El valor del que tú hablas es el valor liquidativo calculado a mercado cerrado el día anterior. Cuando das la orden deben esperar a que el mercado abra y deshacerse de todo lo que tenga que ver con todas las participaciones que se venden. Tu valor liquidativo será siempre, como mínimo el del día siguiente y nunca podrás saberlo hasta que no se ejecute. Si no quieres que te suceda esto utiliza ETFs, vendes en el momento que quieras durante el día al valor que tú decidas. Creo que antes de invertir en un producto debes conocer bien cómo funciona. Lee, fórmate y luego actúa. No creo que el banco te halla engañado, te ofrece sus productos como cualquier otro comerciante, debes entender que no es tu asesor de inversiones, es tu asesor comercial.
Si que hay plazo. Entre misma gestora o misma comercializadora máximo 5 días. https://www.cnmv.es/DocPortal/Publicaciones/Fichas/GR15_Traspasos_entre_fondos.pdf
La regla de los dos meses es aplicable a cualquier fondo de inversión o acción cotizados en mercados secundarios oficiales, europeas, americanas o de cualquier otra procedencia siempre que puedan ser así definidas por la UE. Básicamente todos. En el caso de los dos meses, no puede producirse que declares y después, antes de dos meses puedas volver a comprar, puesto que el proceso de declaración se abre en mayo, 4 meses después del 31 de diciembre.Para acciones y fondos no cotizados en mercados organizados aplica 1 año y por tanto si puede darse el caso y por eso se plantea la alternativa desde la administración.