El umbral de patrimonio siempre es tres veces el importe de renta garantizada para tu unidad de convivencia... en tu caso, para 2025, siendo una única persona, serían 7905,72.- euros anuales de renta garantizada multiplicada por tres, lo que arroja 23717,16.- euros el umbral de patrimonio máximo sin contar la vivienda habitual para ser beneficiario del IMV.
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Formula una queja https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/SugerenciasQuejas indicando todos los detalles posibles y las fechas, a ver si tienes suerte.
es ilegal pagar/cobrar en efectivo. Ilegal no es, tan solo "es delicado"
https://www.infobae.com/espana/2025/02/25/cuanto-dinero-puedes-pagar-en-efectivo-entre-particulares-en-2025-hacienda-vigila-el-dinero/
https://www.infobae.com/espana/2025/02/25/cuanto-dinero-puedes-pagar-en-efectivo-entre-particulares-en-2025-hacienda-vigila-el-dinero/Te recomiendo primero que tengas en cuenta varias consideraciones que se han ido comentando en este hilo https://www.rankia.com/foros/economia/temas/5338736-imv-compra-vivienda-ingreso-minimo-vital?page=1 el cual deberías leer completo y, en segundo punto, cuando tengas definida la vivienda que quieres comprar, revisa quien es el dueño y como sería el pago.
Ya, pero es cosa de ese señor saber que le piden, obtener dichos documentos y adjuntarlos a su solicitud... tú ya se lo has comentado, yo le he enlazado a la Seguridad Social para que él lo sepa y tenga claro, ya luego él que haga lo que estime oportuno... que lo pida a su buena fe desde https://imv.seg-social.es/ siguiendo los pasos y adjuntando los documentos de que disponga y si le piden algo más después, pues ya tendrá el hombre que acreditar lo que corresponda dentro de los plazos que le otorguen, eso es cosa suya.Ya no estamos en la Seguridad Social, ¿recuerdas cuando nos confundían con teleoperadores? 😅
A ver, depende del caso concreto. Ya te dije que si en la nueva dirección aparecen en el certificado de empadronamiento colectivo solo las mismas personas que forman tu unidad de convivencia no habrá problemas... otra movida aparte es que ahí aparezcan empadronadas más personas que de verdad residen ahí y no deberían estar o no forman parte de tu unidad de convivencia para el IMV ¿comprendes?
¿Pero como vas a aceptar de buena fe realizar un curso de algo que ni te va ni te viene profesionalmente? ... es como si a un ingeniero industrial que llevaba 15 años currando y ahora está desempleado le obligan a realizar un curso de submarinismo; no tiene lógica, ni pies ni cabeza... otra cosa es que una persona sin estudios ni formación previa le emplacen a un curso de ese tipo, eso si me lo creo y pueden poner pegas de que no quieras participar, asi que cada caso es un mundo.
Compaginar subsidios autonómicos (como es la RMI) con estatales (como es el IMV) conlleva el ajuste de unos y otros... en este caso es totalmente lógico te pidan devolver RMI porque ya te lo suplen con el IMV, y menos mal que te lo han dicho pronto ¿te imaginas haber percibido a la vez RMI e IMV durante un año tan alegremente y que luego te pidan les devuelvas de golpe un año de RMI? pues eso