participaciones de IIC para las personas físicas se integrarán en la base imponible del ahorro al tipo fijo del 19%, con independencia del período de generación. En el momento de la transmisión de acciones, el propio accionista vendedor deberá realizar un ingreso a cuenta del 19% sobre la plusvalía obtenida.

"Requiere un mínimo de 100 accionistas pero no impide que el 95% del capital esté en manos de 4-5 accionistas (grupo familiar creador por ejemplo de la SICAV) teniendo el resto de socios el 5% restante".


3. ANALISIS Y SELECCION DE FONDOS.

3.1 Rating
El Rating sirve para medir el riesgo, la rentabilidad a lo largo del tiempo y la coherencia de la evolución del fondo, respecto al mercado de referencia.
EJEMPLO:


3.2 Ranking
Establecer un ranking de fondos es básicamente crear una clasificación de mayor a menor rentabilidad entre varios fondos de una misma categoría, y en el mismo período de tiempo, como es de imaginar, este dato es muy interesante para el inversor.

El único problema al establecer un ranking de fondos es acertar con la categoría respecto a la que se mide. El ranking pierde representatividad si comparamos fondos de distinta categoría.

Además, y en relación al período de tiempo en el que se mide la rentabilidad, cabe destacar que cuanto mayor sea el plazo analizado, mejor. Un fondo que está entre los mejores en el último mes, pero que no consigue mantener esos puestos en períodos más largos (1, 3, 5 años), no es una buena inversión. El ranking empieza a cobrar relevancia a partir de períodos de, al menos, un año, aunque los rankings a más de 3 años son más útiles, ya que dan una idea clara sobre la consistencia de un fondo. Para períodos inferiores no son tan indicativos, pues lo importante es que las rentabilidades se mantengan a lo largo del tiempo.

" Es importante que tengamos en cuenta que cuando hablamos de Ranking, hablamos estrictamente de RENTABILIDAD, mientras que cuando nos referimos a Rating, estamos teniendo en cuenta la RENTABILIDAD y el RIESGO".

Para finalizar quería decir que es muy importante entender en que tipo de fondo se mete uno... muchas veces cometemos el error de no mirar el Folleto o Datos Fundamentales y dejarnos llevar por el propio titulo del fondo y 4 valores representativos del mismo....












 










 
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