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Causas por las que desaparce el punto 5 - Incapacidad Permanente Total

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Causas por las que desaparce el punto 5 - Incapacidad Permanente Total
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Causas por las que desaparce el punto 5 - Incapacidad Permanente Total
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#1111

Re: Causas por las que desaparce el punto 5 - Incapacidad Permanente Total

Hola Mariaiha, no hagas mucho caso a los avisos en tuseguridadsocial, a mí también me sale lo mismo, y en el INSS me dijeron eso, que no hiciera caso, que si al INSS le falta documentación tuya te lo hará saber por carta o te llamarán, es más aún si entro e mi seguridadsocial me sigue saliendo ese aviso y mi expediente está ya para salir la resolución
#1112

Re: Causas por las que desaparce el punto 5 - Incapacidad Permanente Total

Además un poco más abajo dónde te dice eso hay un rectángulo con un signo de admiración, y abajo pone más información, si le das ahí te sale un documento donde te dicen que es lo que falta, en mi caso es el CIF/NIF de la institución y documento representación de la institución, que no se lo que es y ni siquiera en el INSS lo sabían, y me dijeron eso, que no me preocupara que si al INSS le fata algún documento te lo hará saber
#1113

Re: Causas por las que desaparce el punto 5 - Incapacidad Permanente Total

Hola Khjunior,
Llevo toda la noche sin dormir pensando en el formulario. Ellos tienen TODOS nuestros datos, estamos espiados, no se para que más información de la que ya disponen.
Ahora me estoy pensando si enviarlo o no, es absurdo.
Por otra parte me da miedo que ello provoque la paralización del proceso por no enviarlo.
Sabía que este momento iba a llegar pero nunca se está preparado para ello.
Un saludo
#1114

Re: Causas por las que desaparce el punto 5 - Incapacidad Permanente Total

Hola María, tal y como te explico Khjunior es la verdad, hay gente que contesta a la solicitud y hay gente que no lo hace, también tienes razón, ellos tienen todos nuestros datos y a no ser que aportes un informe privado que ellos no puedan ver no tiene sentido este tipo de peticiones por su parte.
Normalmente tú expediente avanzará  entregues algo o no entregues nada, a pocas personas se les ha quedado parado por ello y a las que se les ha quedado es porque les faltaban datos personales que no habían dado con anterioridad.
Un saludo 

#1115

Re: Causas por las que desaparce el punto 5 - Incapacidad Permanente Total

Gracias Jose Luis y Khjunior por vuestra aclaración.
Ahora lo tengo claro, no se lo voy a enviar, no me voy a romper la cabeza para rellenarlo.
Si quieren algo concreto, que me lo pidan.
Bastante tengo con pensar en el próximo viernes, que una persona decida tu futuro justa o injustamente.
No hago más que leer que las deniegan todas por motivos económicos, después de toda una vida cotizando....
#1116

Re: Causas por las que desaparce el punto 5 - Incapacidad Permanente Total

A que solicitud te refieres María, a la de incapacidad permanente? Entiendo que no, porque si la solicitud ya está en trámite supongo que ya la habrás rellenado y enviado, en mi caso la hizo mi abogado, la solicitud te la manda el INSS y abre el expediente de oficio al cumplir los 18 meses de baja.
Es que lo último que quiero es confundir a nadie.

Yo, una vez cumplí los 18 meses de baja, el INSS inició de oficio la propuesta para la incapacidad permanente y te envían la solicitud para que la rellenes y la envíes junto con la documentación que creas conveniente, si no la envías, ellos la tramitarán con los documentos que tengan.

Yo te doy mi humilde consejo, busca por tu zona un buen graduado social que dedique a incapacidades permanentes, si vives en Murcia yo te puedo dar el nombre de uno muy bueno, son más baratos que un abogado y están igual o incluso más preparados ya que son expertos exclusivamente en temas laborales, el mío me cobra 30€ la consulta y un 10% si se reclama cantidad, y él sabrá perfectamente la documentación a adjuntar. 

#1117

Re: Causas por las que desaparce el punto 5 - Incapacidad Permanente Total

Ella va a pasar inspección la semana que viene con lo que di por hecho que ya relleno la solicitud anteriormente y que tiene expediente abierto.
María, es así o no tienes expediente abierto?

#1118

Re: Causas por las que desaparce el punto 5 - Incapacidad Permanente Total

Claro, eso supongo yo Jose Luis, porque ese mensaje que ella dice qué le sale en tuseguridadsocial, de que falta documentación, me sigue saliendo a día de hoy.
Pero como habla en su último post de rellenarlo ya me ha creado dudas, creo que habla de la solicitud de incapacidad permanente, haber si nos lo puedes confirmar María?
#1119

Re: Causas por las que desaparce el punto 5 - Incapacidad Permanente Total

El expediente está abierto de oficio al igual que Khjunior, estoy en la misma situación, 18 meses de IT cumplidos el 21 de Abril.
En Tu seguridad Social esto es lo que me aparece:

NOTA INFORMATIVA SOBRE TU SOLICITUD
La solicitud está en trámite a falta de la siguiente documentación:
Documento de remisión del cuestionario de incapacidad
#1120

Re: Causas por las que desaparce el punto 5 - Incapacidad Permanente Total

Yo vivo en Madrid y la verdad es que ando perdida.
Me he puesto en contacto con varios abogados laboralistas que he buscado por Internet pero todos me dicen lo mismo: Hasta que no haya resolución no pueden hacer nada.

