Buenos días.
Te cuento mi caso
08/2014 me conceden IPT por un tumor en el pié izquierdo, y me interviene la DGT el permiso de conducir profesional.
Profesión: Titular de Licencia, taxista AMB.
En la resolución me ponía:
Puede instar a revisión a partir del 08/2015 (o sea: 1 año, como a tí).
No me han llamado núnca, además he tenido 2 empleos de Comercial,(totalmente distinto que Taxista) que antes de firmar los contratos ni les avisé ni nada y tampoco me revisaron. Tienes que tener en cuenta que si por lo que sea empeoráras y te hiciera falta la Absoluta, tu comunicación con ellos (INSS) no puede ser hasta pasado ese año que te indican.
Eso que te pone, no implíca que te vayan a llamar justo al año, es un tema protocolario para hacer posible la comunicación bidireccional (tú con ellos si hay agravamiento/ellos contigo por POSIBLE mejoría).
Si en tu Resolución te habla de cronicidad de tus patologias, yo estaría bién tranquilo que no creo que te insten a revisión.
Además..si tienes dolores en la cadera, quién puede demostrar que no los tengas??...
También he de decirte que no es lo mismo tener 39 años, que 56 (mi caso), es mas susceptible para ellos revisar a un "joven"(por su espectativa de duración laboral), que a una persona de 56 años con la IPTCualificada concedida, dada la superdificultad de encontrar trabajo con +55 años y además sin haber pasado ningún Tribunal Médico desde la concesión de la IPT (Agosto/2014).
Lo dicho..Si en la Resolución te hablan de "crónico" es muy poco probable que te insten a revisión.
En el caso hipotético que lo hicieran?..con tus dolores de cadera es imposible ejercer la profesión habitual (por la cual se te concedió la IPT. Peón).
Que es una angustia porque a todos nos gustaría poder saber feacientemente que no nos van a llamar..? pués si..Pero es una situación que debemos ser capaces de "controlarla" e intentar no pensar demasiado y vivir mas tranquilos.
Espero haberte resuelto..más o menos..tu cuestión.
Un saludo y sobretodo..
Salud!.