buenavista
10/01/21 21:02
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Pago incremento Valor Terrenos Urbanos
Al casarnos y establecer esa vivienda como vivienda habitual lo hicimos en régimen de gananciales.La sociedad ganancial aparece al casaros. Por tanto, salvo que ese inmueble lo hayais incorporado a la citada sociedad, pertenece a ambos (50%) con carácter privativo e individual.Aventuro que la venta no la ha hecho el matrimonio que conforma la sociedad ganancial, sino que habéis vendido cada uno su respectiva mitad en el proindiviso.Si es como digo, al el Ayuntamiento le constan dos sujetos pasivos, y por tanto, dos liquidaciones.Suponga que lo compramos a medias usted (tú ) y yo en 2015 y lo vendemos en 2019, pues a @elburroblanco y a @buenavista no repercutirán las liquidaciones respectivas. Un saludo.