A mayores restricciones, menos impagos. Este es el argumento que justifica el creciente endurecimiento de las condiciones crediticias al consumo relativas a plazos de devolución y garantías. Las entidades argumentan que es la única alternativa para minimizar el impacto de la morosidad sobre sus cuentas de resultados. Ante el cierre de esta vía de financiación, cobra fuerza el recurso a los préstamos entre particulares. Solicitar dinero a la familia sigue siendo en nuestro país una fórmula muy utilizada, en especial entre los más jóvenes, para salir de un apuro o afrontar con menos agobios la adquisición del coche o el pago de las necesidades imprevistas de su nuevo hogar. No es lo mismo deber dinero a los padres que al banco. Y, por lo general, los familiares prefieren prestar una pequeña, o no tan pequeña, cantidad de dinero que avalar al interesado ante el banco.
¿Es preferible prestar dinero a un hijo que avalar su préstamo bancario?
No hay una respuesta única a esta cuestión, hay que tomar decisiones basándose en el importe del préstamo, si se puede o no prestar dinero sin causar perjuicio a la propia economía doméstica, atendiendo a las circunstancias económicas, laborales, cargas familiares, etc., del que presta y también del que recibe. El aval tiene la ventaja de que el familiar avalista no aporta ninguna cantidad de dinero de su bolsillo y si el hijo o el familiar abona las cuotas con el banco, no pasa nada. Pero si no puede pagar el banco recurrirá al avalista, que para eso está. En este supuesto, el avalista, además de tener que responder con sus bienes, se encontrará con gastos añadidos e intereses ocasionados por demora y una serie de tramitaciones.
¿Un préstamo a un familiar hay que hacerlo ante notario
Se puede hacer ante notario o en un documento privado, a elección de las partes, pero es recomendable siempre no caer en la informalidad de no documentarlo en forma alguna, como, por otro lado, suele ser habitual. Como en muchas ocasiones, este tipo de préstamos se acuerda sin intereses, las familias no cumplen más formalidades que la entrega y el acuerdo verbal. Y esto, con el tiempo, puede convertirse en un error. Hay que asegurar la devolución del dinero prestado y evitar desavenencias futuras en la familia, de forma particular para los supuestos de fallecimientos y herencias.
¿Qué es mejor, ante notario o en documento privado?
El documento privado es más económico, no hay que abonar costes notariales y es suficiente, sobre todo para pequeños importes. Ahora bien, hay que ser claro al redactarlo, fijar los plazos para la devolución y las garantías que se establezcan, en su caso. Por otro lado, el notario aporta más información a las partes sobre la operación. Ambas formas son legales, por lo que no es preciso ir al notario para revestirlo de legalidad.
Entonces, ¿no hay diferencia?
Sí, sí la hay, especialmente para caso de impago y su reclamación judicial. La diferencia fundamental es que el documento público representa una prueba plena en un juicio de su contenido, de su fecha y de la identidad de las partes, mientras que los documentos privados solo suponen una prueba plena cuando su autenticidad -las firmas- no sea impugnada o cuestionada por la parte que se vea perjudicada. Para reducir este riesgo interesa que a la firma del documento privado asistan testigos e, incluso, que firmen en calidad de tales. O hacerlo ante notario, para mayor seguridad.
¿Es necesario pagar a Hacienda?
Por pedir un préstamo, sea a un familiar o a un banco, no se pagan impuestos, pero cuando un particular solicita un préstamo al banco, Hacienda puede conocer cuál es el origen del dinero. Si el préstamo es familiar y la cantidad es elevada, Hacienda puede apreciar movimientos de dinero no justificados que no se corresponden con los ingresos habituales. Por eso, es conveniente hacerlo constar en Hacienda. Es un trámite muy sencillo del que informan en las agencias tributarias.
¿Hay que hacerlo constar en Hacienda aunque no haya intereses?
Conviene hacerlo porque además podría entenderse que ha habido una donación y por las donaciones sí que hay que declarar y, en su caso, pagar, el impuesto de donaciones. Por ello, lo mejor es evitar malentendidos.
¿Cuáles son las obligaciones en estos préstamos?
Las que regula el Código Civil en los artículos 1.740, 1.753 a 1.757 y en el Art. 1.170: devolver el dinero, con intereses si así se ha pactado. El Código Civil dice que no se deberán intereses sino cuando expresamente se pacten.
Si se presta dinero a un familiar, por ejemplo, a un primo y fallece ¿cómo se recupera el dinero?
Los herederos asumen la deuda, porque también se heredan las deudas. Este es otro motivo para documentar los préstamos familiares. La deuda se abonaría con la propia herencia, aunque si el pasivo, las deudas, fuera superior al activo, bienes y dinero, los herederos aceptarían probablemente la herencia a beneficio de inventario y se pagaría sólo hasta donde cubran los bienes de la herencia.
¿Qué es un préstamo P2P?
P2P son las siglas de la expresión inglesa 'peer-to-peer'. Son operaciones de préstamo "persona a persona" entre particulares que se gestionan por plataformas exclusivamente en Internet sin bancos ni entidades financieras. En España es de muy reciente implantación, funciona una desde este año y por el momento con escaso volumen, pero ya está operativo. Se trata de una nueva fuente de financiación para particulares y, para los prestamistas, es un sistema de rentabilizar sus ahorros. Los costes e intereses son más bajos que en el mercado financiero y el particular que pone su dinero puede obtener una rentabilidad mayor por su dinero. Los dos salen beneficiados y sin acudir al banco, aunque ambos pagarán una comisión al portal de Internet.
¿Cómo funciona?
Esta alternativa funciona con un sistema de subasta. Las cuantías de los préstamos están limitadas, no es posible acceder a prestamos superiores al tope fijado (sobre los 15.000 euros) y la empresa gestora se encarga de estudiar la solvencia de los que piden el préstamo y de los aspectos burocráticos y legales, como la solicitud de la documentación (nóminas, copia del D.N.I., etc.) y de la gestión de pagos mensuales. Consultan en las listas de morosos de la asociación nacional de establecimientos financieros de crédito y dicen admitir sólo a los solicitantes con un grado de riesgo adecuado.
¿Es seguro para el que presta?
La confianza es uno de los principales problemas, por su novedad y porque en caso de impago, la plataforma no asume la responsabilidad de pago, claro está, aunque sí se puede encargar de la reclamación del pago a través de gestoras de cobros. Además, estas plataformas, al no conceder créditos- su labor es intermediar entre particulares-, no están sujetas a la regulación del Banco de España. El prestamista debe conocer muy bien los riesgos, las propias plataformas aconsejan no "invertir" en una sola solicitud sino repartir su dinero en pequeñas cuantías entre varias solicitudes de préstamos para reducir los riegos de morosidad. En definitiva, el buen fin de la operación no está asegurado.