Luisvaz10
13/06/25 10:47
Ha respondido al tema
IMV: silencio tras recurso, ¿impulsa ir al juzgado? - Ingreso mínimo vital
Solo un par de precisiones.En primer lugar, cuida muy bien de que la RP esté correctamente presentada, en el sentido de que esté orientada a combatir la causa de denegación que aparezca en la resolución a tu solicitud. Aporta con el máximo detalle cuantos datos y argumentos tengas a tu favor, porque luego en la via jurisdiccional NO PODRAS MODIFICAR SUSTANCIALMENTE LO DICHO EN LA R.P.Y por lo que respecta a plazos, añadir a lo dicho por Ritekg5 que también en caso de silencio administrativo a la RP, operan los 30 días hábiles, siguientes a los previos 45, para presentar la demanda.Aunque hay jurisdicciones que no ponen límite de tiempo, te aconsejo no jugártela y demandar en plazo.Y como no hay 2 sin 3, no olvides presentar ya una nueva solicitud mientras tanto. Por si en la via impugnatoria se te tuercen las cosas.Saludos y suerte