En Liberty, si no vas al Carglass, hay que peritar necesariamente y luego compromiso y demas.
Holynes205/07/24 19:54
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Posibilidad de reclamar un recibo.
Los seguros son de carácter anual, y cualquier anulación por cualquiera de las partes, debe ser notificada por escrito a la otra parte . SI es el cliente, con mes de antelación, si es el seguro, con dos meses. El impago de la prima del seguro, es reclamable por parte de la aseguradora, ahora bien, que lo hagan o no, es cuestión de ellos. Pero que el primer año no era gratis? porque te lo cobraron? no te lo dedujo la agencia de alguna manera?
Holynes203/07/24 12:38
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Seguros de la Mutua
O sea , que la Mutua se esta volviendo como las demas. No es sorprendente viendo como esta el mercado
Holynes202/07/24 12:49
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Me "ha crecido medio arbol" en el jardín
Da el parte a tu seguro y que lo gestionen ellos que para eso esta la reclamacion de daños. a menos que el vecino lo quiera cubrir por su cuenta.
Holynes213/06/24 15:53
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Nunca más are un seguro con ellos - Reale
Le diste un golpe a otro coche? entonces tu compañía pago unos 1000€ a la contraria. y si el daño fue de 170€ , se embolsan la diferencia. asi funciona. El convenio CIDE, marca que tu compañía paga una cantidad fija a la otra, ya la otra si sale a favor se lo queda, si sale en contra, paga la diferencia. Ahora bien, le cuestas 1000€, cuanto vines pagando de prima?Ultimamente la culpa cotiza muuuuy mal
Holynes210/06/24 03:05
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Venta de coche y suspensión automática de la póliza
Te has leído lo de la indivisibilidad de la prima?El asegurador tenga conocimiento de la transmisión.. pues solo se me ocurre dos maneras , que uno de los dos implicados lo comunique. Ojo, que dice si no leo mal, que si lo hace el adquiriente y este rescinde el contrato anterior la prima es de la compañía. Pero también te repito lo que he dicho antes, en caso de siniestro posterior a la venta, con contrato anulado y falta de seguro del nuevo dueño, la compañía debe hacerse cargo del siniestro igualmente. Entonces entiendo que para devolver la prima, está podría quedar en depósito hasta el fin del contrato y en caso de no usarse finalmente entonces si se podría reembolsar. Eso me parecería más justo por ambas partes. Pero no puedo estar de acuerdo con tu definición de estafa o robo .El problema aquí es que la prima no es del cliente, se paga prima a la compañía, y está la hace suya. Y es durante un año que ambas partes están obligadas a respetar el contrato. La compañía no puede eludir su responsabilidad haciendo que dure menos. Mira que he visto casos, mogollón, de gente que dice como la pago fraccionada pago por meses así que en este tercer pago trimestral tengo una oferta mejor así que me voy. No os pago y punto. No majo no, tienes un contrato por un año y fraccionado para mayor comodidad. Pasado el año has lo que quieras, cualquiera de las dos partes.
Holynes209/06/24 13:45
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Venta de coche y suspensión automática de la póliza
Desde el punto de vista del consumidor puede parecer eso, la transferencia de contratos de seguros viene recogida en la ley, aunque dire que nunca he visto a una aseguradora que haga un cambio de titular y siga teniendo el mismo numero de poliza. Que para mi tiene toda la logica del mundo, cada asegurado es un riesgo diferente. Artículo treinta y cinco.El asegurador podrá rescindir el contrato dentro de los quince días siguientes a aquel en que tenga conocimiento de la transmisión verificada. Ejercitado su derecho y notificado por escrito al adquirente, el asegurador queda obligado durante el plazo de un mes, a partir de la notificación. El asegurador deberá restituir la parte de prima que corresponda a períodos de seguro, por los que, como consecuencia de la rescisión, no haya soportado el riesgo.El adquirente de cosa asegurada también puede rescindir el contrato si lo comunica por escrito al asegurador en el plazo de quince días, contados desde que conoció la existencia del contrato.En este caso, el asegurador adquiere el derecho a la prima correspondiente al período que hubiera comenzado a correr cuando se produce la rescisión. La no devolución de prima, no es una clausula limitativa , es un tema legal. Porque los contratos se firman según el nivel de riesgo y por un periodo determinado. A que seguro que una compañía a la que el cliente le dijera voy a tener un siniestro en 2 meses, no lo aseguraría? tambien he visto compañías que han rechazado el contratar un seguro de coche por unos meses porque el cliente ya avanza que lo va a vender. Que pagas por un año 300€ y no hay partes, la compañía se embolsa 300€, pero no es enriquecimiento, es un pago por un contrato.Que ese año tienes la mala suerte de que te rompan la luna y vale 700€? pues la aseguradora incurre en pérdidas. se consume la prima.A titulo comercial , algunas aseguradoras están devolviendo la prima no consumida siempre a condición de que no haya habido siniestros con coste para ella. O si el siniestro no sube mas alla de X.En resumen, entiendo que un cliente pueda pensar que un seguro de un año, usado medio, quiera que le devuelvan la otra mitad, pero es que la prima es indivisible: " la indivisibilidad significa que la prima se paga por entero al comienzo de cada periodo del seguro, y que no puede ser reducida ni devuelta si el riesgo ha comenzado a correr, aunque el contrato se extinga en el curso de aquel periodo ".Ah, y si el nuevo comprador no se saca un seguro y hay un siniestro? esta obligado a pagar la compañía que cobro la prima anual aunque la poliza ya no estuviera en vigor. artículos interesantes : https://www.consorsegurosdigital.com/es/numero-10/sumario/jurisprudencia-sobre-el-consorcio-de-compensacion-de-seguros-3#:~:text=la%20indivisibilidad%20significa%20que%20la,el%20curso%20de%20aquel%20periodo.https://dgsfp.mineco.gob.es/es/Consumidor/Reclamaciones/Criterios/LC2.pdf
Holynes206/06/24 21:14
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Venta de coche y suspensión automática de la póliza
Muy raro, normalmente que yo vea, ya las compañías envían un email automático, al menos muchas de ellas comunicando que se ha gestionado algo en la póliza.
Holynes205/06/24 19:58
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Venta de coche y suspensión automática de la póliza
Pues solo se me ocurre, que haya dado la casualidad que lo asegure en la misma CIa donde lo tenia tu familiar, y que a traves de contrato de compraventa o cambio de titularidad de trafico, hayan anulado la anterior para emitir la nueva poliza. Por suponer algo, aunque eso la aseguradora es la que tendria que contestar.
Holynes205/06/24 13:31
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Problema con el peritaje de un accidente
Yo tambien exprese mis dudas sobre la version, otra cosa igual es la forma de expresarlo. Ahi ya me callo, porque no es asunto mio, tu dices que ha sido asi, y yo pues teniendo eso en cuenta te digo las pautas que me parecen. Pero vamos, tampoco hay que enzarzarse, no se contesta y fuera.