Hola José,en este artículo explica la variación que ha habido por sentencia del tribunal supremo para mayores de 52 años con IPT.
Básicamente, ahora, si tienes una IPT y la combinas con un trabajo durante un año o más, si te despiden cobras el paro y después tienes derecho al subsidio de mayores de 52 años a la vez que cobras la IPT, antes no se podía.
No aplica a cualquier otro caso, solamente a este.
Un saludo 🫂