Ha escrito el artículo
Charla de la Declaración de la Renta 2020
diazro25/03/21 20:06
Ha escrito el artículo
Charla sobre los Impuestos
diazro22/03/21 20:57
Ha escrito el artículo
Charla: Qué Impuestos pagamos los Españoles?
diazro19/03/21 12:58
Ha escrito el artículo
Charla sobre los Impuestos
diazro21/12/20 21:37
Ha comentado en el artículo
¿Cómo planificar el rescate de los planes de pensiones?
Hola VeslavaVeo que te urgen respuestas ante las dudas que tienes para el rescate del PP de tu madre. Trataré de responder a tus cuestiones pero te aconsejo que no te precipites con el rescate porque una mala decisión puede tener mucho impacto fiscal.Te pongo un enlace para que puedas ver un video que he publicado en Rankia con "consejos para la Declaración de la Renta" y en este video trato el tema del rescate del PP.https://www.youtube.com/watch?v=xhUmqL3c7_8&t=987sTe respondo a las cuestiones que planteas:- Todos las rentas que se perciben en el año, incluidas la pensión de Jubilación, tributa en el IRPF.- Cuando rescatas un PP, lo que percibes se incluye en tu renta como un rendimiento del trabajo y se suma a otras rentas que hayas percibido (la pensión). Tributan en la Base General y por tanto, te va a impactar mucho (fiscalmente). Yo siempre recomiento no rescatar más de lo que necesites para complementar tu pensión. Además, la parte no rescatada, está invertida y te dará más intereses que tener el dinero en tu cuenta del Banco.- Si el rescate te lo abonan en 2021, lo percibido tributará en la Renta de ese año.Como vés son mucho aspectos a considerar y no conviene que te precipites.Mira el video que te he indicado y si tienes dudas, me lo dices y trato de echarte una mano.Saludos,
diazro16/12/20 19:53
Ha comentado en el artículo
De inversor a un talent show
Muchas gracias!!Muy orgulloso de mi nieta, y yo sigo intentando aprender a tocar el piano pero avanzo muy lentamente.Son cosas de la edad!!Un abrazo
diazro01/12/20 13:48
Ha escrito el artículo
Influencia del Covid-19 en nuestras Carteras de Fondos de Inversión
diazro01/06/20 12:40
Ha comentado en el artículo
Cómo hacer la declaración de la Renta en 2020: esquema del IRPF y novedades
Hola JimixMe imagino que la información que comentas la has visto en el apartado "Datos" de la Declaración de la Renta. En esa misma pantalla puedes selecionar "Datos no trasladados" y comprobar de qué se trata. También puedes aclarar tus dudas entrando en el apartado de "Datos fiscales"Por lo que indica la Nota, se trata de la venta de un activo financiero. Puede ser por la venta de Acciones, CFD,s, Criptomonedas, ETF, etc. En ese apartado no aparecerán los reembosos de los Fondos de Inversión que se habieran realizado durante el año 2019, porque las operaciones de venta de los Fondos de Inversión se introducen automáticamente en el borrador de la declaración de la Renta.Una vez te hayas informado de qué se trata, tendrás que incorporarlo en la Declaración de la Renta. Creo que tendrás que declarar una "Variación Patrimonial" de la que se puede derivar una ganancia o una pérdida, pero que insisto que tendrás que declarar si no quieres tener problemas con Hacienda. Te aconsejo que si tienes dudas de cómo declarar por estos conceptos, veas alguno de los videos que tengo publicados en mi Blog.Cuando sepas de que se trata este asunto, dímelo y te aconsejaré la forma de resolverlo.Saludos.
diazro25/05/20 18:07
Ha comentado en el artículo
Cómo hacer la declaración de la Renta en 2020: esquema del IRPF y novedades
Hola AlluviaSi has trasladado los datos de tu padre al borrador y te sale a devolver la cantidad que indincas, no dudes en la cantidad que salga porque seguro es la que le corresponde, dado que todo el proceso de la Renta es en automático. Para solicitar la devolución, te aconsejo que sigas las intrucciones que indico en mi video tutorial y dado que la cantidad a devolver es menor de 2.000 euros, comprobarás que es un proceso sencillo y lo puedes hacer telemáticamente.Saludos,
diazro25/05/20 10:35
Ha comentado en el artículo
Cómo hacer la declaración de la Renta en 2020: esquema del IRPF y novedades
Hola AlluviaLa diferencia que ves en la asignación del nº de la casilla, depende del uso del inmueble. Por tanto, si tu padre tenia varios inmuebles, tienes que identificarlos todos indicando cual de ellos es su casa habitual y los que están "a disposición del contribuyente". En todos has de poner los dias de duración que será el periodo comprendido entre el 01/01/2019 y la fecha de fallecimiento. Recuerda que la vivienda habitual no tributa en la Renta.En relación con la renta de tu madre, desconozco quien hereda el 50% de los inmuebles de tu padre, pero por lo que deduzco de tu mensaje, tu madre ya tenia el 50% de la propiedad del piso en el que vivia con tu padre y continua viviendo en esa casa. Por tanto, debe poner en su Renta de que esa vivienda es su casa habitual (los 365 dias del año). Si quiere puede poner que el periodo ha sido de 365 - los dias que vivió tu padre. Dará igual cómo lo haga porque la vivienda habitual no tributa en la Renta. También es posible que no esté obligad hacer Declaración si no ha tenido ingresos del trabajo o son muy bajos (pensión de viudedad).Si te queda alguna duda, me escribes y te aclaro.Saludos,