En este tema hemos cambiado el titulo de la duda y hemos borrado algunos comentarios que vulneran la política de moderación de Rankia. Un saludo
Marina Perales22/07/16 11:53
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Compré una vivienda, pagué 30000 €, la promotora entró en concurso de acreedores
Buenos días, No entiendo bien algunos puntos de tu comentario. Dices que el total de las viviendas ya se han vendido y que los propietarios ya están viviendo allí, ¿porque tu no estás viviendo allí? Respecto al a licencia de la que hablas, ¿podrías explicar mejor el problema que ha habido? Un saludo
Marina Perales21/07/16 08:39
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¿Si la TAE es más alta pago más hipoteca?
Marina Perales13/07/16 12:49
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¿Se aceptará la retroactividad de la cláusula suelo? Parece que el TJUE no apuesta por ello
Marina Perales05/07/16 14:39
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Capitulaciones matrimoniales o contrato prematrimonial: ¿Qué?, ¿Cómo? y ¿Cuándo?
Marina Perales20/06/16 13:26
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Renta 2015 - porcentaje propiedad vivienda
EL primer paso es saber si el bien en cuestión es un bien común de la sociedad de gananciales o por el contrario se trata de un bien privativo. Si la vivienda la compró estando soltero, es un bien privativo, por tanto,siguiendo la norma del Código Civil 2/3 de los bienes privativos más el 50% corresponden a los hijos, mientras que el 1/3 o tercio de mejora tendrá el usufructo el cónyuge viudo y la propiedad los hijos, si en el testamento no se dice lo contrario. Un saludo
Marina Perales20/06/16 09:52
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Datos fiscales bancarios en programa Padre 2015
En cuanto a las cuentas bancarias solo lo tendrás que declarar por las ganancias que hayas obtenido y se declaran dentro de la parte de rendimientos de capital mobiliario. Respecto a los préstamos, no se declaran en el IRPF, en en cuenta que no es un rendimiento, que esta cantidad prestada vas a tener que devolverla y por tanto no se tiene que declarar. Un saludo
Marina Perales20/06/16 09:24
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Poseo el 25% de la vivienda habitual de mis padres, ¿cómo tributo?
Tienes que tributar en el IRPF como imputación de rentas inmobiliarias, y en caso de que uno de tus padres falleciera y se quedara el sobreviviente con la parte en usufructo y los hijos con la propiedad también tendrás que tributar como imputación de rentas inmobiliarias. Un saludo
Marina Perales16/06/16 12:50
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Como hacer la declaración para quien vive entre España y Brasil
Buenos días, En principio tienes que declarar como no residente, pues según dices pasa más tiempo en Brasil que en España, y tal como indica la Agencia Tributaria se consideran residentes en España los que residen en España durante 183 días o más. En tu caso tendrás que tributar todo como no residente y en caso de que ya hayas hecho la declaración en Brasil, al hacer la declaración en España tendrás que tener en cuenta la doble imposición. Un saludo
Marina Perales15/06/16 14:02
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Fiscalidad valores santander
Buenos días Josefinae, Este año hay novedades en cuanto a ganancias y pérdidas patrimoniales. En tu caso si en el ejercicio pasado fue negativo sólo se puede compensar con rendimientos de capital el 10%. Y si, aun así, resulta negativo, su importe se compensará en los cuatro años siguientes.