El propietario,pues las tasas son sobre la vivienda,otra cosa es que en el precio ya repercuta esos gastos,además si el inquilino no las pagara el ayuntamiento no va a proceder sobre el,sino sobre el dueño de la vivienda,con lo cual la mejor forma de evitar problemas mayores es que las pague el propietario.S2.
Entiendo que no liquidasteis ni hicisteis declaración..de herederos,ni registrasteis los bienes,en su día .Porque sí lo hicisteis en su momento aunque lo dejarais indiviso ahora simplemente sería una venta que tributa por el ITP y AJD como dice leopold.
Sino liquidasteis en su día,lo primero es hacerlo que lleváis dos años y seis meses fuera de plazo.
Una pregunta tenéis ¿ascensores,jardines,piscinas,seguridad,viario?... Si tenéis todo eso,no creas que cien euros es tanto...
Edito.Pista de padel,fútbol sala,piscina,ya incluyo jardines,seguridad,etc....105 es más que razonable..
Si te digo lo que me cascan por el campo de golf...;-))
Tres apuntes.
Primero ,cuando habla de 300.000 es es la valoración a efectos de tributo o de venta,porque afectos de tributo puede ser bastante menor,es que a efectos de tributo o es una casa magnífica o me parece excesiva.
Segundo ¿hay herederos forzosos?
Y Tercero en caso que se considere vivienda habitual se le aplica una reducción de 122.000 euros y con que se empadrone en la vivienda y demuestre que es y será su vivienda habitual..
Y Cuarto,no hay tres sin cuatro los testamentos se pueden cambiar en cualquier momento.S2
El alquiler de una vivienda se debe registrar y depositar la fianza en la hacienda autonómica y en el registro de la propiedad,además por el hecho de la legalidad,conlleva la ventaja de poder desahuciar al inquilino moroso en un plazo de 10 días,para el inquilino tiene la ventaja de que sí el arrendador vende el piso el nuevo propietario está obligado a respetar el contrato.El coste de todo esto son unos 45€.
Si tienes una minusvália superior al 65% y sumas movilidad reducida,en realidad es tal las deducciones y reducciones del IRPF que declares sí o no el alquiler te sale lo mismo.Pero conviene declararlo por lo anterior y porque de todas formas el inquilino lo declara al poner la referencia catastral y si es propietario o no,con lo que sí no lo haces y hacienda te pilla te va tocar pagar multa más intereses.S2.
Sino me molesta solo me sorprende,en serio déjanos el número que no es fácil encontrar crédito barato por estos lares.S2
Mira y lo de empitonar,fuera del tono jocoso,no es ninguna chorrada,si te la han colado y al final es un 15% anual!te ha empitonado a ti,pero si es cómo dices!para el es un negocio ruinoso,pierde dinero solo por la inflación.Por eso me sorprende,ahora si es verdad,pues quillo felicidades,pero vamos que resulta muy,muy ,pero que muy asombroso...
Petersen el bono a 15 años tiene una tasa interna del 4,35% y hay en este país un santo que presta al 0,72% anual! ese hombre hay que canonizarlo y después dicen que no fluye el crédito,mentira pocha la culpa es nuestra que somos unos pardilllos.S2