Entonces tengo que rellenar y enviar el cuestionario de incapacidad?

Ayer lo descargué, son 11 hojas solicitando muchos datos: Personales, familiares, económicos, laborales n⁰ de cuenta etc, por eso digo que ya lo tienen y saben, esta es la primera:

ACUERDO DE INICIO DE PROCEDIMIENTO DE INCAPACIDAD PERMANENTE
El Instituto Nacional de la Seguridad Social le comunica que con fecha 29-04-2024 se ha procedido al inicio de oficio de un
procedimiento de incapacidad permanente por el transcurso del plazo de quinientos cuarenta y cinco días, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 174.2 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre (BOE 31/10/15).
Asimismo, le comunicamos que, en caso de estar percibiendo la prestación de incapacidad temporal (IT), durante la
tramitación del expediente de incapacidad permanente se prolongarán los efectos económicos de la prestación, cuyo pago se
efectuará a partir del día siguiente al agotamiento de los 545 días en la modalidad de pago directo por la entidad responsable
de la cobertura de las contingencias (INSS o Mutua) si ha percibido esta prestación en pago delegado a través de su empresa
o por el Servicio Público de Empleo Estatal, para lo cual deberá solicitar el pago directo de la prestación de incapacidad
temporal ante la entidad correspondiente.
No debe gestionar esta solicitud cuando se le hubiese denegado el derecho al subsidio de IT por no cumplir todos los
requisitos, o ya viniera percibiendo esta prestación en la modalidad de pago directo por INSS o Mutua, o su empresa sea la
responsable del abono de la prestación por ser colaboradora con la Seguridad Social.
Con el fin de conocer los datos necesarios para la determinación y comprobación de los hechos en virtud de los cuales deba
pronunciarse la resolución, deberá cumplimentar los datos que se solicitan en el formulario que le remitimos con este
comunicado y, en el plazo de diez días contados desde la recepción de esta comunicación,remitirlo al INSS.
En ese mismo plazo de diez días y en el mismo formulario de datos puede efectuar todas las alegaciones que considere
convenientes de acuerdo con lo establecido en el artículo 76 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 02-10-2015).
De no recibirse el formulario cumplimentado en el plazo señalado, se resolverá el procedimiento con la información disponible
en esta Administración y cuyo tratamiento está amparado en los artículos 66, 71, 72 y 77 del Real Decreto Legislativo 8/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, si bien debe tener en
cuenta que, en caso de reconocimiento del derecho a la prestación, la falta de determinados datos puede tener trascendencia
económica e incluso, en el caso de error o de falta de cumplimentación de los datos bancarios del apartado 7, impedir su pago.
De acuerdo con lo establecido en el artículo único del Real Decreto 286/2003, de 7 de marzo por el que se establece la
duración de los plazos para la resolución de los procedimientos administrativos para el reconocimiento de prestaciones en
materia de Seguridad Social (BOE del 08-04-2003), el plazo máximo para resolver el proce....


#1121

Re: Causas por las que desaparce el punto 5 - Incapacidad Permanente Total

Vale entonces es la solicitud, la recibiste por carta no?
Yo la rellenaría, la mía me la rellenó mi asesor y la presentó telemáticamente junto con la documentación y en el recuadro de alegaciones puso lo que se pedía según mis dolencias, lo que pasa que lo mío es por enfermedad profesional.
Pero que la puedes rellenar tú perfectamente y si no dispones de certificado digital o no sabes cómo hacerlo la llevas a una oficina y la presentas allí.
Cómo te digo, si es por enfermedad común, rellénala tú, no es muy complicado, como bien dices tus datos personales, hijos, económicos etc, ahora, si es por accidente o enfermedad profesional, yo tú, me ponía en manos de un profesional.
#1122

Re: Causas por las que desaparce el punto 5 - Incapacidad Permanente Total

O sea que la tengo que rellenar si o si?
Esta la descargué por Dehu (creo que se escribe asi) aunque especifica que tb la envían por correo postal.

#1123

Re: Causas por las que desaparce el punto 5 - Incapacidad Permanente Total

Si te es muy complicado, busca una asesoría laboral y que la rellenen, te cobrarán 30€ o poco más, y la presentas tú personal o telematicamente.
Te digo que la presentes tú porque hay muchos listos por ahí, y si la presentan por ti cómo representante son capaces después de pedirte un porcentaje de la pensión que te concedan
#1124

Re: Causas por las que desaparce el punto 5 - Incapacidad Permanente Total

Si María, la que te llegará por correo es la misma, rellenala, es muy fácil , y se la envías, no vaya a ser que por eso te paren un tiempo el expediente. Es mejor hacerlo y olvidarse.
A partir de ahora tienes que seguir tu expediente por este enlace, te lo dejo por si no lo tienes, entra en el primer candado 

https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/EmpresasyProfesionales/prestaciones/07prestaciones
#1125

Re: Causas por las que desaparce el punto 5 - Incapacidad Permanente Total

Gracias a ambos, seguiré vuestro consejo y el lunes iré a una asesoría o gestora para que me ayuden, me pierdo con varios datos que solicitan.

Gracias por el enlace, no lo tenía.
Comienza la carrera de fondo: