Staging ::: VER CORREOS
Acceder

Participaciones del usuario Tres Cantos - Subsidios

Tres Cantos 04/10/24 07:46
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Exactamente, es a lo que me referia, pareja que compra y convive juntos, la hipoteca 50% se tiene que domiciliar en cta conjunta.Aparte que si uno dejara de pagar, el otro seria el responsable.
Ir a respuesta
Tres Cantos 03/10/24 19:30
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Pues lo mejor es que abráis una cuenta común, donde estén los gastos casa e hipoteca si esta. está a nombre de los dos.Y los dos domiciliáis las nóminas en esa cuenta. Es una fórmula que no tendréis problemas , estais haciendo lo mismo, pero con posibilidades de tener problemas.Luego de esa cuenta, que cada uno saque o pague lo que sea preciso.
Ir a respuesta
Tres Cantos 18/09/24 19:50
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
 Los bienes en régimen de gananciales producirán rendimientos a ambos cónyuges y los bienes privativos producirán rendimientos al titular de dicho bien. No obstante, si los ingresos provienen de un bien privativo de uno de los cónyuges a efectos fiscales se entienden obtenido por el cónyuge titular del bien privativo.22 may 2022  b) Individualización de los rendimientos del capital (arts. 11.3 LIR, 7 LIP)·Los rendimientos del capital se considerarán obtenidos por los contribuyentes titulares de los elementos patrimoniales, según lo previsto en las disposiciones reguladoras del régimen económico del matrimonio. Los bienes que sean comunes a ambos cónyuges se atribuirán por mitad a cada uno de ellos.Gananciales: distingue entre bienes privativos y bienes gananciales. La individualización de los rendimientos derivados del capital será, por lo tanto, en el caso de:bienes gananciales: se atribuirán por mitad a cada uno de los cónyuges,bienes privativos: el cónyuge propietario deberá declarar todas las rentas que se deriven de los mismos.Régimen de separación de bienes y de participación: existe completa separación entre los patrimonios de los cónyugestitularidad exclusiva de un bien: el titular declara el cien por cien de los rendimientos.cotitularidad proindiviso: cada uno de los cónyuges declara el 50% de los rendimientos (si existe una participación diferente en la titularidad del bien, cada cónyuge se atribuye el porcentaje correspondiente). 
Ir a respuesta
Tres Cantos 18/09/24 17:35
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
 Recuerde: en el caso de matrimonios los rendimientos procedentes de bienes y derechos que, de acuerdo con las disposiciones reguladoras del régimen económico del matrimonio, sean comunes a ambos cónyuges, corresponderán por mitad a cada uno de ellos (salvo que se justifique otra cuota distinta de participación). Por el contrario, los rendimientos procedentes de bienes o derechos que, de acuerdo con las mismas normas, sean de titularidad privativa de uno cualquiera de los cónyuges, corresponderán íntegramente a este.  Individualización de los rendimientos del capital mobiliarioNormativa: Art. 11.3 Ley IRPF 
Ir a respuesta