Hola EnriqueSi sigues el ejemplo de venta de acciones que he puesto en mi video (abajo te pongo el enlace), no aparece nada referente a las retenciones. Solo necesitas el precio de venta y el precio de compra.En cuanto, al tratamiento de la compensación de las ganancias y pérdidas de los 4 años anteriores, lo hace el programa en automático. No tienes que hacer nada. Además podrás comprobar en tu Declaración de la Renta, cuantas pérdidas quedan pendientes de compensar al acabar el ejercicio.Saludoshttps://www.youtube.com/watch?v=s_-iuM6W4ts&t=621s
Hola Javipuch.MI consejo es que no te compliques con estos asuntos. Los trámites de la Declaración de la Renta, los hace un ordenador "Rita" y nunca se equivoca.Por tanto, si has comprobado tus datos fiscales y están bien introducidos y cuando vas al resumen de Declaraciones te sale a pagar y no te sale un mensaje diciendo de que no estás obligado a pagar, no te queda otra que pagar porque si no lo haces, Hacienda te lo reclamará y con multa.Saludos,
Hola SkiperPor lo que yo sé, creo que no es posible hacer rectificaciones de declaración conjunta a separada y al revés.Me parece haber leido que una sentecia judicial acepto que un contribuyente pudiera realizar la modificación porque Hacienda le comunicó unos ingresos con retraso, pero se trata de un caso excepcional.Lo siento!Saludos
Hola JavierEs muy raro que no se hayan trasladado tus rendimientos del trabajo al borrador. Te aconsejo que compruebes si aparecen en tus datos fiscales y tambien que consultes los "datos no incorporados". Si no aparecen, debes de pedirselos a tu empresa y posteriormente introducirlos en el borrador. Insisto en que es muy extraño.En relación con lo del Fondo de Inversión, no tienes que hacer nada, puesto que se mete en tu borrador de forma automática. Comprueba que se han metido. Además, verás que se ha efectuado un retención del (19%) sobre la ganancia obtenida en el reembolso de las participaciones de ese FI y que está metida en tu borrador.Saludos
Hola Joselmiguez
Según me indicas, tienes que realizar tantas declaraciones complementarias como ingresos por año hayas recibido. En tu caso dos complementarias, la del año 2016 y 2017.
Hacer una Declaración complementaria es un proceso relativamente sencillo. Solo tendrá que incluir la renta recibida en la casilla correspondiente en cada una de las Declaraciones de los años 2016 y 2017, pero existe la dificultad de que tienes que solicitar las Declaraciones de dichos y para ello vas a necesitar tener certificado electrónico y además debes tener muy claro en qué casilla has de meter las rentas.
Por tanto, en tu caso me iría a un Asesor fiscal para que se encargue del asunto y porque además te va a gestionar con Hacienda la posible sanción si en su dia tuviste que meter dichas rentas y no las declaraste en su momento. Esto acarrea sanción e intereses de demora. En definitiva, ponte en manos de un profesional.
Saludos