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Participaciones del usuario Paco50 - Fiscalidad

Paco50 31/01/26 22:29
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
El objeto principal de esta disposición transitoria es penalizar a aquellos trabajadores que, jubilándose anticipadamente y aplicándose la normativa general, no sufrirían penalización en el importe de la pensión. Si te jubilas anticipadamente 24 meses antes con 38'5 años cotizados te van a penalizar con un 19%. Suponiendo una BR= 3500€ le correspondería una P=81%(3500)= 2835€. ¿No ha sufrido penalización?, me parece que SI. No hubiese sufrido penalización si el 81% BR estuviese por encima de la PM(3359€).Y cuando la DT34 dice:""1. Lo dispuesto en el apartado 2 de esta disposición transitoria en relación con el segundo párrafo del artículo 210.3 de esta ley sólo resultará de aplicación en la medida en que la evolución de la pensión máxima del sistema absorba completamente el efecto del aumento de coeficientes respecto a los vigentes en 2021 para aquellos trabajadores con BASE REGULADORA superior a la pensión máxima, de manera que la pensión reconocida no resulte en ningún caso inferior a la que habría correspondido con la aplicación de las normas vigentes en 2021.""Donde dice "BASE REGULADORA" hay que interpretarlo como la "PENSION CALCULADA". Y esto no lo digo yo, sino todos los artículos publicados que hacen referencia a la DT34.https://www.google.com/url?sa=t&source=web&rct=j&opi=89978449&url=https://www.iberley.es/revista/intentando-descifrar-aplicacion-d-t-34-lgss-segun-los-criterios-interpretativos-inss-957&ved=2ahUKEwjswIHS2raSAxWHRaQEHdudJ84QFnoECEYQAQ&usg=AOvVaw3-0l1l-lptu5WllbuT-RA3
Paco50 31/01/26 21:23
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Mirate esta pagina....https://www.misitiosocial.com/2025/12/que-ha-ocurrido-con-la-disposicion.html?m=1""D. Ramón Moreno presenta una vida laboral de 42 años cotizados y tiene 64 años de edad. Su edad ordinaria de jubilación es a los 65 años pero está pensando en jubilarse de manera anticipada. La base reguladora de su pensión, calculada según las normas generales, asciende a 3600 euros. Si D. Ramón solicitara una jubilación anticipada voluntaria (Art. 208 del TRLGSS) aplicaríamos lo dispuesto en el artículo 210.3.  Según los porcentajes marcados por el artículo 208 TRLGSS, tendría una penalización del 5%. Si efectuamos el cálculo sobre la base reguladora (3600-5% = 3420 euros) supera el tope máximo de pensiones para 2026 (3.359,60 euros), por lo que, siguiendo lo que dice el art. 210.3, aplicaríamos el 5% de reducción directamente sobre el mismo tope máximo de pensiones = 3.191,62 € y esa será la cuantía a percibir. ""
Paco50 31/01/26 18:40
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
En España para cobrar el 100% de la pensión necesitas actualmente haber cotizado 36'5 años y por cada mes que te falte te reducen la BR creo recordar sobre un 0'19%. Y además, si te jubilas Anticipadamente, a la BR anterior ya reducida te vuelven a aplicar las penalizaciones correspondientes. Hasta aquí lo tengo claro, es como se han calculado siempre las pensiones. Y ahora, con la DT34  si la cantidad resultante anterior, una vez aplicado los dos recortes, es mayor que la PM te corresponde una P=(100-coef antic)*PM...así lo veo yo.
Paco50 31/01/26 16:21
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
No es correcto. Se aplica primero sobre la BR y si el resultado está por encima de la PM, tú pensión será el resultado de aplicarle el coeficiente a la PM.Ejemplo:BR=3600 Coef: 5% Como el 95% de 3600€ son 3420€ y dicha cantidad es superior a la PM actual se te aplica la reducción a la  PM y tú pensión será el 95%PM=3191€.
Paco50 31/01/26 15:00
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
""Si BR corregida por años cotización es superior a PM la penalización se calcula sobre PM...."Efectivamente, como la BR corregida con el 19% de reducción son 2997€ y esa cantidad NO ES SUPERIOR a la PM(3359€) NO aplicamos sobre la PM.Te parece poco castigo haberle quitado más de 700€ (3700-2997€) de pensión para rascarle otros 300€ más. Los que se jubilen 24 meses antes sufren las mayores penalizaciones, antes y ahora con la DT34. Sin embargo, con 18 meses antes la penalización bajaba del 21% al 8'80%, con lo que los que hayan cotizado por BM obteniendo una BR elevada compensaban ese recorte alcanzado a la PM, luego solo perdían el 0'5% por trimestre que adelantaban, en este caso solo un 3% de pensión por marcharse 18 meses antes. Y para aumentar la penalización a este colectivo han creado la DT34.
Paco50 31/01/26 14:16
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Efectivamente es una JAV. Si se va 24 meses antes con 39 años cotizados le van a penalizar con un 19% a la BR. Suponiendo que tuviese la Máxima BR actual le corresponde un 81% de 3700€, esto es 2997€ y como dicho importe está por DEBAJO de la PM (3359€), esa sería su pensión. La DT34 ni la va a oler, no le afecta en nada para pensiones calculadas por debajo de la PM.Aunque la redacción de la ley hablaba de BR por encima de la PM se refería a la pensión calculada con la reducción, luego a todos los que tengan BR por encima de la PM NO les afecta la DT34, solo a los que anticipen 18 meses o menos la jubilación.
Paco50 31/01/26 11:47
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Eso sí no te dicen antes que las pensiones no pueden pagarse y empiezan a recortar por arriba. Porque el principio de solidaridad sí que saben aplicarlo muy bien.
Paco50 31/01/26 10:31
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
El principio de contributividad está muerto desde el momento en que tienes topada la PM y que una persona que aporte cinco veces más al sistema que otra, solo va a recibir el doble de pensión una vez descontado impuestos.
Paco50 31/01/26 10:13
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
EFECTO DEROGACION PUNTO 2 DT34En el cuadro indico el Porcentaje equivalente de pensión que te recortan si decides jubilarte hoy con una BR=3700€, 38 años cotizados, con distintos meses de anticipación y en diferentes supuestos:1) Solo te aplican los coeficientes reductores de la JAV2) Te aplican un Tope equivalente a un %PM3) Con la DT34 una vez derogado el punto 2.Anticip        1.            2.              324 m.        21%         21%          21%18 m         8'8%       11'94       17'2%12 m         5'5%        11'03      14'2%  6 m.         4 %.        10'12      12'8%Se observa que jubilarse 24 meses antes implica un coeficiente reductor del 21% (777€) que no puede superarse con las limitaciones 2 y 3.Y en general, con la derogación del punto 2 de la DT34 han aumentado las penalizaciones por jubilarse anticipadamente 18 meses o menos.
Paco50 31/01/26 10:03
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
A ti no te va a afectar para nada la DT34. Desde 2021 si te jubilas 24 meses antes con 39 años cotizados te quitan un 19% de tu BR.No sé cuál es tu BR, pero recortar un 8'5% a la PM puede estar muy cerca de reducirte un 19% a tu BR.