Ah !! Y se me olvidaba: gastos de comunidad que son del 2014, pero por temas administrativos no los pagué en 2014 sino en 2015, fiscalmente hablando ¿Afectan al 2015, verdad?
El sentido común dice eso, pero yo me pongo en la situación, de que mi contrato de alquiler vence en verano, y si me voy del piso ¿Por qué tengo que hacerme cargo yo del IBI de un año entero, si solo estoy 6 meses?
Nada, me haré un poco el sueco e intentaré retrasarlo todo lo que pueda y listo.